Acta nº 010 de Consejo Superior, 4 de Febrero de 2016

Número de sentencia010
Fecha04 Febrero 2016

Nº 10-16

CONSEJO SUPERIOR DEL PODER JUDICIAL .-

S.J., a las ocho horas del cuatro de febrero del dos mil dieciséis.

Sesión ordinaria con asistencia de la M.V., P.. De la integrante M.C.A., los integrantes A.L.M.A., C.M.Z. y R.S.A.M.. Asiste también la máster A.E.R.J., D.a Ejecutiva.

ARTÍCULO I

DOCUMENTO 1219-16

Se aprueba el acta N° 6-16 de la sesión celebrada el 21 de enero de 2016.

El Integrante M.Z. se abstiene de aprobar el acta por no haber participado en esa sesión.

ARTÍCULO II DOCUMENTO Nº 1060-16.

Con motivo del sentido fallecimiento del señor R.E.P.C., quien se desempeñó como custodio de detenidos en la Sección de Cárceles del Organismo de Investigación Judicial, se acuerda expresar a su estimable familia las condolencias de la Corte Suprema de Justicia y de este Consejo.

ARTÍCULO III

DOCUMENTO Nº 943-16

Con motivo del sentido fallecimiento de la señora L.G.A.R., esposa del licenciado F.V.R., J. de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de S.J. y madre de D.A.R., T. Especializado del Departamento de Artes Gráficas, se acuerda expresar a don F., a don D. y a su estimable familia las condolencias de la Corte Suprema de Justicia y de este Consejo.

ARTÍCULO IV

DOCUMENTO Nº 1409-16

En razón del fallecimiento de la señora V.M.M., madre del servidor P.Q.M., Profesional de S. de Ambiente Laboral de la Dirección de Gestión Humana, se acuerda expresar a don P. y a su estimable familia las condolencias de la Corte Suprema de Justicia y de este Consejo.

ARTÍCULO V

Documento N° 15363-15, 1212-16

En sesión N° 5-16 celebrada el 19 de enero de 2016, artículo VIII, se tomó el acuerdo que literalmente dice:

“Mediante oficio Nº 9206-DP/24-2015 del 7 de diciembre de 2015, el licenciado W.K.A., J. del Departamento de P., remite:

En relación con la L.itación Abreviada 2015LA-000103-PROV, denominada Confección y colocación de muebles modulares y obras menores para la Dirección de Tecnología de información, se remite a usted la documentación adjunta, con el ruego de que sea sometida a conocimiento de los miembros del Consejo Superior para lo que consideren conveniente resolver.

El plazo dispuesto para adjudicar este procedimiento, de conformidad con lo estipulado en el cartel, vence el día 02 de diciembre de 2015.

En este sentido, dado que se realizaron los trámites correspondientes en los plazos indicados en el cronograma, esto hasta donde fue posible, no obstante, debido a que el análisis de las diferentes prevenciones y el análisis del criterio técnico final tuvo que esperar las respuestas a las prevenciones de la empresa A.F.S. y no es hasta el 02 de diciembre que se cuenta con el criterio final número 3 por parte de la Unidad de Arquitectura e Ingeniería del Departamento de Servicios Generales, es por lo anterior, que se hace necesaria la aplicación de la prórroga para adjudicar en veinticinco días hábiles adicionales al plazo original. Así las cosas, mediante resolución No. 80-LIC-2015 de las quince horas del 03 de diciembre del dos mil quince, se resolvió ampliar el plazo para adjudicar esta licitación en veinticinco días hábiles más, conforme a la reforma parcial de la Ley Nº 7494, Contratación Administrativa, publica en la Gaceta Nº 20 del 29 de enero de 2009, en consecuencia el plazo para adjudicar vencería el 21 de enero del 2016.

Conforme lo disponen los artículos 42 bis de la Ley de Contratación Administrativa y 87 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se determina que:

PARTICIPANTES:

Para este concurso, se recibieron la siguiente oferta:

1. A.F.S., cédula jurídica 3-101-249998

ANÁLISIS LEGAL:

Mediante oficio N° 7713-DP/03-2015 de fecha 29 de octubre del año en curso, visible a folio 218 del expediente de contratación, se solicitó al Área de Contratación Administrativa de la Dirección Jurídica, el estudio del marco legal de la oferta recibida, para lo cual se señalo:

(…) Para que se proceda al estudio legal de las ofertas recibidas, adjunto expediente administrativo de la L.itación Abreviada 2015LA-000103-PROV, denominada “Confección y colocación de muebles modulares y obras menores para la Dirección de Tecnología de Información”, (un ampo).

Es importante advertir que conforme al cronograma de esta licitación, se requiere respuesta de esa Dirección para el día 06 de noviembre de 2015.

Al indicado efecto, y con la finalidad de determinar tanto la admisibilidad de la oferta y qué defectos u omisiones serían subsanables e indispensables de requerir, seguidamente se mencionan la oferta presentada por:

Nº 1: A.F.S.

No omito manifestar, que a folio 233 del expediente se encuentra el cuadro con el análisis de la oferta que realizó esta P..

Aunado a lo anterior, se informa que la propuesta fue presentada en forma extemporánea sin embargo al ser único oferente se admite a concurso.

