Acta nº 059 de Consejo Superior, 25 de Junio de 2015

Fecha de Resolución25 de Junio de 2015
EmisorConsejo Superior

Nº 59-15

CONSEJO SUPERIOR DEL PODER JUDICIAL.-

S.J., a las ocho horas del veinticinco de junio del dos mil quince.

Sesión ordinaria con asistencia de la Magistrada Villanueva, P., de la integrante L.C.C., los integrantes A.L.M.A., C.M.Z. y el Suplente R.S.S. en sustitución de la licenciada M.C.A. por incapacidad. Asiste también la máster A.E.R.J., Directora Ejecutiva.

ARTÍCULO I

DOCUMENTO 7433-15

Se aprueba el acta N° 54-15 de la sesión celebrada el 10 de junio de 2015.

También se aprueba la separata de la sesión Nº 57-15 del 18 de junio del 2015, artículo LXV

ARTÍCULO II

Documento 10083-11, 7276-15

En sesión Nº 48-15 celebrada el 21 de mayo de 2015, artículo LXVIII, se tomó el acuerdo que literalmente dice:

“En oficio N° RS-1003-15 de 12 de mayo de 2015, los máster F.A.M., J.L.B.O., por su orden Director y Subdirector del Departamento de Personal y D.N.M., J. de la Reclutamiento y Selección, comunicaron lo siguiente:

“En repetidas ocasiones, ha sido de conocimiento del Consejo Superior, diferentes solicitudes de traslado presentadas por la sección de Reclutamiento y Selección a nombre de la funcionaria A.Y.Z.F., Asistente Administrativa 1 del Departamento de Gestión Humana.

Siendo que por motivos de fuerza mayor, especialmente ocasionados por razones de índole económico y familiar, el funcionario L.R.R.B., esposo de la señora A.Y., solicitó traslado a una plaza vacante en el Tribunal Penal de Liberia, aprobado por Consejo en sesión No. 017-11, celebrada el 1 de marzo del 2011 artículo XXXIII.

En consecuencia, la señora Z.F. ha realizado nombramientos de forma interina en el Primer Circuito Judicial de Guanacaste, así como en la Sede de Santa Cruz, desde el 2011, contabilizando un total de 3 años, 2 meses y 14 días, con 3 periodos de interrupción no mayores a mes y medio, sin embargo desde el 18 de marzo del presente año se encuentra desempeñando sus labores en el Departamento de Gestión Humana sin posibilidad de nombramientos en dicha zona.

En virtud de que la situación por la cual, la señora Z.F. solicitó traslado a la zona de Guanacaste no ha variado desde el último informe, nos permitimos presentar la siguiente gestión para conocimiento del estimable órgano.

Antes de desarrollar el presente caso, se considera oportuno consignar en este informe los siguientes antecedentes

El Consejo Superior en sesión 86-11, celebrada el 11 de octubre de 2011, artículo XIX, conoció una solicitud de traslado de la servidora A.Y.Z.F., de la cual, se dispuso:

“…Por estimar este órgano que la situación expuesta por la servidora A.Y.Z.F. es especial, se acordó: Solicitar al Departamento de Personal que analice si doña A.Y. cumple con los requisitos para ocupar la plaza No. 350204 de Técnico Supernumerario en la Administración Regional del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, sede Santa Cruz, de ser así, proceda a realizar el traslado en propiedad a dicho puesto a partir del 1 de noviembre de este año, e informe a este Consejo…”

Posteriormente, en sesión 06-12 del 26 de enero de 2012, artículo LII, el Consejo Superior acordó lo siguiente:

“…1.) Tener por rendido el informe del Departamento de Personal. 2.) Conforme se recomienda, reservar la gestión para una revisión posterior en un plazo prudencial de seis meses a fin de verificar si en ese periodo existen condiciones favorables para la reactivación del caso, lo cual deberá ser planteado nuevamente por la servidora A.Y.Z.F.. 3.) Hacer este acuerdo de conocimiento de las Administraciones Regionales del Primer y Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, para que en caso de requerir personal administrativo para próximas sustituciones, se valore el nombramiento de la señora Z.F. hasta tanto se logre concretar un traslado definitivo…”

Finalmente en sesión 94-14 del 28 del octubre de 2014, artículo XLIII, el Consejo Superior acordó lo siguiente, en relación con la solicitud de traslado presentada por la señora A.Y. el 30 de setiembre de 2014:

“…1.) Tomar nota de lo comunicado por la servidora E.G.M. 2.) Acoger el informe de la Dirección de Gestión Humana y con base en él, denegar el traslado solicitado por la señora A.Y.Z.F.. 2.) Deberá la citada Dirección sacar a la brevedad a concurso la plaza N° 96574 de la Contraloría del Primer Circuito Judicial de Guanacaste para lo cual doña A.N. podrá participar en igualdad de condiciones que los demás oferentes interesados…”

Además, es necesario mostrar las condiciones laborales actuales de la servidora, así como otras consideraciones de interés, tal y como se expone a continuación:

Cuadro N°1

Situación Laboral del servidor

Nombre del Servidor (a) A.Y.Z.F.
Nombramiento en propiedad por primera vez 01/10/1998
Número de Puesto en propiedad 99672
Clase de Puesto Asistente Administrativo 1
Ubicación del Puesto Departamento de Gestión Humana
Fecha de ingreso en el Poder Judicial 03/01/1994

