Acta nº 032 de Corte Plena, 17 de Agosto de 2015

Fecha de Resolución17 de Agosto de 2015
EmisorCorte Plena

N° 32-2015

Sesión extraordinaria de Corte Plena celebrada a las trece horas cincuenta y cinco minutos del diecisiete de agosto del dos mil quince, con la asistencia inicial de la P., Magistrada V.; de las M. y los M.R., S., E., M., A., C., R., A., C., A., C., S.; la Suplente Alicia S. Torres, los S.J.E.O.Á. y J.E.D.H.; la primera sustituyendo al M.J. por incapacidad y los dos siguientes ocupando las plazas vacantes de las S. Segunda y Tercera, respectivamente.

Se deja constancia de que la M.A. justificó su inasistencia a esta sesión por motivos de salud.

ARTÍCULO I

Documento 8872-2015

El Consejo Superior en la sesión Nº 70-15 celebrada el 4 de agosto en curso, artículo XXXIII, tomó el siguiente acuerdo:

“Mediante oficio Nº 3927-DE-2015 del 23 de julio de 2015, el máster R.A.G., Director Ejecutivo interino, remitió el oficio Nº 363-SC-2015 de 17 de julio en curso, suscrito por el máster C.M.H.V., J. interino del Departamento Financiero Contable, mediante el cual remite el Informe Financiero de la Contabilidad Presupuestaria del Poder Judicial al 30 de junio de 2015.

A continuación se transcribe el oficio de cita:

“Para su estimable conocimiento y fines consiguientes, se remite el informe financiero de la Contabilidad Presupuestaria del Poder Judicial, con corte al 30 de junio de 2015 que incluye lo siguiente:

1. Directrices de la Contabilidad Nacional.

2. Políticas Contables.

3. Balance de Situación.

4. Estado de Resultados.

5. Estado del Flujo de Efectivo.

6. Notas a los Estados Financieros.

7. Estado de Ejecución Presupuestaria.

8. Conciliación del Gasto Contable contra el Gasto Presupuestario.

9. Notas a la Conciliación del Gasto Contable contra el Gasto Presupuestario.

Es importante indicar que dicho informe se remitirá a la Dirección de Contabilidad Nacional del Ministerio de Hacienda y corresponde al informe del II trimestre del período 2015.

Adicionalmente, se procedió con la publicación de este informe en la página oficial del Poder Judicial, en la sección de “Transparencia”, informes financieros de la institución.”

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Se acordó: Tomar nota del informe del licenciado C.M.H.V., J. interino del Departamento Financiero Contable, sobre los estados financieros del Poder Judicial y hacerlo del conocimiento de la Corte Plena y de la Auditoría. Se declara este acuerdo firme.

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Se dispuso: Tomar nota del acuerdo adoptado por el Consejo Superior, referente al informe financiero de la Contabilidad Presupuestaria del Poder Judicial, con corte al 30 de junio de 2015. Se declara acuerdo firme.

ARTÍCULO II

Documento 9573-2015

El licenciado E.G.V., S. General del Tribunal Supremo de Elecciones, en oficio Nº STSE-1415-2015 de 6 de agosto en curso, indicó:

“Esta Secretaría General comunica el acuerdo adoptado en el artículo sétimo de la sesión ordinaria n.° 66-2015, celebrada el 6 de agosto de 2015 por el Tribunal Supremo de Elecciones, integrado por los señores M.L.A.S.G. —quien preside—, E.M.Z.C. y M.A.E., que dice:

Se dispone: H. del conocimiento de los Poderes de la República, de la Contraloría General de la República, de la Procuraduría General de la República, de la Defensoría de los Habitantes, de los partidos políticos, de las Direcciones institucionales, del Departamento de Comunicaciones y de Relaciones Públicas —a este último para su difusión— el siguiente recordatorio de las fechas más relevantes para el mes de setiembre, según el cronograma de las elecciones municipales aprobado por este Tribunal:

“SETIEMBRE 2015

DÍA 7

Inicia el plazo para que los partidos políticos presenten al TSE sus solicitudes de permiso para realizar actividades proselitistas en zonas o sitios públicos (artículo 4 del Reglamento para Autorizar actividades de los partidos políticos en sitios públicos, en relación con el numeral 137 del Código Electoral).

A partir de esta fecha deberá estar disponible la División Territorial Electoral (artículo 15 del Reglamento para la Formulación de la División Territorial Electoral). ACUERDO FIRME.»

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Se acordó: Tener por recibida la información de lo resuelto por el Tribunal Supremo de Elecciones sobre el recordatorio de las fechas más relevantes para el mes de setiembre según el cronograma de las elecciones municipales. Se declara acuerdo firme.

ARTÍCULO III

Documento 9649-2015

En sesión N° 29-15 celebrada el 27 de julio último, artículo III, se nombró en propiedad a la licenciada G.V.B.C., en el cargo de Jueza 4 del Tribunal de Cartago, plaza Nº 113629, a partir del 31 de agosto en curso.

