Acta nº 097 de Consejo Superior, 20 de Octubre de 2016

Fecha de Resolución20 de Octubre de 2016
EmisorConsejo Superior

Nº 97-16

CONSEJO SUPERIOR DEL PODER JUDICIAL.-

S.J., a las ocho horas del veinte de octubre del dos mil dieciséis.

Sesión ordinaria con asistencia de la Presidenta, M.V.. De los integrantes, R.S.A.M. y G.A.B., la integrante suplente L.C.L., en sustitución de la integrante M.C.A. y el integrante suplente H.H.A. en sustitución del integrante C.M.Z. por permisos con goce de salario para labores propias de sus cargos. Asiste también la licenciada D.Á.A., Directora Ejecutiva interina.

ARTICULO I

DOCUMENTO N° 12316-16

Se dispone llamar al integrante suplente H.H.A., por el 20 de octubre de 2016 en sustitución del integrante C.M.Z., por permiso con goce de salario para labores propias del cargo.

El integrante H.A. se abstiene de votar.

La Dirección de Gestión Humana y el Despacho de la Presidencia, tomarán nota para lo que corresponda a cada uno. Se declara acuerdo firme.

ARTÍCULO II

Documento N° 11857-16

El licenciado W.K.A., J. interino del Departamento de Proveeduría, en oficio N° 5045-DP/28-2016 del 11 de octubre del 2016, presentó la siguiente gestión:

“En relación con la Licitación Pública N° 2016LN-000001-PROV “Compra de llantas, baterías y neumáticos bajo la modalidad de entrega según demanda”, se remite a usted la documentación adjunta, con el ruego de que sea sometida a conocimiento de los miembros del Consejo Superior para lo que consideren conveniente resolver.

En este sentido, es importante indicar que el plazo dispuesto en la cláusula 2.1.17 del cartel para resolver esta contratación venció el 10 de agosto 2016, no obstante, conforme al artículo 87 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativamediante resolución 66-LIC-2016, la cual consta en el expediente de contratación,se prorrogadicho plazo quedando la fecha para adjudicar el 14 de octubre del 2016. Por diversas circunstancias a la fecha prorrogada no se logrará adjudicar la contratación, por lo que en la resolución 75-LIC-2016, visible a folio 889 del expediente de contratación, se dejó constancia de los hechos acontecidos.

Conforme lo disponen los artículos 42 bis de la Ley de Contratación Administrativa y 87 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se determina que:

Ofertas recibidas en el presente concurso:

Para este concurso, se recibieron las siguientes ofertas:

Oferta No.1: P.M.S.A., cédula jurídica 3-101-005744

Oferta No. 2: Corporación Grupo Q Costa Rica S.A., cédula jurídica 3-101-285849

Oferta No. 3: Importadora Ad Nat S.A., cédula jurídica 3-101-167171

Oferta No. 4: Centro de Lubricación para Supermercados S.A., cédula jurídica 3-101-232354

Oferta No. 5: Gohner Autopartes de Costa Rica S.A., cédula jurídica 3-101-241293

Oferta No.6: Moto Repuestos Indianápolis S.A., cédula jurídica 3-101-424643 (se recibe en forma extemporánea).

ANÁLISIS DE LAS OFERTAS:

Al Área de Contratación Administrativa de la Dirección Jurídica, se le solicitó el análisis legal de las seis ofertas presentadas, mediante oficios N°3646-DP/28-2016 y 3742-DP/28-2016 de fecha 7 y 10 de junio de 2016 respectivamente, visibles a folios 560 y 600 del expediente de contratación.

ANÁLISIS LEGAL:

Mediante oficio N° 404-DJ/CAD-2016 recibido el 21 de junio del año en curso, visible a folios del 605 al 610 del expediente de contratación, al referirse al estudio legal de las ofertas recibidas, en lo que interesa señala:

“OFERTA Nº 1.-

Purdy Motor S.A.:

La documentación constante a folios 263 a 271, pretenden satisfacer lo requerido por la cláusula 1.10 del Anexo 1, en cuanto solicita un documento extendido por el Ministerio de Salud que autorice al oferente a ejercer como Unidad de Cumplimiento, y que acredite que además es miembro adscrito a la referida Unidad; sin embargo, estos folios sólo acreditan la solicitud de Purdy Motor S.A. ante el Ministerio, no así que haya logrado su inscripción…

OFERTA Nº 2.-

Corporación Grupo Q Costa Rica S.A.:

…aunque la casa comercial indica a folio 369 que aporta órdenes de compra de contratos anteriores, las mismas no se adjuntaron a la oferta, por lo que aún no se tiene por acreditada la experiencia…

Respecto al requisito de admisibilidad de la cláusula 3.4, el certificado visible a folio 345, no cumple con la condición de estar certificado o ser un documento original…

No se presentó el documento que requiere la cláusula 1.10 del Anexo 1, correspondiente a la autorización del Ministerio de Salud para ejercer como Unidad de Cumplimiento, y que acredite que además es miembro adscrito a la referida Unidad…

…se deberá prevenir la presentación de los timbres que solicita el cartel, así como la personería jurídica, la certificación de la propiedad de las acciones y la fotocopia de la cédula de identidad de la persona que suscribe la plica.

