Acta nº 074 de Consejo Superior, 19 de Agosto de 2014

Fecha de Resolución19 de Agosto de 2014
EmisorConsejo Superior

Nº 74-14

CONSEJO SUPERIOR DEL PODER JUDICIAL.-

S.J., a las ocho horas del diecinueve de agosto de dos mil catorce.

Sesión ordinaria con asistencia del Magistrado J.M.A.G., V., quien sustituye en este acto a la Presidenta, M.V.. De la licenciada M.C.A., los licenciados M.M.A., A.L.M.A. y R.A.M., en sustitución de la doctora L.C.C. por incapacidad. Asiste también la Directora Ejecutiva, máster A.E.R.J..

ARTÍCULO I

DOCUMENTO 9557-14

Se aprueba el acta Nº 70-14 de la sesión celebrada el 5 de agosto de 2014.

ARTÍCULO II

DOCUMENTO Nº 9446-14

Con motivo del sentido fallecimiento del señor C.Á.V.A., padre del servidor C.V.D., Auxiliar de Servicios Generales 4 de la Sala Constitucional, se acuerda expresar a don C. y a su estimable familia las condolencias de la Corte Suprema de Justicia y de este Consejo.

ARTÍCULO III

Documento 9443-14

En razón del sentido fallecimiento de la señora L.V.V., madre del licenciado R.V.V., Juez del Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela y suegra de la licenciada J.A.B., Jueza del Juzgado Penal de Hatillo, se acuerda expresar a don R., doña J. y a sus estimables familias las condolencias de la Corte Suprema de Justicia y de este Consejo.

ARTÍCULO IV

Documento 9445-14

Con motivo del sentido fallecimiento del señor R.G.V.G., padre de la licenciada K.V.F., Defensora Pública del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, se acuerda expresar a doña K. y a su estimable familia las condolencias de la Corte Suprema de Justicia y de este Consejo.

ARTÍCULO V

Documento Nº 9521-14

Con motivo del sentido fallecimiento del señor L.A.G.M., hermano de la servidora A.G.R., Coordinadora de la Recepción de Documentos de la Administración Regional Heredia, se acuerda expresar a doña A. y a su estimable familia las condolencias de la Corte Suprema de Justicia y de este Consejo.

ARTÍCULO VI

Documento 9329-14

Con ocasión del sentido fallecimiento del señor J.M.M.M., hermano de I. e I.M.M., Técnica Judicial y Auxiliar de Servicios Generales del Juzgado Penal Juvenil y del Organismo de Investigación Judicial del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, respectivamente, se acuerda expresar a las señoras I. e I. y a sus estimables familias las condolencias de la Corte Suprema de Justicia y de este Consejo.

ARTÍCULO VII

Documento 9330-14

Con motivo del sentido fallecimiento del señor J.F.O.L., abuelo paterno de H.I.V.R., Secretaria de la Sección de Cárceles del Organismo de Investigación Judicial del Primer Circuito Judicial de San José, se acuerda expresar a doña H. y a su estimable familia las condolencias de la Corte Suprema de Justicia y de este Consejo.

ARTÍCULO VIII

Documento 9331-14

En razón del sentido fallecimiento de la señora M.E.M.J., madre J.J.C.M., guía canino de la Unidad Canina del Organismo de Investigación Judicial, se acuerda expresar a don J.J. y a su estimable familia las condolencias de la Corte Suprema de Justicia y de este Consejo.

ARTÍCULO IX

Documento 9625-14

Ante el sentido fallecimiento de la señora M.M.S., madre de la servidora P.A.M., Secretaria del Departamento Financiero Contable, se acuerda expresar a doña P. y a su estimable familia las condolencias de la Corte Suprema de Justicia y de este Consejo.

ARTÍCULO X

Documento 7669-14, 9184-14

En sesión Nº 66-14 celebrada el 22 de julio de 2014, artículo LVIII, se tomó el acuerdo que literalmente dice:

“La doctora M.A.C.M., y el doctor M.E.G.C., Microbiólogos del Laboratorio de Ciencias Forenses, Sección de Bioquímica del Organismo de Investigación Judicial, en documento del 1 de julio de 2014, realizaron la siguiente solicitud:

“(…)

Primero: Ambos ejercemos como profesionales en Microbiología y Química Clínica, participamos de un proceso de elección para ocupar el puesto INTERINO de Perito Judicial 2 en nuestra condición profesional de Microbiólogos en el Laboratorio de Ciencias Forenses, Sección de Bioquímica del Organismo de Investigación Judicial. Una vez comprobado el procedimiento previo de elección, se procedió a presentar la oferta de servicio y con el apersonamiento en la Sección de Bioquímica para las entrevistas respectivas con la jefatura a cargo. En nuestro caso, ambos fuimos elegidos, y recibimos llamada de la Jefatura vigente del Departamento de Bioquímica, confirmando la elección, y optamos por presentar el preaviso respectivo ante las empresas privadas para las cuales estábamos laborando y la renuncia correspondiente para poder ingresar a tiempo tanto al entrenamiento como a laborar al Departamento de Bioquímica del Organismo de Investigación Judicial.