En lo relativo al ajuste de la oferta a las especificaciones técnicas cartelarias, se solicitó el criterio respectivo al Departamento de Servicios Generales (…).

Mediante oficio N° 666-DJ/CAD-2015 recibido el 04 de noviembre del año en curso, la L.da. A.P.Á.M., C.a del Área de Contratación Administrativa y la L.da. M.V.M., Asesora Jurídica a.i., con el visto bueno de la L.enciada K.M.M., S.irectora Jurídica a.í, al referirse al estudio legal de las ofertas recibidas, señaló:

“En respuesta al oficio No. 7713-DP/03-2015, recibido en esta Dirección Jurídica el 30 de octubre del año en curso, suscrito por la .MBA Y.A.A., J. del Proceso de Adquisiciones de ese Departamento, requiriendo análisis legal de la propuesta presentada por A.F.S.A., recibida en la L.itación Abreviada N° 2015LA-000103-PROV, cuyo objeto es la “Confección y colocación de muebles modulares y obras menores para la Dirección de Tecnología de la Información” me permito referirle que por tratarse de un procedimiento en el que participó un único oferente, es posible solicitarle que aporte cualquier dato o documento omitidos para valorar su propuesta, y si es del caso, que se ajuste a los requerimientos cartelarios.

En estos casos, la igualdad de trato cede ante los principios de eficacia y eficiencia, al no concurrir más participantes; de ahí que al procurar la adjudicación del negocio, se protegería la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la Administración, siempre y cuando previamente se verifique la idoneidad técnica de ese único oferente y la razonabilidad del precio que cotiza, según los parámetros del artículo 30 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.

Al respecto, la Contraloría General de la República, mediante resolución número R-DCA-076-2012, de las nueve horas del catorce de febrero de dos mil doce, señaló que en los casos de oferente único “… se relativiza el principio de igualdad, y cobra preeminencia el de eficiencia para atender, de esa forma, la necesidad administrativa que generó la licitación. (...) no porque no sea importante [el principio de igualdad], sino porque no existe otro sujeto contra quien contrastar su aplicación.”, de manera que debe prevalecer la satisfacción del interés público que entraña la licitación y procurar una adjudicación.

Así las cosas, y amparados en los razonamientos antes expuestos, al ser la única oferta presentada, es posible aceptar la oferta a concurso, aunque se haya recibido en forma extemporánea, ya que lo que se pretende es lograr satisfacer el fin público.

Por lo demás, la oferta cumple legalmente.”

ANÁLISIS TÉCNICO:

Mediante oficio 7697-DP/03-2015 de fecha 29 de octubre del 2015, visible a folio 231 y 232, se remitió a criterio técnico el estudio de la oferta al Departamento de Servicios Generales.

Con el oficio 1070-05-SG-2015, visible a folio 239, recibido el 06 de noviembre del año en curso, la MBA. A.B.M.A., J., Departamento Servicios Generales y el Ing. J.V.C., J., Sección de Arquitectura e Ingeniería, remiten el informe N° 342-15-AI-2015, visible a folios 237 y 238, realizado por el Arq. S.B.R., Profesional II de la Sección de Arquitectura e Ingeniería, en el cual se manifiesta lo siguiente:

“En respuesta a la asignación enviada por correo electrónico del proyecto denominado " Confección y colocación de muebles modulares y obras menores de la Dirección de tecnología de la información", le indico detalle:

Se entrega una sola oferta por lo que se procede a la revisión de la misma.

Además se concluye que el solo hecho de la presentación de oferta es señal de conocimiento y aceptación por parte del oferente del Cartel de especificaciones.

Se analiza las ofertas enviadas:

Oferta # 1 Plazo de entrega Vigencia Oferta Garantía Valor de la oferta

¢108.788.910,10 Línea 1

1. F. 45 días Hábiles. 120 días hábiles 10 años ¢55.062.177,73 Línea 2

(Línea 1: Ciento ocho millones, setecientos ochenta y ocho mil, novecientos diez colones, con diez céntimos y Línea 2: Cincuenta y cinco millones, sesenta y dos mil, ciento setenta y siete colones, con setenta y tres céntimos:

Observaciones:

Entrega Seis cartas.

Admisibilidad (dos cartas):

1. Caja de A.. Edificio Torre 3. La información que contiene la carta cumple con lo solicitado.

2. UNA. Oficinas de la Universidad Nacional. La información que contiene la carta cumple con lo solicitado.

. Cumple con el requisito de admisibilidad.

Experiencia (Cuatro cartas):

1. INA. Edificio Don Bosco Regional central Oriental. La información que contiene la carta cumplecon lo solicitado.

2. UCR. Ciencias Sociales. La información que contiene la carta cumple con lo solicitado.

3. UNA. Edifico Registro y Financiero. La información que contiene la carta cumple con lo solicitado.

4. INA. Edificio Don Bosco Regional central Oriental. Se repite la carta.

. Por lo tanto obtiene el 7.5% por concepto de experiencia.

Requisitos obligatorios:

1. Cotiza el requerimiento línea por línea. Sin embargo, no debe globalizar la unidad e indicar la unidad que el oferente considere necesaria. Subsanar.

Las líneas que no debe globalizar Son:

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