La casa comercial no brindó la información solicitada en el cartel para eventuales reajustes de precio…

La cláusula 2.8 del Anexo 1, solicita que las empresas participantes incluyan en su oferta el plan del manejo que darán a las baterías que se retiren de los vehículos, pese a lo cual esta empresa no aportó el referido plan, por lo que se deberá prevenir…

OFERTA Nº 3.-

Importadora AD Nat S.A.:

Se requiere revisar el plazo de la garantía de participación aportada por la oferente (folio 374), ya que bajo una revisión preliminar, estima esta Dirección que podría estar por debajo del requerido, y conforme lo establecen los artículos 38 y 81 inciso g) del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, este aspecto es subsanable siempre y cuando el plazo cubra al menos el 80% del necesario.

Pese a que el cartel advirtió que en principio la adjudicación se hará por bloques completos, esta empresa no cotizó la línea 14 del grupo de evaluación No. 2 (así se aprecia a folios 449 y 459), por lo que podrá ser tomada en cuenta para una eventual adjudicación en este bloque sólo en caso de que se verifiquen las excepciones establecidas en el apartado 6 “Otras condiciones para todos los bloques”.

…dentro de la revisión que realiza el Área de Contratación Administrativa para verificar que al menos se haya suministrado la información requerida, pareciera no estarse cumpliendo con los sitios en donde se deben tener sucursales.

Si bien es cierto, la empresa aporta a folios 404 a 425 una serie de documentación para acreditar contratos anteriores, ninguno de ellos cumple el requisito de admisibilidad de acreditar que se trata de experiencias de al menos 2 años. Adicionalmente se cuenta con una lista de contratos previos en el folio 431, pero tal listado no cumple con los requisitos e información solicitada en la cláusula 3.2.

Las cartas de folios 432 a 434, no indican toda la información del requisito de admisibilidad 3.4, y al ser fotocopias también se requiere que estén certificadas (tal como lo establece dicha cláusula)…

La única firma en toda la oferta, se encuentra a folio 454 y se trata de una firma digital, por lo anterior, es necesario valorar que el artículo 63 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, faculta al uso de medios electrónicos dentro de los procesos de compra, y en cuanto a la rúbrica señala que la oferta debe presentarse "...debidamente firmada por quien tenga poder para ello, de manera física o a través de algún mecanismo electrónico previamente aceptado por la Administración..." (lo destacado no corresponde al original). De manera que para que sea válida una firma electrónica se requiere haber regulado su uso dentro del concurso…

…el cartel de esta licitación no se refiere al uso de la firma electrónica, sino que se limita a establecer la obligación de que la oferta esté suscrita, pero sin autorizar ni prohibir expresamente el uso de firmas electrónicas, ya sea de parte del oferente o de los subcontratistas.

Así las cosas,…se exige en este caso buscar una solución al respecto, por lo que estima esta Dirección que se deberá solventar ambos inconvenientes a través de una declaración jurada la representante legal de la empresa, en la que indique si la firma del folio 454 corresponde a su firma electrónica, y si además fue puesta por ella misma con pleno conocimiento de la trascendencia de esa rúbrica. Además se deberá advertir a la representante que en esta oportunidad se requiere que firme la declaración de su puño y letra, y no mediante medios digitales. ..

En otro orden de ideas, se requiere especial pronunciamiento del órgano técnico, a efecto de revisar si lo indicado a folio 458 sobre la garantía técnica de las llantas, resulta aceptable conforme a los términos cartelarios, ya que se aprecian algunas diferencias entre lo que solicita el pliego de condiciones y lo que ofrece la sociedad, por lo que se requiere determinar si son condiciones más favorables o si por el contrario, resulta una garantía que no satisface lo que solicita el cartel.

La casa comercial no brindó la información requerida para eventuales reajustes de precio…

OFERTA Nº 4.-

Centro de Lubricación para Supermercados S.A.:

En atención a la consulta de ese Departamento, se aclara que desde el punto de vista legal no existe ningún inconveniente en que se haya cotizado un bloque en dólares y otro en colones, ya que el artículo 25 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa establece que las oferentes pueden cotizar en cualquier moneda. Si bien es cierto, la cláusula 2.1.10 del cartel indica que “Las cotizaciones podrán hacerse en una única moneda...”, debe hacerse énfasis en que según es mismo texto, no se trata de una obligación, sino de una posibilidad, es decir, una recomendación, pero el cartel no impide la cotización en diferentes monedas (lo cual no podría hacerlo sin incurrir en violación de lo dispuesto en la norma recién transcrita). Por su parte, esta misma cláusula señala que “...en caso de recibir propuestas en distinta moneda al colón, la Administración la convertirá en colones para efectos de comparación...”, por lo que se deberá aplicar tal disposición a la presente oferta.

Dentro de los aspectos a valorar para...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR