Acta nº 006 de Corte Plena, 20 de Marzo de 2017

Número de sentencia006
Fecha20 Marzo 2017
EmisorCorte Plena (Corte Suprema de Costa Rica)

ÍNDICE DE CONTENIDOS

ACTA SESIÓN CORTE PLENA N° 6-2017

20 DE MARZO DE 2017

ARTÍCULO I

Aprobación del Acta N° 5-17 del 6 de marzo 2017. Recurso de reconsideración planteado por la Magistrada A. al artículo XXXII de la citada acta. Adición al artículo XXXVII de esa sesión, planteado por el M.C..

ARTÍCULO II

Sala Primera propone al Magistrado M. como representante de esa S. en la Comisión de Seguridad.

ARTÍCULO III

Acuerdo del Consejo Superior referente al informe de los rendimientos del Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial (FJPPJ) con corte a 31 de diciembre de 2016.

ARTÍCULO IV

Permiso para impartir lecciones de la Magistrada Varela.

ARTÍCULO V

El M.A. informa que impartirá lecciones en la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica por el primer semestre del presente año.

ARTÍCULO VI

Magistrado S. comunica que impartirá lecciones en la Universidad de Costa Rica

ARTÍCULO VII

Acuerdo del Consejo Superior relativo al informe sobre los logros del año 2016, retos y metas del año 2017, del Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial.

ARTÍCULO VIII

Acta del Consejo Superior del Poder Judicial N° 18-17 del 1 de marzo del año en curso (Presupuesto 2018).

ARTÍCULO IX

Acuerdo de la Comisión Gerencial de Tecnologías de la Información referente al informe y criterio jurídico sobre a la utilización de la nube como plataforma tecnológica para el Sistema de votación de Corte Plena.

ARTÍCULO X

Acuerdo del Consejo Superior relacionado con el estudio de la Auditoría denominado “Evaluación de las inversiones efectuadas con recursos del Fondo de Jubilaciones y Pensiones”.

ARTÍCULO XI

La M.Sc. B.S.B. remite informe de las labores realizadas como F.S., durante el período correspondiente del 29 de febrero del 2016 al 28 de febrero del 2017.

ARTÍCULO XII

El Magistrado Rueda comunica fecha en que se rendirá informe referente a las reformas al "Reglamento de reconocimientos otorgados por el Poder Judicial"

ARTÍCULO XIII

Informe del Magistrado Cruz, respecto a su participación en el Noveno Congreso Nacional de Jueces,realizado en la Ciudad de Chiclayo, Perú.

ARTÍCULO XIV

Solicitud del Magistrado S. para cambio de fechas con motivo de su participación en la Reunión ordinario del Consejo Judicial Centroamericano y del Caribe.

ARTÍCULO XV

Gestión de la Asociación Nacional de Jubilados y Pensionados del Poder Judicial (ASOJUPEN), solicita un aumento de al menos 5% para los jubilados y pensionados

ARTÍCULOXVI

Informe del Magistrado Castillo referente al Reglamento de la Sección Especializada para la tramitación y resolución en primera instancia de asuntos contencioso-electorales de naturaleza sancionatoria del Tribunal Supremo de Elecciones.

ARTÍCULO XVII

Informe de la Dirección de Tecnología de la Información, referente a la problemática presentada producto de los errores en los impedimentos de salida del país.

ARTÍCULO XVIII

Informes de la Dirección Ejecutiva sobre mejoras al Sistema de los Depósitos Judiciales.

El Banco de Costa Rica realiza propuesta de mejora en el servicio que brinda del Sistema de los Depósitos Judiciales.

ARTÍCULO XIX

Acuerdo del Consejo Superior, referente al informe N° 408-PLA-2017 de la Dirección de Planificación, sobre la especialización del Juzgado Civil y Laboral del Tercer Circuito Judicial de San José.

ARTÍCULO XX

La doctora S.E.Z., Jueza Coordinadora del Tribunal de Apelación de Sentencia del Segundo Circuito Judicial de San José, solicita se acelere el trámite del informe solicitado a la Dirección de Planificación o de manera subsidiaria, se prorrogue la permanencia de las plazas otorgadas a dicho Tribunal, por 7 meses más, para que se concluya el proceso administrativo necesario.

ARTÍCULO XXI

Magistrada C. comunica que se jubilará a partir del 1 de abril del año en curso.

ARTÍCULO XXII

Designación del Magistrado S., como Coordinador de la de la Subcomisión contra la Discriminación por Orientación Sexual e Identidad de Género, y de la Magistrada V. como Coordinadora de la Comisión de la Jurisdicción de Familia, N. y Adolescencia.

ARTÍCULOXXIII

Informe del Magistrado S. referente al procedimiento disciplinario N° 16-001378-031-IJ.

ARTÍCULO XXIV

Informe del Magistrado S. referente al proyecto de ley denominado “Adiciónese un Artículo 9 Bis a la Ley de Protección al ciudadano del exceso de requisitos y trámites administrativos, N° 8220, para implementación de sede digital en el sector público”, expediente Nº 20.089.

ARTÍCULOXXV

Magistrada E. expone sobre la situación que está viviendo Perú.

ARTÍCULOXXVI

Informe del Magistrado C. referente al proyecto de ley denominado “Aprobación del Canje de Notas entre el Gobierno de la República de Costa Rica y la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) Constitutivo para la Adhesión a la Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales”, expediente Nº 20.120.

