Acta nº 064 de Consejo Superior, 6 de Julio de 2017
Fecha de Resolución | 6 de Julio de 2017 |
Emisor | Consejo Superior |
Nº 64-17
CONSEJO SUPERIOR DEL PODER JUDICIAL .-
S.J., a las ocho horas del seis de julio del dos mil diecisiete.
Sesión ordinaria con asistencia de la Presidenta en ejercicio, magistrada C.E.F.. De los integrantes R.S.A.M., C.M.Z., G.A.B. y el integrante suplente C.M.R., en sustitución de la integrante M.C.A., por vacaciones. Asiste también la máster D.Á.A., S. Ejecutiva.
ARTÍCULO I
DOCUMENTO N° 7929-17
Se aprueba el acta Nº 60-17 de la sesión celebrada el 22 de junio del 2017.
La magistrada E. y el integrante suplente M.R. se abstienen de aprobar el acta por no haber participado en esa sesión.
ARTÍCULO II
DOCUMENTO Nº 7503-17
Se conoce la reconsideración presentada por la Dirección de Gestión Humana, respecto lo resuelto por este Consejo en la sesión N° 54-17 celebrada el 02 de junio de 2017, artículo VIII, en relación con los oficios N° 416-DH-2017 y 545-DG-2017, ambos suscritos por el licenciado W.E.E., D. del Organismo de Investigación Judicial, donde acordó:
“…Autorizar a que los permisos con goce de salario y sustitución otorgados en la sesión N° 45-17 celebrada el 11 de mayo de 2017, artículo LXVIII, de psicólogos de la Unidad de Apoyo Psicológico Operacional, plazas N° s 84091, 350217 y 352720, se ubiquen físicamente en las instalaciones del Organismo de Investigación Judicial y que la administración de ese Organismo asuma la dirección y supervisión, así como la agenda de trabajo de las labores que desempeñarán dichos puestos, pero funcionalmente seguirán dependiendo de la Dirección de Gestión Humana, esto con el fin de no afectar las competencias propias de esa Dirección. 2) Deberá el máster J.L.B.O., D. de Gestión Humana, revisar el funcionamiento del personal de la Unidad de Reclutamiento y Selección dedicado al presente proceso de selección e informar a este Consejo Superior de sus resultados.”
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La Dirección de cita, conforme los argumentos contenidos en el informe, que sustenta la gestión, solicita lo siguiente:
“(…)
a) Reconsiderar lo aprobado por el Consejo Superior en la sesión N° 35-17, artículo LXXX, misma en que la que se aprobó una variación en cuando al orden de las etapas del proceso de reclutamiento para los puestos policiales producto de una solicitud expresa de la Dirección del Organismo de Investigación Judicial, sin que esta Dirección tuviera conocimiento. Ahora bien, esta Dirección no considera que sea necesario un cambio en el orden del proceso selectivo, de manera que se solicita se mantenga el orden expuesto en el apartado V del presente informe. Así mismo de mantenerse el proceso de selección tal y como se ha venido trabajando, esta Dirección no ve la necesidad en cuando a la aprobación de los permisos con goce de salario para 3 profesionales 2, aprobados en la sesión N° 54-17 del 2 de junio de 2017.
b) No variar el orden entre la valoración médica y la prueba toxicológica, dado que la valoración médica representa ya sea por resultados negativos o bien por desestimación, una disminución en la cantidad de personas que pasan a la última etapa del proceso selectivo; misma en la que se tarda más tiempo del programado tal y como lo indica el máster M.F. en el oficio N° 190-ADM-OIJ-2017 lo señala en el punto 4 de las conclusiones: “…El caso de Toxicología se encuentra el problema de que si bien es cierto se definió la cantidad de 30 días como plazo máximo, existen 16 casos que se encuentran rezagados, cabe destacar que la Sección de Toxicología aduce que su función principal son las pericias por lo que no pueden dedicar personal a tiempo completo y dar respuestas más rápidas a las solicitudes enviadas por esta Administración.”.
c) Se solicita al Consejo Superior reconsiderar lo aprobado en cuando a la el plazo máximo otorgado a las personas oferentes para presentar las informes médicos sea de un mes, dado que esto no agiliza en ninguna manera el proceso selectivo, y por el contrario representa un mayor porcentaje de desestimaciones, dado que las personas que no cuenten con el presupuesto para someterse a los estudios médicos necesarios en un plazo de 30 días quedarán desestimados. En concordancia con lo anterior se solicita mantener el plazo de los 90 días otorgados a los oferentes para presentar los informes médicos requeridos.
d) Ratificar el modelo de reclutamiento y selección para puestos policiales de primer ingreso al Organismo de Investigación Judicial, según se describe en el apartado V del presente informe.
e) Finalmente esta Dirección ve necesario que sea revisado el proceso o las actividades utilizadas por la Unidad de Investigación de A. en vista que desde el último trimestre del 2016, esta sección a notado la disminución en la calidad de las investigaciones, mediante hallazgos obtenidos por medio de la entrevista psicolaboral. Situación que no es prudente para el reclutamiento del Organismo de Investigación Judicial.”
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Previamente a resolver lo que corresponda, se acordó: Conceder audiencia a los máster W.E.E., D. General del Organismo de Investigación Judicial y J.L.B.O., D. de Gestión Humana, el jueves 13 de julio de 2017, a las 8:00 horas, en el Salón de Expresidentes, ubicado en el tercer piso del Edificio de la Corte Suprema de Justicia, con el fin de que expongan sus argumentos, en relación con lo acordado por este órgano en sesión Nº 54-17 celebrada el 02 de junio de 2017, artículo VIII. Se declara acuerdo firme.
ARTÍCULO III
DOCUMENTO N° 7655-15, 7594-17
En sesión 62-15 celebrada el 7 de julio del año 2015, artículo IV, se adjudicó la L.itación Pública Nº 2014LN-000030-PROV denominada “Contratación de servicio de vigilancia, protección y seguridad para los diversos circuitos judiciales del país, bajo la modalidad según demanda”, al Consorcio Secure Costa Rica: Servicio de Cuido Responsable Secure S.A., cédula jurídica 3-101-077363 y Servicios de Protección Americanos A P S S.A., cédula jurídica 3-101-185597, conforme se detallo
El licenciado W.K.A., J. del Departamento de P., remitió mediante oficio 2787-DP/07-17 del 23 de junio de 2017, lo que se dirá:
“En sesión Nº 62-15, artículo IV, celebrada el 07 de julio del 2015, el Consejo Superior dispuso adjudicar la L.itación Pública Nº 2014LN-000030-PROV, denominada "Contratación de Servicios de Vigilancia, Protección y Seguridad para los Diversos Circuitos Judiciales del País, bajo la Modalidad Según Demanda”, al Consorcio Secure Costa Rica: Servicio de Cuido Responsable Secure S.A., cédula jurídica 3-101-077363 y Servicios de Protección Americanos A.P.S. S. A., cédula jurídica 3-101-185597, la cual se formalizó mediante el contrato N° 046115.
Siendo que ya se procedió a dar la orden de inicio para dicho contrato, es menester proceder con la incorporación de los servicios que se espera finalice su vigencia, en el mencionado contrato.
En virtud de esto, con el visto bueno de la L.enciada R.H.V., Sub Jefa del Departamento de Seguridad, emitido mediante correo electrónico de fecha 14 de junio de 2017; para la inclusión del servicio en la Defensa Pública de Cartago, Defensa Pública de D. y para el Nuevo Edificio de Jicaral. Se recomienda la incorporación de los despachos indicados de conformidad con la siguiente tabla ya que ambos despachos se trasladarán a un nuevo local:
Oficina | Puesto | Numero de Contrato Actual | Fecha de Vencimiento del Contrato Actual | Fecha en la que se debe iniciar el nuevo Contrato | Monto Total Mensual del Nuevo Contrato |
Defensa Pública de Cartago | 1 Puesto de 9,5 horas de lunes a viernes en horario de 07:30 a las 17:00 horas | N/A | No se dispone de contrato actual | A partir de la orden de inicio que brinde Verificación y Ejecución Contractual | ¢536.655,44 |
Defensa Pública D. | 1 Puesto de 24 horas de lunes a domingo | 018114 | 30-06-2017 | A partir de la orden de inicio que brinde Verificación y Ejecución Contractual | ¢2.349.990,07 |
Nuevo Edificio de los Tribunales de Justicia de Jicaral | 1 Puesto de 24 horas de lunes a domingo | N/A | No se dispone de contrato actual | A partir de la orden de inicio que brinde Verificación y Ejecución Contractual | ¢2.349.990,07 |
ARTÍCULO IV
DOCUMENTO N° 12957-14, 7863-17
La máster A.E.R.J., D.a Ejecutiva, remitió mediante oficio N° 3224-DE-2017 del 30 de junio de 2017, lo siguiente:
“Para lo que a bien estime resolver el Consejo Superior, me permito remitir oficio N° 3129-DP/15-2017 de fecha 26 de junio de 2017, que suscribe el licenciado W.K.A., J. del Departamento de P., en el que se la adjudicación de obras adicionales en la L.itación Pública N° 2013LN-000023-PROV, denominada “Reforzamiento estructural del edificio de la Corte Suprema de Justicia” a la empresa Estructuras S.A., conforme autorización brindada por la Contraloría General de la República, mediante oficio N° DCA-1333- de fecha 26 de junio de 2017, suscrito por el L.. E.O.P., Gerente Asociado de la División de Contratación Administrativa.”
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Aunado a lo anterior, se adjunta el oficio N° 3129-DP/15-2017 de fecha 26 de junio de 2017, que suscribe el licenciado W.K.A., J. del Departamento de P. y dice:
“En sesión No. 12-15 celebrada el 12 de febrero de 2015, artículo IX, el Consejo Superior dispuso adjudicar la L.itación Pública No. 2013LN-000023-PROV, denominada “Reforzamiento estructural del edificio de la Corte Suprema de Justicia”, de la siguiente forma:
“(…)
se dispuso: 1) Adjudicar la L.itación Pública Nº 2013LN-000023-PROV, denominada “reforzamiento estructural del edificio de la Corte Suprema de Justicia”, a la empresa Estructuras, S.A., cédula jurídica Nº 3-101-018590-04, conforme al detalle siguiente:
Contratación para el reforzamiento estructural del edificio de la Corte Suprema de Justicia, conforme a especificaciones técnicas y planos constructivos, incluye toda la mano de obra, materiales y equipos, con un costo de ¢2.914.000.000,00 (dos mil novecientos catorce millones exactos) más $560.000,00 (quinientos sesenta mil dólares exactos) que corresponden a la importación de materiales de cada...
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