Acta nº 081 de Consejo Superior, 5 de Septiembre de 2017

Fecha de Resolución 5 de Septiembre de 2017
EmisorConsejo Superior

Nº 81-17

CONSEJO SUPERIOR DEL PODER JUDICIAL .-

S.J., a las ocho horas del cinco de setiembre del dos mil diecisiete.

Sesión ordinaria con asistencia de la V.C.E.F.. De la integrante M.C.A. y los integrantes R.S.A.M., G.A.B. y el integrante C.M.Z.. Asiste también la máster A.E.R.J., D.a Ejecutiva.

ARTÍCULO I

Documento N° 10851-17

En razón del quebrando de salud que presentó el Integrante R.A.M. y que lo mantuvo incapacitado, solicita el uso de la palabra para manifestar su agradecimiento a todas y todos sus compañeros por sus oraciones y palabras de apoyo, que fueron de mucha fortaleza para salir adelante en su recuperación y poder continuar sirviendo a la institución, como parte de sus funciones como integrante de este órgano superior.

ARTÍCULO II

Documento: N° 10054-17 y 10388-17

Se aprueban las actas N°s 76 y 77-2017 del 17 y 22 de agosto de 2017, respectivamente.

La M.E. se abstiene de votar en la aprobación del acta N° 76-2017 del 17 de agosto de este año, y el Integrante Araúz en ambas actas, por no haber asistido a esas sesiones.

ARTÍCULO III

Documento N° 10277-17

En razón del sentido fallecimiento de la señora M.B.C., madre de los servidores C. y A.A.B., Técnicos Judiciales del Juzgado de Ejecución de la Pena de Alajuela y de la Unidad Administrativa de Alajuela, respectivamente, se acuerda expresarles las condolencias de la Corte Suprema de Justicia y de este Consejo. Se declara acuerdo firme.

ARTÍCULO IV

Documento N° 10289-17

En razón del sentido fallecimiento del señor C.M.B.J., padre del servidor R.V.B.J., Investigador de la Sección de Inspecciones Oculares y Recolección de Indicios, se acuerda expresar a don R. y a su estimable familia las condolencias de la Corte Suprema de Justicia y de este Consejo. Se declara acuerdo firme.

ARTÍCULO V

Documento N° 10290-17

En razón del sentido fallecimiento del señor F.H.S.L., abuelo materno del servidor J.J.R.S., investigador de la Sección de Fraudes, se acuerda expresar a don J.J. y a su estimable familia, las condolencias de la Corte Suprema de Justicia y de este Consejo. Se declara acuerdo firme.

ARTÍCULO VI

Documento N° 10212-17

En razón del sentido fallecimiento de la señora C.R.M., abuela materna del servidor A.R.V., Asistente Administrativo del Archivo Judicial y suegra de la servidora A.G.P., Técnica Radiológica de la Oficina de Rayos X del Departamento de Medicina Legal, se acuerda expresar a don A. y doña A. y a su estimable familia las condolencias de la Corte Suprema de Justicia y de este Consejo. Se declara acuerdo firme.

ARTÍCULO VII

Documento N° 10766-17

En razón del sentido fallecimiento del señor J.M.V., padre de la servidora S.M.G., Metodóloga de la Unidad de Capacitación del Organismo de Investigación Judicial, se acuerda expresar a doña S. y a su estimable familia, las condolencias de la Corte Suprema de Justicia y de este Consejo. Se declara acuerdo firme.

ARTÍCULO VIII

Documento N° 10025-17

En atención al recurso de reconsideración presentado mediante escrito ANEJUD-0136-2017 de fecha 23 de agosto de 2017, emitido por el P. de la Asociación Nacional de Empleados Judiciales (ANEJUD) en representación de la servidora L.G.C., contra el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 71-17 celebrada el 1° de agosto del 2017, artículo XXXVI, que dispuso: “1) Remitir la anterior solicitud a la Dirección Ejecutiva, para que en el plazo de 15 días hábiles contados a partir de recibido de esta comunicación, defina a qué despacho se puede trasladar a la servidora L.G.C.. 2) Hacer este acuerdo de conocimiento de la Dirección de Gestión Humana, con el fin de que realice un estudio sobre la procedencia de la recalificación de una de las plazas del Archivo Judicial para que funja como secretaria o secretario de ese despacho durante 3 meses.”, se le aclara lo siguiente:

1.-

Este Consejo al conocer el oficio AJ-J-32-2017 de 12 de julio de 2017, emitido por parte del personal de apoyo del Archivo Judicial, donde solicitan el traslado de la plaza 43741 Asistente Administrativo; también consideró una serie de documentos que fueron anexados al oficio, como fueron: informe del Archivo Judicial, informe de Ambiente L., reubicación de puestos de trabajo, queja contra la servidora L.G.C., solicitud de estudio, gestión para acceder la plaza para secretaria; donde en su revisión se desprende una serie situaciones conflictivas en las relaciones interpersonales entre parte del personal del Archivo Judicial y la servidora G.C., quien ocupa el puesto de Asistente Administrativo en dicha oficina, sin que efectivamente se denote de quien es la responsabilidad de este conflicto; pero que pese a la intervención de la Oficina de Ambiente L. a principios de este año en curso, no se ha podido solucionar, lo cual ha venido minado el ambiente laboral e incluso con una posible afectación a la salud de todas la partes que intervienen en esta situación.

