Acta nº 055 de Consejo Superior, 17 de Junio de 2014
Fecha de Resolución | 17 de Junio de 2014 |
Emisor | Consejo Superior |
Nº 55-14
CONSEJO SUPERIOR DEL PODER JUDICIAL.-
S.J., a las ocho horas del diecisiete de junio de dos mil catorce.Sesión ordinaria con asistencia del Magistrado J.M.A.G., V., quien sustituye en este acto a la Presidenta, M.V.. De la licenciada M.C.A., la doctora L.C.C., los licenciados M.M.A. y A.L.M.A.. Asiste también la Directora Ejecutiva, máster A.E.R.J..
ARTÍCULO I
DOCUMENTO 6824-14
Se aprueba el acta N° 51-14 de la sesión celebrada el 3 de junio de 2014.
La integrante C.C. se abstiene de votar en razón de no haber participado en esa sesión.
ARTÍCULO II
DOCUMENTO Nº 6677-14
Con motivo del sentido fallecimiento del señor S.D.C., hermano del servidor C.D.C., Conductor de detenidos de la Oficina Regional del Organismo de Investigación Judicial de Santa Cruz, se acuerda expresar a don C. y a su estimable familia las condolencias de la Corte Suprema de Justicia y de este Consejo.
ARTÍCULO III
DOCUMENTO Nº 6763-14
Con motivo del sentido fallecimiento de la señora M. de los Ángeles R.M., madre de la licenciada H.U.R., Jueza del Tribunal de Apelación de la Sentencia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, se acuerda expresar a doña H. y a su estimable familia las condolencias de la Corte Suprema de Justicia y de este Consejo.
ARTÍCULO IV
DOCUMENTO Nº 6986-14
Ante el sentido fallecimiento de la licenciada E.M.M.R., hermana del licenciado C.T.M.R., Profesional en Derecho 3B de la Secretaría General de la Corte, se acuerda expresar a don C. y a su estimable familia las condolencias de la Corte Suprema de Justicia y de este Consejo.
ARTÍCULO V
Documento 7855-13, 6545-14
Mediante oficio Nº 6506-DE-2014 del 6 de junio de 2014, la máster A.E.R.J., Directora Ejecutiva, remitir oficio 3487-DP/11-14 de 3 de junio de este año, suscrito por el licenciado W.K.A., J. interino del Departamento de Proveeduría, en el que solicita la ampliación de la contratación de "Alquiler de local para ubicar al Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José", adjudicado a la casa comercial ZMT Corporación, S.A., en el marco de la Licitación Pública Nº 2012LN-000021-PROV, que representa un aumento del 36,38%., que literalmente dice:
“ En sesión número 71-13, celebrada el 18 de julio de 2013, artículo IX, el Consejo Superior dispuso adjudicar la Licitación Pública No. 2012LN-000021-PROV, correspondiente al “Alquiler de local para ubicar al Juzgado de Tránsito del I Circuito Judicial de San José”, a la empresa ZMT Corporación S.A., cédula jurídica 3-101-279973, de la siguiente forma:
“(…) Se acordó: Adjudicar la Licitación Pública Nº 2012LN-000021-PROV “Alquiler de local para ubicar al Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José”, a la empresa ZMT Corporación S.A., cédula jurídica 3-101-279973 representada por su presidente, señor R.E.M.A., cédula de identidad 0-000-000con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, correspondiente al inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad, matrícula 00129660B001 y 00129660B002, situado en el Distrito 4 Catedral, Cantón 01 San José, de la Provincia de San José, por una renta mensual de $21,800.00 (veintiún mil ochocientos dólares exactos), pagaderos por mes vencido, por un plazo indefinido, por así haberlo aceptado el oferente. La revisión del precio se verificará una vez que haya transcurrido el término de tres años desde la fecha en que empezó a regir el precio que se pretende modificar. El propietario adaptará el edificio de acuerdo a los requerimientos institucionales plasmados en la propuesta arquitectónica elaborada por el Departamento de Servicios Generales, la cual fue suministrada al oferente con oficio Nº 3575-DP/41-2013 del 11 de junio de 2013, en un plazo de 20 días hábiles, contados a partir de la comunicación del refrendo del contrato y lo entregará considerando lo siguiente:
1. Construir el mobiliario modular de tal forma que este sea accesible. En caso de adjudicación del negocio, antes de proceder con la contratación del mobiliario, el adjudicatario debe concordar con el Poder Judicial la altura de los distintos paneles. Los muebles modulares a proporcionar por el propietario deberán mantener acabado y materiales de calidad, como referencia se citan los sistemas modulares iguales o similares a la línea Milenium de Euromobilia. El propietario deberá aportar las características y especificaciones del material que a su elección considere cumple con la calidad aquí estipulada.
2. Deberá considerar la adecuación de los sistemas eléctricos necesarios, tomacorrientes, salidas de voz y datos, salidas telefónicas y demás necesarios de acuerdo con la propuesta, para el adecuado funcionamiento del despacho, y la instalación de tomas adicionales para instalación de fotocopiadoras y un marco detector a la entrada del edificio.
