Acta nº 069 de Consejo Superior, 31 de Julio de 2014
Fecha de Resolución | 31 de Julio de 2014 |
Emisor | Consejo Superior |
Nº 69-14
CONSEJO SUPERIOR DEL PODER JUDICIAL .-
S.J., a las ocho horas del treinta y uno de julio de dos mil catorce.
Sesión ordinaria con asistencia de la M.V., P., de la licenciada M.C.A., los licenciados M.M.A., A.L.M.A., y el licenciado R.A.M. en sustitución de la doctora L.C.C., por incapacidad. Asiste también la máster A.E.R.J., D.a Ejecutiva.
ARTÍCULO I
DOCUMENTO Nº 8754-14
Se aprueba el acta Nº 65-14 de la sesión celebrada el 17 de julio de 2014.
La Integrante Conejo Aguilar se abstiene de aprobar el acta por no haber participado en esa sesión.
ARTÍCULO II
Documento 8728-14
Con motivo del sentido fallecimiento del señor M.A.M., hermano del servidor J.A.M., Custodio de Personas Detenidas de la Sección de Cárceles y Citaciones del Organismo de Investigación Judicial, se acuerda expresar a don J. y a su estimable familia las condolencias de la Corte Suprema de Justicia y de este Consejo.
ARTÍCULO III
DOCUMENTO Nº 8546-14 El licenciado W.K.A., J. interino del Departamento de P. , en oficio N° 4313-DP/02-2014 del 22 de julio de 2014, presentó la siguiente gestión:
“En relación con la L.itación Pública N° 2013LN-000036-PROV “Contratación de Servicios de Fotocopiado y Escaneo de Documentos, para los Despachos Judiciales y Usuarios de las zonas de D., H., Aserrí, Puriscal, S.J. y P.”, se remite a usted la documentación adjunta, con el ruego de que sea sometida a conocimiento de los miembros del Consejo Superior para lo que consideren conveniente resolver.
En este sentido, es importante indicar que el plazo dispuesto en la cláusula 2.1.16 del cartel para resolver esta contratación esta previsto su vencimiento para el próximo lunes 28 de julio del 2014, no obstante, mediante resolución motivada que se observa a folio 198 del expediente, se procede a exponer las situaciones que se presentaron en el trámite del procedimiento y en virtud de ello, quedando definido el plazo máximo para la adjudicación para el martes 30 de setiembre del año en curso.
Conforme lo disponen los artículos 42 bis de la Ley de Contratación Administrativa y 87 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se determina que:
PARTICIPANTES:
Para este concurso, se recibieron las siguientes ofertas:
N° 1 C.M.A.L., cédula de identidad N° 1-423-576.
N° 2 Inversiones K.d.E.S., cédula jurídica 3-101-298364
N° 3 Copias Dinámicas S.A., cédula jurídica 3-101-073972
ANÁLISIS DE LAS OFERTAS:
A la Sección de Asesoría Legal de la Dirección Ejecutiva, se le solicitó el análisis legal de las ofertas presentadas, mediante oficio N° 3480-DP/02-14 de fecha 2 de junio del año en curso, en el cual en lo conducente se indicó:
“A efecto de que se proceda con el estudio legal de las ofertas recibidas en la L.itación Pública Nº 2013LN-000036-PROV, denominada “Contratación de Servicios de Fotocopiado y Escaneo de Documentos, para los Despachos Judiciales y Usuarios de las zonas de D., H., Aserrí, Puriscal, S.J. y P.”,adjunto el correspondiente expediente administrativo.
Asimismo, sin perjuicio del estudio que se realice por parte de ese Despacho, en donde se determine tanto la admisibilidad de las ofertas como cuales defectos u omisiones son subsanables, producto de la revisión inicial de los documentos aportados, esta P. ha advertido lo siguiente:
Oferta N° 1: C.M.A.L., cédula de identidad 1-0423-0576
1. El oferente no cotiza todas las líneas del grupo de evaluación, así como la totalidad de las zonas indicadas en el pliego de condiciones.
2. En cuanto a lo concerniente a las cartas de experiencia solicitadas en el pliego 7.2.6, el oferente a folios 93 al 95 hace referencia a las cartas, mismas que no presenta junto a la ofertas, sin embargo, a folios 176, 178 y 179 presenta la cartas mediante nota de subsanación.
Oferta N° 2: Inversiones K.d.E.S.
1. El oferente omitió el aporte de la declaración jurada de encontrarse al día con el pago de los impuestos municipales.
2. No se aportó la copia de la cédula jurídica.
Oferta N° 3: Copias Dinámicas S.A.
1. El oferente no cotiza la totalidad de las zonas indicadas en el pliego de condiciones.
2. No se aportó la copia de la cédula jurídica.
3. En cuanto a lo concerniente a las cartas de experiencia solicitadas en el pliego 7.2.6, el oferente a folios 148 al 153 hace referencia a las cartas, mismas que no presenta junto a la ofertas.
4. El oferente omitió el aporte de la certificación naturaleza jurídica y propiedad de las acciones.
5. No se aportaron los timbres de la Ciudad de las Niñas y el Colegio Profesional en Ciencias Económicas de Costa Rica.
6. El oferente omitió señalar los índices para eventuales reajustes de precios, tal y como lo solicita la cláusula 9.1.8.”