2.-

Es bajo este escenario, que el Consejo Superior consideró urgente y razonable tomar las medidas necesarias para tratar de evitar mayores consecuencias y ayudar, por un lado a la servidora G.C. ubicándola en otra oficina -conforme a las potestades otorgadas en el artículo 81 inciso 6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial- para que contara con un ambiente laboral sano y libre de conflictos; y por otro lado, buscar reducir el nivel de estrés y deterioro tanto personal como laboral que se está dando en el Archivo Judicial.

Ahora bien, dado que la servidora G.C. no está conforme con su traslado y siente que se le está perjudicando con estas medidas; este Consejo considera importante, para evitar un conflicto mayor que afecte aún más el ambiente laboral en el Archivo Judicial, solicitar los estudios correspondientes donde se analice con la mayor prontitud, tanto las diferencias y problemas personales como labores en las relaciones interpersonales en el Archivo Judicial, que determinen las causas que generan el conflicto; además se revise la estructura, organización y distribución de funciones de todo el personal, para que se emitan las recomendaciones de mejora que consideren necesarias que permitan dar una solución integral y satisfactoria a la situación de deterioro laboral que enfrenta el Archivo Judicial.”

-o-

Conforme a lo expuesto, se acuerda: 1) Acoger la reconsideración planteada mediante escrito ANEJUD-0136-2017 de fecha 23 de agosto de 2017, por el P. de la Asociación Nacional de Empleados Judiciales (ANEJUD) en representación de la servidora L.G.C.. Por tanto, se deja sin efecto lo resuelto por este Consejo Superior en la sesión en sesión Nº 71-17 celebrada el 1° de agosto del 2017, artículo XXXVI. 2) La Oficina de Ambiente laboral de la Dirección de Gestión Humana deberá, en el plazo no mayor a dos meses que corre a partir de la notificación de este acuerdo, realizar un estudio de ambiente laboral en el Archivo Judicial, donde se analicen, con un abordaje objetivo y más profundo, las diferencias y problemas personales como labores en las relaciones interpersonales que enfrenta dicha oficina, y determine las causas que lo generan; remitiendo a este Consejo, en el plazo establecido, las recomendaciones de mejora que considere necesarias para dar una solución integral satisfactoria a la situación de deterioro laboral que vive del Archivo Judicial. 3) La Dirección de Planificación deberá remitir este Consejo, en un plazo no mayor a dos meses, que corre a partir de la notificación de este acuerdo, un estudio con sus respectivas recomendaciones, donde se analice la estructura, organización y distribución de funciones de todo el personal del Archivo Judicial, con especial atención al puesto de plaza 43741 Asistente Administrativo; donde se analicen las funciones, tareas y responsabilidades, así como el nivel de desempeño; además, indicar en el caso plaza 43741 de Asistente Administrativo, si esta es necesaria y se requiere conforme a la carga de trabajo del citado despacho. 4) La Secretaría General de la Corte verificará que la Oficina de Ambiente L. de la Dirección de Gestión Humana y la Dirección de Planificación, remitan a este Consejo los estudios solicitados en el plazo establecido. 5) Hacer de conocimiento de la Dirección de Gestión Humana, Dirección de Planificación, Dirección Ejecutiva y Archivo Judicial , para lo que a cada uno corresponda. Se declara acuerdo firme.

ARTÍCULO IX

Documento N° 14608-16 / 10152-17

En sesión N° 8-17 celebrada el 2 de febrero del 2017, artículo XXXVII, se adjudicó la Contratación Directa por Excepción 2016CD-000029-PROVEX denominada “Alquiler de edificio a construir para albergar las distintas oficinas judiciales que atenderán la materia laboral a partir del año 2017 en el I Circuito Judicial de la Zona Sur”, a la casa comercial Quinto Faro S.A., cédula jurídica 3-101-256226, representada por el señor F.R.R., cédula de identidad 2-0235-0079, conforme a los detalles que se indicaron.

El licenciado W.K.A., J. interino del Departamento de P., mediante oficio N° 4250-DP/28-2017 del 25 de agosto del 2017, remitió la siguiente gestión:

“En relación con lo adjudicado en la contratación directa por excepción 2016CD-000029-PROVEX denominada “Alquiler de edificio a construir para albergar las distintas oficinas judiciales que atenderán la materia laboral a partir del año 2017 en el I Circuito Judicial de la Zona Sur”, la cual fue aprobada por ese Consejo Superior en sesión No. 8-17 del 2 de febrero del 2017, artículo XXXVII, indicando en lo que interesa lo siguiente:

“…Adjudicar la Contratación Directa por Excepción 2016CD-000029-PROVEX denominada “Alquiler de edificio a construir para albergar las distintas oficinas judiciales que atenderán la materia laboral a partir del año 2017 en el I Circuito Judicial de la Zona Sur”, conforme al detalle siguiente a:

Quinto Faro S.A., cédula jurídica 3-101-256226, representada por el señor F.R.R., cédula de identidad 2-0235-0079 con facultad de representante legal,...

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