N° 06-2017

Sesión extraordinaria de Corte Plena celebrada a las trece horas cincuenta y seis minutos del veinte de marzo del dos mil diecisiete, con la asistencia inicial de la Presidenta, M.Z.V.M., de los magistrados y las magistradas C.E.F., I.R.R.M., W.M.V., O.A.G., J.V.A., E.C.V., L.P.S.R., D.A.M., C.G.S., F.C.V., P.R.L., N.H.L., L.F.S.A.; las Suplentes D.V.V., L.C.C., los Suplentes J.E.D.H., y J.P.H.G., la primera en lugar del Magistrado R. por vacaciones, la siguiente en sustitución del Magistrado S. por permiso con goce de salario para atender otras actividades del cargo, los dos últimos ocupando las plazas vacantes de las Salas Tercera y Constitucional.

ARTÍCULO I

Documento 2941-2017 / 12342-15, 2174, 3255-17 / 11270-15, 2450-17

Se somete a consideración la aprobación del acta de la sesión celebrada el 6 de marzo en curso, número 5-2017.

El artículo XXXII del acta, que es acuerdo firme, dice lo siguiente:

“ARTÍCULO XXXII

Documento 2174-2017

El Consejo Superior en sesión N° 106-16 celebrada el 22 de noviembre del 2016, artículo LXX, tomó el acuerdo que literalmente dice:

“El Magistrado C.C.S., Coordinador de la Comisión de la Jurisdicción Penal, mediante oficio N° CPJ080-16 de 8 de noviembre de 2016, remitió la siguiente gestión:

“En relación con su oficio número 6484-16 enviado el pasado 23 de junio del presente año, le comunico que según nos informó la Magistrada D.A.M., quien es integrante de esta Comisión y presidenta de la Comisión Nacional de Flagrancias, era conveniente posponer el pronunciamiento sobre las recomendaciones que la Secretaría Técnica de Género presentó al Consejo Superior en el escrito número 0083-STG-2016.

La Comisión analizó la situación planteada y se estimó que el asunto sobre el que se nos pedía criterio afectaba directamente la organización y el funcionamiento de los Tribunales de Flagrancia, por lo que ciertamente devenía indispensable el contar con el criterio de la Comisión Flagrancias antes de referirse a las recomendaciones de la Secretaría Técnica de Género.

En razón de lo anterior se acordó comunicar al Consejo Superior que la Comisión de la Jurisdicción Penal esperará que a que la Comisión Nacional de Flagrancias se pronuncie sobre los aspectos consultados y posteriormente se emitirá el criterio que se nos ha solicitado.”

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En sesión N° 18-16 del 25 de febrero de 2016, artículo XCI, se tuvieron por rendidos los informes de la Secretaría Técnica de Género, la Comisión Permanente para el Seguimiento de la Atención y Prevención de la Violencia Intrafamiliar, el Departamento de Trabajo Social y de la Defensa Pública y se tomó nota del oficio VIO-033-2016 del Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU), además se trasladaron a la Comisión de Justicia Restaurativa para su respectiva valoración, en especial el emitido por el Instituto Nacional de las Mujeres, con el fin de que remitiera a este Consejo lo que a bien estimara indicar al respecto.

Posteriormente, en sesión Nº 55-16 celebrada el 2 de junio del año 2016, artículo LXIII, se conoció el oficio N° 83-STG-2016 del 26 de mayo de 2016, suscrito por la licenciada J.A.M., J. de la Secretaría Técnica de Género, mediante el cual hizo de conocimiento el acta N° 4 del 11 de mayo de 2016, de la Comisión de Género en que se conocieron las recomendaciones de la citada Secretaría sobre los altos niveles de desestimaciones y sobreseimientos definitivos dictados en la aplicación de la Ley de Penalización de la Violencia contra las Mujeres, en lo sucesivo LPVCM, y en lo conducente, previamente a resolver lo que correspondiera, se remitieron las recomendaciones a la Comisión de la Jurisdicción Penal, a la Comisión Nacional de Flagrancias, al Ministerio Público, al Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional y a la Comisión Permanente para el seguimiento de la Atención y Prevención de la Violencia Intrafamiliar, para que en el plazo de ocho días contados a partir de la comunicación de ese acuerdo, se pronunciaran al respecto.

Seguidamente, en sesión N° 62-16 del 28 de junio de 2016, artículo XCV, se conoció el oficio N° 66-PJR-2016 del 17 de junio del 2016 suscrito por la Magistrada D.A.M., en condición de Coordinadora del Programa de Justicia Restaurativa. Por lo anterior, se trasladó el Protocolo de Actuaciones de casos remitidos al Programa de Justicia Restaurativa en materia de Violencia de Género: Delitos Sexuales, Violencia Doméstica e Intrafamiliar, al licenciado L.A.S.M., Asesor del Consejo Superior para su respectiva revisión.

Asimismo, en sesión N° 81-16 celebrada el 30 de agosto de 2016, artículo XCI, se dispuso trasladar la gestión de la Magistrada D.M.A.M. a conocimiento del licenciado L.A.S.M., Asesor del Consejo Superior, para que se valorará de forma conjunta a la revisión del Protocolo de Actuaciones que le fue solicitado en el acuerdo anterior.

Luego, en sesión N° 88-16 celebrada el 30 de agosto del 2016, artículo LXXIV, en lo que...

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