ANÁLISIS LEGAL:
Mediante oficio N° 7141-DE/AL-2014, recibido el 24 de junio del año en curso, la L.da. A.P.Á.M., J. de la Sección de Asesoría Legal, con el visto bueno de la MBA. A.E.R.J., D.a Ejecutiva, al referirse al estudio legal de las ofertas recibidas, señaló:
“Me refiero al oficio N° 3480-DP/02-14 de 2 de junio del año en curso, suscrito por la licenciada N.F.A., J. del Subproceso de L.itaciones de ese departamento, requiriendo el análisis legal de las tres ofertas presentadas en la L.itación Pública N° 2013LN-000036-PROV, cuyo objeto es el “Servicio de Fotocopiado y Escaneo de Documentos, para los Despachos Judiciales y Usuarios ubicados en las Zonas de D., H., Aserrí, Puriscal, S.J. y P.”.
OFERTA Nº 1.-
C.M.A.L.:
En cuanto a la primera observación indicada por ese Departamento, donde indicó que el oferente no cotizó todas las líneas del grupo de evaluación ni la totalidad de las zonas indicadas en el pliego de condiciones, es dable indicar que el señor A.L. no se encontraba en obligación de cotizar todas las zonas para las cuales se brindará el servicio contratado, ya que el pliego de condiciones, estableció que: "... La adjudicación de la totalidad de los servicios requeridos se hará al oferente que cotice la totalidad de las líneas del grupo de evaluación...", de lo que no se desprende que cotizar todas las zonas sea un requisito obligatorio, por lo que no existe incumplimiento; además, el oferente cotizó la totalidad de las líneas, por lo que no hay falta en este sentido.
Por otro lado, en cuanto a las cartas de experiencia que fueron requeridas en el pliego de condiciones, estas fueron debidamente referenciadas por el oferente en su plica y posteriormente fueron aportadas, por lo que tampoco existe incumplimiento de su parte, ya que cumple a cabalidad con todos los elementos legales que fueron requeridos en el cartel.
OFERTA N°2.-
Inversiones K.d.E.S.:
En cuanto a las observaciones de ese Departamento, señala que la oferente omitió el aporte de la declaración jurada de encontrarse al día con el pago de los impuestos municipales, no obstante, según lo establecido en el inciso a) del artículo 81 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, serán subsanables los aspectos formales, tales como las declaraciones juradas, por lo que es posible cursar prevención a la empresa para que la aporte.
Con respecto a la segunda observación, referente a no haber aportado fotocopia de la cédula jurídica, igualmente que se indicó en el párrafo anterior, es un aspecto subsanable de conformidad con el párrafo segundo del artículo 80 del Reglamento supracitado, ya que no constituye una variación en los elementos esenciales de la oferta, ni otorga una ventaja indebida.
OFERTA N°3.-
Copias Dinámicas S.A.:
De la misma manera que se indicó para la oferta N° 1, no existía obligación por parte de la empresa, de cotizar la totalidad de las zonas indicadas, ya que su obligación consistía en cotizar las líneas del grupo de evaluación, tal y como se indicó supra.
En cuanto a los puntos 2 y 4 de las observaciones de ese Departamento, relativas a que la oferente no aportó copia de la cédula jurídica ni la certificación de naturaleza y propiedad de las acciones; sin embargo, a folio 154 de la plica, se indica que "... Copias Dinámicas S.A. declara que las certificaciones de la naturaleza y propiedad de las cuotas y acciones y personería jurídica que se solicitan en el cartel están vigentes y permanecen sin ninguna variación en el registro de proveedores del Poder Judicial...", por lo que esa P. deberá confirmar la veracidad de lo indicado por la oferente y constatar que efectivamente se encuentran dichos documentos en el registro de proveedores que a los efectos lleva ese Departamento.
Respecto al punto 3 de las observaciones, siendo que la experiencia fue debidamente referenciada y consta que la empresa solicitó ante Verificación y Ejecución Contractual de ese Departamento, las certificaciones de experiencia que fueron requeridas en el pliego de condiciones, con la indicación de los contratos que solicitaban certificar, es posible prevenir para que las aporte, de conformidad con el inciso i) del artículo 81 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
El punto 5 de las observaciones de ese Departamento, señaló que la empresa no aportó los timbres de la Ciudad de las Niñas y el Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas, por lo que se deberá cursar prevención para que los aporte, de conformidad con lo establecido en el inciso a) del artículo 81 del Reglamento de la materia.
Finalmente, el punto 6 de las observaciones indicó que la oferente omitió señalar los índices para eventuales reajustes de precios, tal y como fue requerido en el cartel, por lo que igualmente se deberá prevenir para que los aporte, ya que no se trata de un elemento esencial de la oferta, ni otorga una ventaja indebida frente a los demás oferentes.”
ANÁLISIS TÉCNICO:
Mediante correo electrónico de fecha 3 de julio del 2014 la M.. M.L.Z. de la Administración de los Tribunales I Circuito Judicial de S.J., con el visto bueno de la L.da. V.C.M., A. de los Tribunales del I Circuito Judicial de S.J., remiten el informe técnico en el cual se indicó:
“En la página...
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