Acta nº 082 de Consejo Superior, 1 de Septiembre de 2016

Fecha de Resolución 1 de Septiembre de 2016
EmisorConsejo Superior

Nº 82-16

CONSEJO SUPERIOR DEL PODER JUDICIAL .-

S.J., a las ocho horas del primero de setiembre del dos mil dieciséis.

Sesión ordinaria con asistencia de la Presidenta, M.V.. De los integrantes R.S.A.M., C.M.Z., G.A.B. y la integrantes suplentes L.C.L., en sustitución de la Integrante M.C.A. por permiso con goce de salario. Asiste también la máster A.E.R.J., D.a Ejecutiva.

ARTÍCULO I

DOCUMENTO N° 9992-16

Se aprueba el acta N° 78-16 de la sesión celebrada el 18 de agosto de 2016.

La Integrante suplente C.L. se abstiene de votar por no haber participado de esa sesión.

ARTÍCULO II

Documento 6232-13, 9782-16

El licenciado W.K.A., J. interino del Departamento de P., en oficio N° 4953-DP/12-2013 de 19 de agosto de 2016, indicó:

Con el ruego atento de que se someta a consideración de los integrantes del Consejo Superior, remito las diligencias relacionadas con la solicitud de incremento en el monto del alquiler del local que aloja al Juzgado Penal de P..

De las diligencias realizadas se destaca lo siguiente:

1. SOLICITUD DE INCREMENTO

1.1 Mediante nota recibida el 10 de febrero de 2016, visible a folio 143 del expediente, el señor G.S.C., P. de la empresa AG Autos S.A., y propietaria del inmueble que alberga al Juzgado Penal de P., solicitó un incremento en el precio del alquiler mensual del inmueble. El monto pretendido como nueva renta mensual es de $5.290,00 (cinco mil doscientos noventa dólares exactos). Actualmente, de conformidad con la planilla del mes de junio de 2016, emitida por el Departamento Financiero Contable, a la propietaria del inmueble se le reconoce la suma mensual de $4.600,00, cuyo pago realizado en moneda local, ascendió a la suma de ¢2.548.906,00.

2. ANÁLISIS LEGAL

2.1 Mediante oficio N° 1031-DP/07-2016 del 23 de febrero, se solicitó a la Dirección Jurídica, proceder con el estudio correspondiente para determinar si procede el incremento solicitado, tal como consta a folio 144 del expediente.

2.2 Con oficio N° 152-DJ/CAD-2016, recibido el 03 de marzo de 2016, visible a folios 145 al 147, la L.da. A.P.A.M., C.a Área Contratación Administrativa y la L.da. K.M.M., Subdirectora Jurídica a.í., al referirse a la procedencia legal de la solicitud, en lo que interesa manifestó:

En consecuencia, con fundamento en la normativa y jurisprudencia citadas, y lo pactado en la cláusula decimotercera del documento contractual N° 05-02-09 “Arrendamiento para alojar al Juzgado Penal de P.”, lo procedente es indicar que no será hasta el 20 de setiembre de 2016, que se podrá llevar a cabo una revisión del precio, ya que no han transcurrido tres años desde la última modificación al precio del arrendamiento.”

3. INFORME TÉCNICO DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS GENERALES

3.1 A folio 148, mediante correo electrónico de fecha 15 de marzo del 2016, la P. solicitó al Departamento de Servicios Generales y a la Administración de los Tribunales de Justicia del I.C.J.S.J., proceder con la inspección del inmueble y verificar si el local es apto para albergar oficinas judiciales o si bien requiere mejoras.

3.2 Como respuesta al correo antes citado, mediante correo electrónico del 07 de abril del presente año, visible a folios 154 al 158, la Arq. G.L.A., de la Sección de Mantenimiento y Construcción del Departamento de Servicios Generales, remitió informe consolidado, en el cual se mencionan las mejoras a realizar al local, con base a los criterios brindados por los entes técnicos así como por la Administración, por lo que al respecto manifestó lo siguiente:

“Con respecto al criterio solicitado, se realizó la visita al sitio y de acuerdo con lo observado, y en vista del incremento pretendido por el propietario, se recomiendan las siguientes acciones de mejora:

Recomendaciones Departamento de Servicios Generales:

(…) no se recomienda mejoras al inmueble. (…).

Recomendaciones Departamento de Salud Ocupacional:

- Colocar mayor cantidad de luminarias sobre los puestos de trabajo que cumplan con los rangos establecidos en la normativa (750 lux).

- Ubicación de aire acondicionado en la S. de Juicio. Este aspecto es urgente ya que dicha sala no cuenta con ventanales que permitan el ingreso de ventilación natural o salida del aire caliente (producto de los equipos de cómputo y las personas dentro de la sala).

- Es urgente la colocación de mayor cantidad de detectores de humo, tanto en el área de la bodega (del segundo piso) como en el resto del local; dadas las condiciones inseguras que presenta (acumulación de papel y estructuras en madera).

- Por ser un aspecto de seguridad humana, es necesario la construcción o habilitación de un medio de egreso en la parte trasera del local (portón metálico) para casos de emergencia.

- Se deberá colocar un pasamanos a lo largo de la grada interna (incluyendo descansos).