3. Deberá suministrar las divisiones livianas necesarias de acuerdo con la propuesta.
4. Garantizar una adecuada iluminación según la normativa en todos los puestos de trabajo.
5. Garantizar una adecuada ventilación en las áreas que así lo requieran (medios mecánicos, aire acondicionado, por ejemplo, cuyo mantenimiento correrá por su cuenta).
6. Los buques de puertas aunque no se detalle en la propuesta adjunta deberán ser de 1m libre.
7. Los servicios sanitarios para personas con discapacidad deberán contar con los aditamentos necesarios como: barras, timbre, haladeras de las puertas tipo palanca y lo que solicite la Ley 7600 para estos espacios.
8. Si las escaleras no cuentan con pasamanos el propietario deberá colocarlo de acuerdo con lo especificado al respecto en la normativa vigente.
9. Al proporcionarse por este Departamento la planta de distribución y no los detalles en secciones de la propuesta, se entenderá que los detalles como ventanerías, deberían ir de acuerdo con los acabados de calidad generales existentes en el inmueble.
10. Deberá tomarse en cuenta por parte del propietario lo establecido en el cartel de contratación con respecto a normativas, acabados, calidad de los materiales, etc.
11. Es Importante indicar que con respecto al parqueo por no solicitarse dentro de los requerimientos del cartel de contratación este Departamento no hace mención al respecto; no obstante, el edificio tiene sótano con espacios de parqueo y es recomendable quede claro el tema en el alcance de la negociación.
12. Las paredes divisorias en las áreas de atención a público y puestos de trabajo modular, deberán ser del mismo sistema modular altura a definir.
13. Las divisiones en áreas de oficinas, comedor, bodegas etc., serán en muro seco (gypsum, fibrolit o uno que mantenga un acabado y calidad óptimos a elección del propietario) hasta nivel de cielo terminado, el tipo y la altura de la ventanería será a definir.
14. Las puertas de doble hoja en la sala de juicios y su cargador serán de aluminio y vidrio.
Los pagos por concepto de energía eléctrica y el exceso en la tarifa básica del agua, correrán por cuenta del Poder Judicial. En caso de que exista una paja de agua y no se pueda diferenciar entre la tarifa básica y el exceso de consumo, corresponderá a la arrendante cancelar dicho pago. Asimismo, debido a que por imperativo legal el Poder Judicial únicamente puede reconocer el pago por servicios que efectivamente le hayan sido prestados, conforme a los incisos a) y b) del artículo 26 de la Ley General de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos, se reafirma que es obligación del arrendador entregar al Poder Judicial el inmueble con los pagos de los servicios de electricidad y agua debidamente cancelados, de previo a iniciar la relación contractual. En caso de que haya pagos pendientes por uno u otros conceptos, se hará un requerimiento de pago a los propietarios para que en un término de cinco días hábiles proceda a cancelar el monto que corresponda, en el entendido de que si no lo hiciere, el Poder Judicial estará facultado para rebajarlo del pago de la renta del inmueble.
De conformidad con el artículo 8 de la Ley de Contratación Administrativa y 10.2 del Reglamento General de Contratación Administrativa, normativa vigente al inicio del procedimiento, la Administración del Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José, deberá tomar las previsiones necesarias para garantizar en su oportunidad el pago de las obligaciones que contraerá durante todos los ejercicios presupuestarios que involucren la relación contractual.
La Dirección Ejecutiva y el Departamento de Proveeduría, tomarán nota para lo que corresponda. Se declara acuerdo firme. (…)”
1. Solicitud de ampliación
1.2 Mediante oficio Nº 632-UAM-2013, el licenciado D.B.S., Administrador del Ministerio Público, envía a esta proveeduría la solicitud de aplicación del artículo 200 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, al contrato Nº 008213 correspondiente al Arrendamiento de Local que aloja actualmente al Juzgado de Tránsito del I Circuito Judicial de San José, lo anterior, debido a la disponibilidad de aproximadamente un área de 407.5 m2 para ubicar las siguientes oficinas: Fiscalía Adjunta de Asuntos Indígenas, Unidad de Monitoreo y Gestión de F., así como la Unidad de Inspección Fiscal.
A continuación se citan los requerimientos técnicos que deberá cumplir la empresa ZMT Corporación S.A. para adaptar el área disponible del inmueble, a las necesidades del Ministerio Público:
OBJETIVO GENERAL
Dotar a las oficinas y fiscalías del Ministerio Público, del alquiler de un local que reúna los espacios adecuados para alojar a la Fiscalía Adjunta de Asuntos Indígenas, Unidad de Monitoreo y Apoyo a la Gestión de Fiscalías, Unidad de Inspección Fiscal y proyectos adscritos o correlacionados.
OBJETO CONTRACTUAL
El Poder Judicial requiere alquilar el área disponible del inmueble ofertado en la Licitación Pública Nº 2012LN-000021-PROV “Alquiler de local para ubicar al Juzgado de Tránsito del I Circuito Judicial de San José”, ubicado en San José, 70 metros al este de la casa M.G., Avenida 10, con una...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba