Acta nº 074 de Consejo Superior, 24 de Julio de 2013
Fecha de Resolución | 24 de Julio de 2013 |
Emisor | Consejo Superior |
Nº 74-13
CONSEJO SUPERIOR DEL PODER JUDICIAL.-
S.J., a las ocho horas del veinticuatro de julio del dos mil trece.Sesión ordinaria con asistencia de la Magistrada Villanueva, P., de la licenciada M.C.A., la doctora L.C.C., los licenciados M.M.A. y A.L.M.A.. Asiste también el Director Ejecutivo, licenciado A.J.L..
ARTÍCULO I
DOCUMENTO 8450-13
Se aprueba el acta N° 70-13 de la sesión celebrada 11 de julio del año en curso.
El Integrante Mena Ayales se abstiene de aprobar el acta por no haber participado en esa sesión.
ARTÍCULO II
Documento N° 8013-13
El Tribunal de la Inspección Judicial, remite mediante oficio Nº 1876-IJ-13 del 10 de julio en curso, las resoluciones finales dictadas por dicho Órgano, en cumplimiento con lo ordenado por Corte Plena, en su sesión No 43-01, celebrada el 3 de diciembre del 2001, Artículo XII:
EXPEDIENTE | QUEJOSO | ACUSADO | FALTA | RESOLUCIÓN FINAL |
12-001004-0031-IJ | J.R.V. | JUZGADO PENAL DE UPALA | DISCONFORMIDAD CON LA TRMIATACIÓN Y CON EL TRATO EN AUDIENCIA | DESESTIMACIÓN |
12-001298-0031-IJ | Y.V.M. | JUZGADO DE FAMILIA DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ | DISCONFORMIDAD CON TRAMITACIÓN | DESESTIMACIÓN |
12-001347-0031-IJ | J.F.A. | SALATERCERA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA | DISCONFORMIDAD CON ESTRAVÍO DE EXPEDIENTE | DESESTIMACIÓN |
13-000033-0031-IJ | H.R.B.Y.M.T.G.B. | KARINAM.V.H. Jueza de Familia de Grecia | DISCONFORMIDAD CON TRAMITACIÓN | DESESTIMACIÓN CON OBSERVACIÓN (EXPEDIENTE AUDIENCIA DE RECONSIDERACIÓN, SE EMITE VOTO N° 391-13 |
13-000055-0031-IJ | M.B.L. Y OTRO | JUZGADO DE TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ | DISCONFORMIDAD POR ATRASO | DESESTIMACIÓN |
ARTÍCULO III
Documento N° 8033-13
El Coordinador Judicial del Tribunal de la Inspección Judicial, M.M.Q., en oficio N° 1863-IJ-13 de 8 de julio en curso, cumpliendo con lo ordenado por Corte Plena, en su sesión No 43-01, celebrada el 3 de diciembre del 2001, artículo XII, remitió minuta conteniendo la resolución final dictada por ese Tribunal, dentro del siguiente asunto:
No. EXPED. | NOMBRE DEL FUNCIONARIO(A) O DESPACHO ACUSADO | CARGO | FALTA | RESOLUCION FINAL |
11-000358-0031-IJ | C.A.B.S. | CHOFER DE MAGISTRADOS | ACTUACIONES IRREGULARES EN SU VIDA PRIVADA | SIN LUGAR |
ARTÍCULO IV
Documento 8034-13
El Coordinador Judicial de la Inspección Judicial , servidor M.Q.M., remitió mediante, oficio Nº 1864-IJ-13 del 8 de julio de 2013, la resolución final dictada por ese Tribunal, dentro audiencia oral de forma masiva, celebrada el 27 de febrero último por el Tribunal de la Inspección Judicial, en cumplimiento con lo ordenado por Corte Plena, en su sesión No 43-01, celebrada el 3 de diciembre del 2001, artículo XII:
NUMERO | QUEJOSO | ACUSADO | TIPO DE QUEJA | RESULTADO |
12-000223-0031-IJ | G.R.A. | GUADALUPES.P. JUEZA DE PENSIONES ALIMENTARIAS Y VIOLENCIA DOMESTICA DEL 3º CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ | IRREGULARIDADES EN EL DESEMPEÑO DE SUS FUNCIONES | SIN LUGAR |
ARTÍCULO V Documento 8035-13
El servidor M.Q.M., Coordinador Judicial del Tribunal de la Inspección Judicial, en oficio Nº 1865-IJ-13 del 8 de julio en curso, en cumplimiento de lo ordenado por Corte Plena, en sesión Nº 43-01 del 3 de diciembre del 2001, artículo XII, remitió resolución final dictada por el Tribunal Emergente de esa Inspección, dentro del siguiente asunto:
No. EXPED. | NOMBRE DEL FUNCIONARIO(A) O DESPACHO ACUSADO | CARGO | FALTA | RESOLUCION FINAL |
11-000214-0031-IJ | M.R. ROJAS, A.P.S.Y.F.P.M. | TECNICA JUDICIAL DEL JUZGADO DE TRABAJO DEL II CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSE, TECNICO JUDICIAL DEL JUZGADO PENAL Y JUEZ TRAMITADOR DEL JUZGADO PENAL AMBOS TAMBIEN DEL II CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSE | NEGLIGENCIA EN LABORES PROPIAS DEL CARGO | SIN LUGAR |
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Se acordó: 1.) Tener por recibido el oficio Nº 1865-IJ-2013 d el ocho de julio del dos mil trece, referente a la resolución final dictada por el Tribunal de la Inspección Judicial. 2.) Del análisis realizado a la citada resolución, conforme lo señala el numeral 213 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, este Órgano considera que no concurren las causales de nulidad previstas en el artículo 210 ibídem, que motiven ordenar el reenvío correspondiente a ese Tribunal. 3.) No obstante lo anterior, se le hace una llamada atención al Coordinador o Coordinadora del Tribunal Penal del Segundo Circuito Judicial de San José, por cuanto en la investigación se evidenció la falta de controles y de supervisión constante, que permita evitar que se presenten este tipo de situaciones, en las que una persona estuvo detenida en forma injustificada por varios días.4.) Mostrar la preocupación de este Consejo al Tribunal de la Inspección Judicial, por cuanto no es posible que en un asunto tan delicado, la investigación haya demorado tanto tiempo, por lo que se deberá valorar la aplicación del régimen disciplinario, si existiera responsabilidad de alguna persona de ese Tribunal. Asimismo, deberá informar las causas que originaron el atraso e indicar que tipo de controles se llevan de los asuntos que tramitan los Inspectores Instructores.
ARTÍCULO VI
Documento N° 8036-13
El Coordinador Judicial de la Inspección Judicial Mario Quesada Matamoros, remite mediante oficio Nº 1866-IJ-13 del 8 de julio en curso, resolución final dictada por el Tribunal de la Inspección Judicial, dentro del siguiente asunto, en cumplimiento con lo ordenado por Corte Plena, en su sesión No 43-01 celebrada el 3 de diciembre del 2001, Artículo XII:
No. EXPED. | NOMBRE DEL FUNCIONARIO(A) O DESPACHO ACUSADO | CARGO | FALTA | RESOLUCION FINAL |
12-000172-0031-IJ | H.P.A. Y OTROS | JUECES DEL TRIBUNAL PENAL DEL II CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSE | INASISTENCIA INJUSTIFICADAS A DILIGENCIAS JUDICIALES SEÑALADAS | SIN LUGAR |
ARTICULO VII DOCUMENTO 8040-13
El Coordinador Judicial de la Inspección Judicial, servidor M.Q.M., remite mediante oficio Nº 1867-IJ-13 del 8 de julio en curso, resolución final dictada por el Tribunal de la Inspección Judicial, dentro del siguiente asunto, en cumplimiento con lo ordenado por Corte Plena, en su sesión No 43-01 celebrada el 3 de diciembre del 2001, A Artículo XII
No. EXPED. | NOMBRE DEL FUNCIONARIO(A) O DESPACHO ACUSADO | CARGO | FALTA | RESOLUCION FINAL |
12-001187-0031-IJ | M.J.G.U. | AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES DEL JUZGADO CIVIL Y TRABAJO DE DESAMPARADOS | INCUMPLIMIENTO DE DEBERES | SIN LUGAR |
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Se acordó: 1.) Tener por recibido el oficio Nº 1867-IJ-2013 d el ocho de julio del dos mil trece, referente a la resolución final dictada por el Tribunal de la Inspección Judicial, dentro del expediente N°12-001187-0031-IJ. 2.) Del análisis realizado a la citada resolución, conforme lo señala el numeral 213 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, este Órgano considera que en ésta no concurren las causales de nulidad previstas en el artículo 210 ibídem, que motiven ordenar el reenvío correspondiente al citado Tribunal. Se declara este acuerdo firme.