Recomendaciones Departamento de Seguridad

En materia de seguridad, el local cumple, no se requiere de ninguna mejora.”

4. PREVENCIÓN DE MEJORAS AL INMUEBLE

4.1 Mediante oficio N° 2361-DP/07-2016 del 08 de abril de 2016, se remitió a la empresa AG Autos S.A., propietario del local, la solicitud de mejoras propuestas por el Área de Salud Ocupacional, tal como consta a folio 159 del expediente.

4.2 Mediante nota de fecha 20 de abril de 2016, visible a folio 164 del expediente, el señor G.S.C., en su condición de P. de la empresa AG Autos S.A., propietaria del inmueble, manifiesta que la pretensión del incremento mensual a la renta es de $6.000,00, es decir $12,50 por metro cuadrado, siendo que este monto a razón de ser aprobado estaría incluyendo las mejoras que fueron solicitadas.

5. CRITERIO TÉCNICO FINAL

5.1. Con correo electrónico de fecha 22 de abril del 2016, visible a folio 166, se le solicitó al Departamento de Servicios Generales referirse a la razonabilidad del precio solicitado por el contratista en la nota de fecha 20 de abril 2016.

5.2. En virtud de lo anterior, mediante correo electrónico de fecha 25 de abril de 2016, la Arq. G.L.A., de la Sección de Arquitectura e Ingeniería del Departamento de Servicios Generales, a folio 167 del expediente, indica en lo que interesa, que en virtud que el propietario solicita el incremento mensual por metro cuadrado, analizado éste precio con el precio que se reconoce a otros locales de la zona, se comprobó que el costo por metro cuadrado solicitado se encuentra por debajo de los montos que actualmente se cancelan en la zona; por lo tanto, se concluye que la solicitud de incremento de $12,50 por metro cuadrado para un total mensual de $6.000,00 se considera razonable.

5.3. Tal como consta a folio 167 del expediente, mediante correo electrónico de fecha 25 de abril del 2016, esta P. solicitó a la Administración de Tribunales del I. Circuito Judicial de S.J., aportar la correspondiente certificación presupuestaria, por lo que el día 06 de mayo de 2016, la Administración remitió a esta P. la certificación de contenido presupuestario con la finalidad de dar contenido al pago de incremento del contrato N°05-02-09 “Arrendamiento para alojar al Juzgado Penal de P.”.

5.4. Posteriormente, Mediante correo electrónico de fecha 18 de mayo de 2016, se recibe informe por parte de la contratista, indicando que atendiendo los requerimientos de las mejoras solicitadas en la gestión 16-717-SJ, las mismas se encuentran ejecutadas, por lo que se solicitó al Juzgado Penal de P. remitir copia del Informe de Gestión 16-717-SJ, para poder verificar si algunas de éstas mejoras se encuentran solicitadas dentro del informe técnico para el estudio del presente incremento. Lo anterior de conformidad con lo expuesto a folios 176 y 177 del expediente.

5.5. En virtud de lo anterior, la L.da. Y.M.B., Profesional de la Administración del I y III Circuito Judicial de S.J., mediante correo electrónico de fecha 14 de junio del presente año, al respecto indicó que las mejoras realizadas por el contratista son las siguientes:

 Instalación del aire acondicionado, a partir del 17 de mayo de 2016.

 Instalación del sistema de luces como aprobación de los 750 luminex.

 Sensores de humo.

Adicionalmente, indicó que en conversación con la L.da. M.B., C.a del Juzgado Penal de P., las mejoras realizadas funcionan normalmente, tal como consta a folio 180.

5.6. Con base a lo expuesto por la Administración en el punto que antecede, esta P. solicitó al Departamento de Servicios Generales, verificar el recibido a satisfacción de las mejoras realizadas y adicionalmente, indicar si queda alguna mejora por atender de conformidad con el informe técnico emitido para el estudio del presente incremento.

5.7. Posteriormente, la C.a del Juzgado Penal de P., aunado a lo ya indicado en el ítem 5.5 anterior, mediante correo electrónico de fecha 21 de junio de 2016, visible a folio 183 del expediente, manifestó que adicional a las mejoras indicadas, se solicitó al contratista revisar goteras, derrames de agua en los servicios sanitarios, fugas de agua en el fregadero y pila, ante lo cual, indica la L.da. B., que el contratista ya cumplió con lo solicitado, corrigiendo los aspectos indicados.

5.8. Asimismo, en virtud que al día 06 de julio no se había obtenido respuesta por parte del Departamento de Servicios Generales, se reitera la solicitud de inspección de mejoras realizadas por el contratista, según consta a folio 184 del expediente, y siendo que al día 27 de julio pasado tampoco se había recibido el informe solicitado, se reiteró nuevamente al Departamento de Servicios Generales atender lo solicitado por esta P., tal como consta a folio 185.

5.9. En atención a lo solicitado en el punto anterior, mediante correo electrónico de fecha 29 de julio pasado, la Arq. G.L. del Departamento de Servicios Generales, a folio 187 del expediente, remitió informe sobre las mejoras realizadas y las que aún se encuentran pendientes de atender, las cuales se detallarán más adelante, en el apartado N° 7 “Recomendación”.

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