Circular nº 036 de Consejo Superior, 3 de Marzo de 2016

Fecha de Resolución 3 de Marzo de 2016
EmisorConsejo Superior

CIRCULAR No. 36-2016

Asunto: Reiteración de la circular N° 43-2010, sobre la “Aprobación del Protocolo de Actuación del Ministerio Público y Organismo de Investigación Judicial para la Custodia y Traslado de Evidencias”.-

A TODAS LAS OFICINAS Y AUTORIDADES JUDICIALES

QUE CONOCEN MATERIA PENAL

SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión No. 6-16, celebrada el 21 de enero de 2016, artículo LXXXIII, acordó reiterar la circular No. 43-2010, referente a la “Aprobación del Protocolo de Actuación del Ministerio Público y Organismo de Investigación Judicial para la Custodia y Traslado de Evidencias”, de 18 de marzo de 2010, que literalmente señala:

“La Corte Plena, en la sesión N° 04-10, celebrada el 1° de febrero del año en curso, artículo XIV, aprobó el Protocolo de Actuación del Ministerio Público y Organismo de Investigación Judicial para la Custodia y Traslado de Evidencias, que literalmente dice:

Protocolo de Actuación del Ministerio Público y Organismo de Investigación Judicial para la Custodia y Traslado de Evidencias.

Introducción

Ante el acelerado incremento delincuencial que ha experimentado la sociedad costarricense, con participación de criminalidad violenta y organizada, perpetrada por bandas estructuradas para el tráfico de drogas, sicariato, robo de vehículos, entre otros delitos de grave incidencia social; se ha evidenciado la necesidad de contar con un protocolo de actuación, que permita guiar a los operadores del Ministerio Público y Policía Judicial, en el manejo seguro de la evidencia recabada en los diferentes procesos penales, con el propósito de salvaguardar adecuadamente los elementos probatorios, a la vez que minimizar el riesgo de acciones para procurar la impunidad de los imputados o para hacerse del dominio de aquella prueba que revista un importante valor económico, así como para evitar el peligro de sustancias u objetos que por sus características inherentes puedan ocasionar perjuicio a las personas.

Con tal propósito, el Ministerio Público, el Organismo de Investigación Judicial y las Comisiones de Seguridad, Corte-OIJ y de Asuntos Penales; acuerdan el presente protocolo de actuación para ser implementado por los integrantes del Ministerio Público y la Policía Judicial en la custodia y traslado de evidencias, según el siguiente detalle:

Desarrollo

1. De conformidad con las normativa procesal penal vigente en la República, le corresponde al Organismo de Investigación Judicial...

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