ARTICULO VIII
DOCUMENTO 8041-13
El Coordinador Judicial de la Inspección Judicial, servidor M.Q.M., remitió mediante, oficio Nº 1868-IJ-13 del 8 de julio en curso, el listado de las resoluciones finales dictadas por ese Tribunal, dentro audiencia oral de forma masiva, celebrada el 7 de marzo último por el Tribunal de la Inspección Judicial, en cumplimiento con lo ordenado por Corte Plena, en su sesión No 43-01, celebrada el 3 de diciembre del 2001, Artículo XII:
NUMERO | QUEJOSO | ACUSADO | TIPO DE QUEJA | RESULTADO |
12-000706-0031-IJ | A.N.H. | J.G.A.A. M. DEL DEPARTAMENTO DE MEDICINA LEGAL | NO PAGO DE DEUDA | SIN LUGAR |
Se acordó: 1.) Tener por recibido el oficio Nº 1868-IJ-13, referente al listado de las resoluciones finales dictadas por el Tribunal de la Inspección Judicial. 2.) Del análisis de la resolución citada, conforme lo señala el numeral 213 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, este Órgano considera que no concurre las causales de nulidad previstas en el artículo 210 ibídem, que motiven ordenar el reenvío correspondiente al citado Tribunal. Se declara acuerdo firme.
ARTICULO IX
DOCUMENTO 8044-13
El servidor M.Q.M., Coordinador Judicial del Tribunal de la Inspección Judicial, en oficio Nº 1869-IJ-13 del 8 de julio en curso, en cumplimiento de lo ordenado por Corte Plena, en sesión Nº 43-01 del 3 de diciembre del 2001, artículo XII, remitió resolución final dictada por el Tribunal Emergente de la Inspección Judicial, dentro del siguiente asunto:
EXPEDIENTE | QUEJOSO | ACUSADO | FALTA | RESOLUCIÓN FINAL |
12-001231-0031-IJ | K.V.C. Y OTROS | JUEZA DE FAMILIA DE SAN JOSE | ATRASO EN TRÁMITE 31-10-2012 | SIN LUGAR |
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Se acordó: 1.) Tener por recibido el oficio Nº 1869-IJ-2013 del ocho de julio del dos mil trece, referente a la resolución final dictada por el Tribunal de la Inspección Judicial. 2.) Del análisis realizado a la citada resolución, conforme lo señala el numeral 213 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, este Órgano considera que no concurren las causales de nulidad previstas en el artículo 210 ibídem, que motiven ordenar el reenvío correspondiente a ese Tribunal . Se declara este acuerdo firme.
ARTICULO X
DOCUMENTO 8045-13
El Coordinador Judicial de la Inspección Judicial, servidor M.Q.M., remite mediante oficio Nº 1870-IJ-13 del 8 de julio de 2013, resolución final dictada por el Tribunal de la Inspección Judicial, dentro del siguiente asunto, en cumplimiento con lo ordenado por Corte Plena, en su sesión No 43-01 celebrada el 3 de diciembre del 2001, Artículo XII:
No. EXPED. | NOMBRE DEL FUNCIONARIO(A) O DESPACHO ACUSADO | CARGO | FALTA | RESOLUCION FINAL |
12-000478-0031-IJ | C.M.H.Q. | AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES, SECCION DE LIMPIEZA Y JARDINERIA | ACOSO SEXUAL | SIN LUGAR |
Se acordó: 1.) Tener por recibido el oficio Nº 1870-IJ-13, referente a la resolución final dictada por el Tribunal de la Inspección Judicial. 2.) Del análisis de la resolución citada, conforme lo señala el...
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