La licenciada B.C., Jueza Penal de Cartago, en correo electrónico recibido el 10 de agosto en curso, informó:

“Me dirijo hacia los honorables miembros de Corte Plena, para manifestarles mi gratitud por el nombramiento en propiedad en el Tribunal Penal de Cartago dispuesto por la Corte Plena en la Sesión Nº 29-15 celebrada el 27 de julio del año en curso, nombramiento que iniciará el 31 de agosto del 2015. Sin embargo con todo respeto les informo que es mi deseo declinar de dicho nombramiento, y continuar en mi Plaza en Propiedad en el Juzgado Penal de Cartago, lo anterior por razones personales y familiares que paso a indicar.

El día 04 de agosto 2015 (posterior al nombramiento en propiedad), se nos informó que mi madre una persona adulta mayor, debe someterse el 02 de setiembre a una cirugía, posterior a la cual deberá permanecer en reposo por el término de un mes, debiendo la suscrita en consecuencia tramitar lo correspondiente para la atención respectiva que requiera mi madre. Además que durante dicho mes de setiembre, ya le han sido programadas al menos cinco citas de control y tratamiento, todas en San José.

De forma tal que aceptar el nombramiento bajo estas circunstancias, podría afectar la realización de los Debates o continuación de los mismos, que con anterioridad han sido señalados para la plaza que me correspondería asumir, ya que tan solo dos días después de que iniciaría el nombramiento, es que se realizará la operación.

Expreso mis disculpas por los inconvenientes que se pueda causar al declinar un nombramiento, y agradezco la comprensión que se sirvan tener en atención a los motivos para renunciar a la plaza en propiedad como Juez 4 Penal en el Tribunal Penal de Cartago.”

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Se acordó: 1.) Tener por recibida la nota enviada por la licenciada G.V.B.C. y, con base en las razones expuestas, dejar sin efecto su nombramiento en propiedad en la plaza Nº 113629 del Tribunal Penal de Cartago. 2.) Solicitar al Consejo de la Judicatura la remisión de una nueva terna. Se declara acuerdo firme.

ARTÍCULO IV

Documento Nº 9102-2014

El Consejo Superior en sesión N° 66-15 celebrada el 21 de julio último, artículo XXI, con vista en los acuerdos adoptados por Corte Plena en sesión N° 23-15 del 8 de junio del año en curso, artículos XVII y XXV, en el cual entre otros puntos dispuso que cualquier decisión que tenga que adoptarse en relación con el proceso de reforzamiento estructural del Edificio de la Corte Suprema de Justicia, referente a traslados de oficinas, espacios físicos o cuestiones propias del funcionamiento de cada Sala de esta Corte y de su personal, serán de resorte exclusivo de Corte Plena y no del Consejo Superior del Poder Judicial, de conformidad con lo establecido en el artículo 81 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, párrafos segundo y tercero, se tomó el acuerdo cuya parte dispositiva literalmente dice:

“Visto lo resuelto por la Corte Plena en los artículos XVII y XXV de la sesión Nº 23-15 celebrada el 8 de junio del 2015, se acordó: 1.)Tomar nota del acuerdo citado. 2.) Aclarar que la aprobación del plan de abordaje del procesode reforzamientoestructural se hizo a partir del criterio técnico que fue rendido en su oportunidad por los funcionarios expertos en el tema del Departamento deServicios Generales, que fue llevado a sesión en agenda por la señora Directora Ejecutiva; quienes indicaron a este Consejoque todas las partes involucradas, incluyendo representantes de las distintasS. que conforman la Corte Plena, se habían reunido con ellos y brindado su anuencia al plan propuesto, el cual les fue expuesto detalladamente, sin que hubiera objeción alguna a los aspectos que ahí se contemplaban. 3.) En vista de la urgencia existente sobre el reforzamiento del edificio, por tratarse de la vida e integridad física tanto de las personas usuarias que visitan el edificio de la Corte como de todas las personas que laboran en la edificación, sin distinción alguna de conformidad con el Principio de Igualdad contenido en el numeral 33 de la Constitución Política, este ConsejoSuperior de conformidad con las potestades legales que le confiere el artículo 81 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, procedió a aprobar el plan propuestotan pronto fue posible. La aprobación la hizo el Consejo Superior en vista de que para ese momentono existía noticia de conflicto alguno con la Corte Plena, y el único supuesto que contempla dicho numeral para que el Consejo Superior decline su competencia es la existencia de un conflicto con la Corte Plena pues el numeral 81 citado indica claramente:“Cuando existiere duda sobre si un asunto es o no es de competencia del Consejo, éste resolverá, salvo que el conflicto sea con la Corte Suprema de Justicia, en el cual se estará a lo que ésta resuelva…”(el subrayado no es del original). Nótese que al momento de conocer el tema en las sesiones del 9 y 16 de febrero la Corte Plena no dejó constancia en sus acuerdos de ninguna manifestación de querer entrar a conocer los aspectos administrativos o logísticos de la reestructuración del edificio, ni tampoco de ninguna diferencia de criterios con lo actuado por el Consejo Superior en torno a este tema, que hiciera a este Órgano valorar la necesidad de trasladar el tema a la Corte por la existencia de un conflicto. 4.) A partir de lo resuelto en los artículos XVII y XXV de la sesión de Corte Plena Nº 23-15, los temas relacionados con el...

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