ARTÍCULO III

Documento N° 2723-11, 7014-15

En sesión N° 23-15 celebrada el 12 de marzo de 2015, artículo V, tomó el acuerdo que literalmente dice:

“Mediante oficio Nº 1716-15, a las dieciséis horas con dos minutos del 19 de febrero de 2015, se comunicó el acuerdo tomado por este Consejo en sesión Nº 9-15 celebrada el 3 de febrero de 2015, artículo LXII, que literalmente dice:

“ El máster F.A.M., J. del Departamento de Personal, mediante oficio N° CP-16-15 recibido el 22 de enero de 2015, remitió el acuerdo tomado por el Consejo de Personal, en sesión N° 25-2014 de 18 de diciembre de 2014, artículo XVI, que literalmente dice:

“La Sección de Análisis de Puestos en el Informe SAP-229-2014 señala:

Con la finalidad de que sea conocido por los señores miembros del Consejo de Personal, nos permitimos exponer lo siguiente:

El Consejo Superior en sesión Nº 82-14 celebrada el 16 de setiembre del año en curso, artículo XXIX, al conocer el informe SAP-053-2014 que refiere a la reconsideración de la reasignación presentada por el Lic. F.R.B.A. del Segundo Circuito de San José donde se recomienda reasignar el puesto Nº 35535 de “Coordinador Oficina de Apoyo Jurisdiccional” a “Asistente Administrativo 1” incluida en el informe SAP-273-2013[1]de fecha 29 de octubre de 2013, al respecto se acordó:

No acoger el acuerdo tomado por el Consejo de Personal y estar a la espera del estudio solicitado en sesión Nº 77-14 del 28 de agosto de 2014, artículo XXXVII, para las plazas de Jefe de Oficinas de Comunicaciones Judiciales.” Lo resaltado no corresponde al original.

De acuerdo con la información presentada se emiten las siguientes consideraciones:

1. Antecedentes del informe:

o Oficio Nº 1111-PLA-2010 del 09 de julio del 2010, elaborado por el Departamento de Planificación, dicho informe fue aprobado por Consejo Superior en sesión 84-10 del 16 de setiembre de 2010, artículo XXXV, el estudio contenía un informe ejecutivo y una compilación de las diferentes recomendaciones emitidas en los informes que a la fecha se han realizado en cuanto al tema de las oficinas de localización, citación y presentación de personas en referencia a la plaza Nº 35535 de Coordinador Oficina de Apoyo se recomienda el traslado de la misma a la Administración Regional del Segundo Circuito Judicial de San José.

o Estudio Nº SAP-151-12 de la Sección de Análisis de Puestos, el cual fue aprobado Consejo Superior sesión 68-12 del 26 de julio del 2012, artículo XLVII, en el informe quedo pendiente de estudio el puesto Nº 35535 de Coordinador Oficina de Apoyo, en espera de la consolidación de las nuevas tareas asignadas en la Administración Regional del Segundo Circuito Judicial de San José.

o Estudio Nº SAP-273-2013 de la Sección de Análisis de Puestos aprobado por Consejo Superior en sesión Nº 21-2013 celebrada el 12 de diciembre de 2013, artículo VIII, en el informe se recomienda la reasignación del puesto Nº 35535 de “Coordinador Oficina de Apoyo” a “Asistente Administrativo 1”. con base en las nuevas funciones asignadas en la Administración Regional del Segundo Circuito Judicial de San José.

o Estudio Nº SAP-053-2014 de la Sección de Análisis de Puestos, en donde se conoce la reconsideración planteada por el Lic. F.R.B.A. del Segundo Circuito de San José al informe Nº SAP-273-2013 donde se recomienda reasignar el puesto Nº 35535 de “Coordinador Oficina de Apoyo Jurisdiccional” a “Asistente Administrativo 1”, en el informe se mantiene la reasignación planteada.

A continuación se presenta las características del puesto ocupado interinamente por la señora K.A.G.M.:

Características del Puesto
N. Puesto: 35535
Clase Ancha Coordinador Oficina de Apoyo Jurisdiccional
Clase Angosta Coordinador Oficina de Apoyo Jurisdiccional
Nombre del titular K.A.G.M.
Cédula 03-0370-0226
Condición Interino
Ubicación física actual Administración Regional del Segundo Circuito Judicial de San José
Fuente: Relación de Puestos 2014.

ARTÍCULO IV

Documento N° 12811-14, 7193-15

En sesión Nº 97-14 celebrada el 6 de noviembre del año 2014, artículo III, se adjudicó la Contratación Directa por excepción Nº 2014CD-000012-PROVEX, denominada “Mantenimiento Preventivo y Correctivo de los ascensores para los Edificios de la Defensa Pública de San José, Tribunales de Justicia y Anexo C del Primer Circuito Judicial de San José, según demanda”, a la empresa Elevadores Schindler S.A., cédula jurídica Nº 3-101-340543. El licenciado W.K.A. , J. interino del Departamento de Proveeduría, en oficio N° 3902-DP/52-2015 del 12 de junio del 2015, presentó la siguiente gestión:

“(…) En sesión Nº 97-14, artículo III, celebrada el 06 de noviembre del 2014, el Consejo Superior dispuso adjudicar la Contratación Directa por Excepción Nº 2014CD-000012-PROVEX, denominada “Mantenimiento Preventivo y Correctivo de los ascensores para los Edificio de la Defensa Pública de San José, Tribunales de Justicia y Anexo C del Primer Circuito Judicial de San José, según demanda”, de la...

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