Reiteramos, se nos aseguró por parte de esa Jefatura la comunicación de nuestra elección para ocupar los puestos en sus respectivas áreas.

Segundo: Habiendo transcurrido más de dos meses no solo desde el inicio del proceso para la elección de esos puestos sino desde que se nos había asegurado la elección en los mismos y cumplidos nuestros periodos de preaviso ante los correspondientes patronos, inexplicablemente, ambos recibimos una llamada telefónica de la Jefatura para indicarnos que se había presentado un problema para ocupar esos puestos, sin dar más detalles de esa decisión. En el caso del D.G., la llamada fue el viernes antes de ingresar a laborar (13/06/2014) y en el caso de la Dra. Campos fue el 12/06/2014, 10 días antes, ya que había acordado con la Jefatura DONAR 15días de su tiempo entrenándose en el laboratorio pues su puesto se liberaba a principios de julio. Ante este hecho adverso y perjudicial, decidimos en forma separada presentar un recurso de reconsideración, el cual fue rechazado mediante misiva de fecha 24 de junio de los corrientes, documento suscrito por el Director General del Organismo de Investigación Judicial. (Ver detalle en documentos adjuntos ANEXO 1, ANEXO 2 y ANEXO 3).-

Tercero: El recurso de reconsideración se presentó ante la Jefatura del Departamento de Ciencias Forenses con copia a la Jefe de la sección de Bioquímica Dra. M.E. y copia a la Dra. E.F.. Al día de hoy, desconocemos el motivo o detalles por los cuales, habiendo la Jefa de la sección de Bioquímica vigente, realizado el acto administrativo de notificación verbal de nuestra elección con un mes de antelación, se nos comunicó en fechas 12 y 13 de junio respectivamente que se había presentado un problema para nuestros nombramientos.

Las acciones internas para la elección de los puestos se desarrollaron aproximadamente desde abril anterior, de ahí que no se trató de un proceso informal o superfluo, sino que se ejecutó mediante los parámetros de selección de personal que la sección misma expuso con toda naturalidad y que, según tenemos entendido, ha sido la forma habitual para la elección de puestos interinos. En todo caso, es importante resaltar la gravedad de estos hechos, porque debido al sistema de elección hemos perdido nuestros trabajos anteriores y se nos impidió iniciar funciones normalmente, habiendo quedado en firme y con mucho tiempo de antelación, nuestra designación para esos puestos.

Cuarto: Al enterarnos ambas partes de que nos había ocurrido exactamente el mismo inconveniente y de que ambos habíamos planteado de manera independiente sendos recursos de Reconsideración, para nuestra sorpresa, recibimos contestación a la gestión planteada no de parte de la Jefatura de la Sección de Laboratorios de Ciencias Forenses y Sección de Bioquímica, sino de parte del Director General del Organismo de Investigación Judicial, Licenciado F.S.M., quien nos merece total respeto y consideración. Consideramos que por la investidura que él tiene, posiblemente no fue informado de todos estos detalles que acontecieron previamente a nuestra elección para ocupar los puestos en forma interina, además de que nosotros efectivamente cumplimos con los procedimientos de elección efectuados internamente y de que durante el proceso de entrevistas y evaluación de atestados no se presentaron dudas o cuestionamientos sobre nuestra idoneidad profesional y/o moral para ocupar el puesto, dado que presentamos en la oferta de servicio todos los atestados solicitados por la Jefatura que estaba llevando a cabo el proceso (Ver documentos adjuntos, en especial la oferta de servicios respectiva).

Quinto: El director del Organismo de Investigación Judicial licenciado F.S., no ha sido informado que en nuestro caso, cumplimos con un procedimiento previo de elección para ocupar el puesto. Podrá valorar este Consejo que consta en la oferta de servicio del microbiólogo M.G., que existe prueba documental que permite acreditar que en su caso específico existe un nombramiento INTERINO efectivo adjunto a la oferta (ANEXO 4). De ahí que no se trata de un acto informal ni de una llamada telefónica, sino como se ha reiterado en ambos casos, se cumplió con todos los requerimientos internos solicitados. Si un jefe comunica en forma verbal que ha sido elegido para ocupar un cargo y la fecha en que debe presentarse, una vez que se ha cumplido con el procedimiento previo, no es un acto informal, sino que reviste la legitimidad y legalidad que el caso amerita. La acción de personal generalmente se confecciona una vez que la persona ingresa en los días siguientes.

PETITORIA: Con toda consideración y respeto ante el Consejo Superior, con el fin de que se aclaren nuestras gestiones, solicitamos la atenta intervención ante esa Dependencia y J. del ramo, a fin de que se investigue la situación que hemos expuesto, dado que la suspensión del nombramiento ha ocurrido sin que se nos haya brindado alguna explicación y ello nos ha producido un grave perjuicio en forma integral, moral, humana y profesional, y la respuesta del señor D. General del Organismo de Investigación Judicial no abarca todas nuestras inquietudes. Por otra parte, el voto de la Sala Constitucional No 818-03 -citado por el Licenciado F.S.M.- se refiere a un caso concreto que difiere con el nuestro, por cuanto no fue solo una llamada telefónica de la jefatura que comunicó nuestro...

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