Acta nº 054 de Consejo Superior, 10 de Junio de 2015

Fecha de Resolución10 de Junio de 2015
EmisorConsejo Superior

Nº 54-15

CONSEJO SUPERIOR DEL PODER JUDICIAL .-

S.J., a las ocho horas del diez de junio del dos mil quince.

Sesión ordinaria con asistencia de la M.V., P., de la Integrante L.C.C., los Integrantes A.L.M.A., C.M.Z. y el Suplente R.S.S. en sustitución de la licenciada M.C.A. por incapacidad. Asiste también la máster A.E.R.J., D.a Ejecutiva.

ARTÍCULO I

DOCUMENTO N° 6783-15

Se aprueba el acta N° 50-15 de la sesión celebrada el 28 de mayo 2015.

La P.M.V. y la Integrante C.C. se abstienen de aprobar el acta por no haber participado en esa sesión.

ARTÍCULO II

DOCUMENTO Nº 6685-15

Con motivo del sentido fallecimiento de la señora Z.R.M., madre de la servidora A.F.R., J. del Juzgado de Pensiones del Primer Circuito Judicial de Alajuela, se acuerda expresar a doña A. y a su estimable familia las condolencias de la Corte Suprema de Justicia y de este Consejo.

ARTÍCULO III

Documento Nº 6686-15

Ante el sentido fallecimiento de la señora E.C.C., suegra del servidor D.R.S., Auxiliar de Servicios Generales de la Dirección de Tecnología de I.ormación, se acuerda expresar las condolencias de la Corte Suprema de Justicia y de este Consejo, a don D. y a su estimable familia.

ARTÍCULO IV

DOCUMENTO Nº 11269-13, 6613-15

En sesión Nº 41-15 celebrada el 30 de abril de 2015, artículo XXVII, se tomó el acuerdo que literalmente dice:

“Conoce el Consejo Superior, el recurso de apelación interpuesto por R.M.B. y S.C.C., por su orden Secretaria y Coordinadora Operativa de la Administración Regional del II Circuito Judicial de Alajuela, S.C.; contra la resolución No 440-2014 de las diez horas del veintiuno de julio de dos mil catorce, dictada por el Tribunal de la Inspección Judicial, que declara con lugar la queja disciplinaria seguida en su contra, bajo el expediente Nº 13-000874-031-IJ, que califica la falta cometida como grave y les impone la sanción de ocho días de suspensión sin goce de salario.

Las encausadas solicitaron la intervención de la Comisión de Relaciones Laborales, órgano que en resolución Nº 82-2014 de las catorce horas del veinticuatro de octubre del dos mil catorce, recomendó mantener la sanción impuesta por el Tribunal de la Inspección Judicial, de ocho días de suspensión sin goce de salario.

I.-

En resolución de las quince horas y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de agosto del año dos mil trece, se le dio traslado de cargos a la servidoras M.B. y C.C., para que se manifestaran con respecto a los siguientes hechos: "...Específicamente a la señora R.M.B. se le atribuye irrespetar, maltratar y acosar laboralmente a los siguientes servidores: I.-

M. B.G., Técnica Administrativa Dos: 1.-

Que sin precisar fecha exacta, pero sí durante el mes de abril del presente año, al salir del baño de la administración usted R.M.B. de manera irrespetuosa y con el ánimo de minar la autoestima de la ofendida, le tiró un oficio para tramitar la ayuda económica a una beneficiaria, pese a no ser parte de las funciones de la quejosa, sino más bien suyas R.M., en caso de no encontrarse la señora A.A. quien tiene específicamente a cargo esta tarea. 2.-

Que siguiendo la misma línea de acoso laboral, y sin precisar fecha exacta pero sí a principios del año dos mil trece a eso de las dieciséis horas con treinta minutos, usted encontrándose en la oficina de la Administración Regional de S.C., le manifestó con un tono de voz alta a S.C. que " tengo mucho trabajo mientras otras solamente se abren de piernas", realizando gestos evidenciando las piernas abiertas y se reía a carcajadas. Comentario dirigido hacia la quejosa y que se originó a raíz de que en días anteriores usted comentó con su compañera S.C. que M. mantuvo una relación amorosa con el administrador de ese Circuito Judicial, esto en presencia de la técnica A.A.. 3.-

De igual forma y continuando con la conducta de acoso laboral, sin precisar fecha exacta pero a finales del año 2012, al ser aproximadamente las cinco de la tarde, encontrándose en la oficina solo usted en compañía de S.C. y M.B., usted le dijo a S. que ya no hablaran más porque ahí estaba "orejas", en clara alusión a doña M., pues así se ha referido a ella en varias ocasiones como "orejas" u "orejitas", esto en presencia de los técnicos A.A., M.C. y M.C., lo que le ha causado afectación a nivel psicológico y laboral a la quejosa. 4.-

Que el 12 de julio del año en curso la señora B.G. debió salir de la oficina por labores propias de su cargo, por aproximadamente 15 minutos y cuando ella ingresó a la recepción usted de manera altanera e irrespetuosa le gritó, delante de un proveedor que se encontraba en el sitio, que el señor tenía más de 20 minutos de estar esperándola, lo que no era cierto y posterior a ello usted llamó al administrador para mal informarla. 5.-

Que en julio del 2012 doña M. estuvo embarazada y en ese mismo mes perdió al bebé, y a comentarios inhumanos y desconsiderados de la señora S.C. sobre la pérdida, usted apoyaba a S. haciendo eco de los comentarios y continuando las ideas que S. iniciaba. 6.- Que además de lo expuesto, usted ha venido ejerciendo acciones de acoso laboral contra la servidora M.B., de manera insistente y durante vario tiempo, que si bien no se logran establecer en el tiempo con precisión, se determina que teniendo conocimiento la quejosa de su molestia cuando reciben documentación para trámites a su cargo, y al recibir un documento en una ocasión, ella le consultó qué hacer con él, usted le gritó que lo que tenía que hacer era recibirlo y luego de manera irrespetuosa y despectiva dijo en presencia de M.C., B.P., M.C., S.L. y A.C.: "qué será que se le va a acabar la materia gris por poner un sello de recibido?". De igual manera usted ha hecho comentarios a A.A. menospreciando la labor de M., al decir que los reportes que ella realiza son feos, desordenados y mal confeccionados, refiriendo que usted los puede hacer mejor, e incluso a finales del año anterior 2012, usted acudió al administrador para decirle que ella no hacía bien el trabajo, tan solo para dejarla en mal ante la jefatura y lo mismo hizo en junio de este año cuando manifestó, en presencia de funcionarios de la A.ía Judicial, que usted sí hacía bien ese trabajo, esto aproximadamente en el mes de junio que ellos se hicieron presentes en el despacho. II.-

A.A.C., Auxiliar Administrativa: 1.-

En febrero del año 2011, aproximadamente, siendo usted la encargada de realizar las proposiciones de nombramientos, dejó de nombrar a A. en el puesto de Auxiliar Judicial en que se encontraba en ascenso por más de tres meses y usted de manera arbitraria se auto-nombró en ese puesto y ante el reclamo de A. usted solo le dijo que "de por sí usted tenía más anualidades" y advirtiéndole que eso debía quedar solo entre ella y usted. 2.-

De igual manera, en contra de la servidora A., usted ha venido ejerciendo otras acciones de acoso laboral tales como manipularla y hacerle creer que la S.B. planificaba acciones en perjuicio de ella y ponerla en su contra. Además, en muchas ocasiones A. debía trabajar a oscuras pues usted no le permitía encender la luz alegando que la luz del fluorescente le manchaba su cara, hasta obligar a uno de los obreros a quitar el foco de manera permanente, no permitiendo tampoco que se abran las cortinas para que ingrese luz natural, lo que le ha provocado a A. serias molestias al tener que forzar la vista, pues por temor no le dijo al obrero que la volviera a colocar. III.-

M.C.R., Asistente Administrativa: En contra de la servidora M. usted ha manifestado en varias ocasiones, de manera irrespetuosa y mal intencionada, delante de compañeros de la unidad de localización, que ella es la novia de B.Q., quien es la Sub-administradora de la región, y que por ese "amorío" ha recibido beneficios. En otra ocasión le dijo al administrador que M. no estaba desempeñando bien su trabajo, todo con el fin de nombrar en ese puesto a un familiar suyo. Concretamente a la servidora S.C.C. se le atribuye: irrespetar, maltratar y acosar laboralmente a los siguientes servidores: .-

M.B.G.: 1.-

Que en julio del 2012 doña M. estuvo embarazada y en ese mismo mes perdió al bebé, y usted en forma inhumana y desconsiderada comentó en presencia de A.A.C. que "que bueno que le haya pasado eso, cada una recibe lo que merece y D. sabe por qué hace las cosas, por ser como es". 2.-

Sin precisar fecha exacta pero durante los últimos tres años, usted de manera mal intencionada ha venido diciendo a los compañeros que M. mantuvo una relación amorosa con el administrador del circuito. II.-

A.A.C.: 1.- Que en diciembre del 2012, encontrándose A. con problemas de salud a nivel estomacal y debiendo acudir al baño que se ubica fuera de la administración, usted la buscó para preguntarle por qué había durado tanto tiempo por lo que A. le dijo que si no podía ir tranquila al baño si tenía diarrea, usted le contestó de manera altanera que debía informarle que tenía diarrea para saber por qué duraba tanto en el baño. 2.- Sin precisar fecha exacta, pero hace aproximadamente un año y medio, al sentirse presionada, A. debió asumir la responsabilidad por una negligencia en que usted incurrió al no haber enviado a U. un documento urgente y debió firmar un oficio en tal sentido ante el administrador del circuito y ante el licenciado O.L., defensor público de U., sin que usted asumiera su cuota de responsabilidad. 3.-

Que en abril del 2013, estando A. de encargada de realizar los pedidos trimestrales de materiales, usted, con la intención de hacerla incurrir en errores y que no tuviese el tiempo suficiente para remitir la información, con tan solo 4 días de antelación para el vencimiento del plazo establecido, le entregó los formularios correspondientes para entregar a la Proveeduría la información de todos los despachos judiciales de la zona(la Fortuna, Guatuso, Los Chiles, U. y los de la zona central de S.C.), y sin comunicarle usted se trasladó a los despachos de La Fortuna y Los Chiles a hacer los pedidos, tarea...

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