Sentencia nº 00030 de Tribunal Contencioso Administrativo, Sección VI, de 13 de Marzo de 2018

PonenteJose Roberto Garita Navarro
Fecha de Resolución13 de Marzo de 2018
EmisorTribunal Contencioso Administrativo, Sección VI
Número de Referencia11-004097-1012-CJ
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso de puro derecho

EXPEDIENTE: 11-004097-1012-CJ ASUNTO: PROCESO DE PURO DERECHO ACTOR: SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES (BANCO CENTRAL DE COSTA RICA) DEMANDADO: EL ESTADO. No. 030-2018-VI. TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, SECCIÓN SEXTA, SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ. G., a las nueve horas veinticinco minutos del trece de marzo del dos mil dieciocho. Proceso de puro derecho establecido por el señor E.R.C., cédula de identidad número 1-0748-0974, en su condición de apoderado generalísimo sin límite de suma del Banco Central de Costa Rica, contra el Estado, representado en este proceso por la procuradora P.A.C., cédula de identidad número 1-1041-0092. RESULTANDO:

1.- En fecha 18 de febrero del 2011, ante el Juzgado Especializado de Cobro del II Circuito Judicial de San José, el ente accionante formula la demanda que ha dado origen al presente proceso para que en lo medular en sentencia se disponga: "a. Que el Fondo de Pensiones y jubilaciones del Poder Judicial es en deberle por concepto de contribución al presupuesto de la Superintendencia de Pensiones, la suma de ¢216,456,616 y por concepto de intereses moratorios la suma de ¢101,785,864, para un total de ¢318,242,480. b. Que se ordene el pago a favor de la Superintendencia de Pensiones de los extremos reclamados de capital, los intereses liquidados y los futuros. c. Que se condene en ambas costas a la parte demandada

2.- Conferido el traslado de ley el Estado se opuso al proceso monitorio, señalando que no existía documento con fuerza de título ejecutivo que pudiera ser ejecutado en esa vía, por lo que alegó incompetencia en razón de la materia, inexigibilidad de la obligación, prescripción y falta de derecho. (Imágenes 394-410 del principal)

3.- Por auto de las 15 horas 30 minutos del 08 de febrero del 2013, el Juzgado ordenó remitir este proceso al Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, por tratarse de un proceso de conocimiento. (Imagen 445 del principal)

4.- En escrito presentado el 10 de abril del 2013, aclarado y ampliado por memorial del 21 de mayo del 2013, la entidad accionante presenta demanda ordinaria en la que formula las siguientes pretensiones, mismas que fueron ampliadas en audiencia preliminar de la siguiente manera : "a) Se declare al Consejo Superior, como administrador del régimen de jubilaciones y pensiones del Poder Judicial, entidad regulada por la Superintendencia de Pensiones, y en consecuencia, sujeta a la fiscalización de dicho órgano. b) Se declare que el Consejo Superior, como administrador del régimen de jubilaciones y pensiones del Poder Judicial, está en la obligación de contribuir con el financiamiento del presupuesto de la Superintendencia de Pensiones, de conformidad en los artículos 174 y 175 de la Ley Reguladora del Mercado de Valores. c) Se ordene al Estado, a través del Consejo Superior, como administrador del régimen de jubilaciones y pensiones del Poder Judicial, al pago de la suma de doscientos veintidós millones, doscientos setenta y tres mil, veinticuatro colones con 00/100 (¢222,273,024) por concepto de contribución al presupuesto de la Superintendencia de Pensiones, según el siguiente desglose (el cual consta en certificación que se aporta como prueba): / Diciembre del año 2002: el Fondo adeuda por concepto de monto principal la suma ¢15,775,145. IV Trimestre 2002 ajuste por gastos administrativos por la suma de ¢571,366. / 2003: se adeuda para el I Trimestre de 2003, por concepto de monto principal la suma ¢4,152,713. II Trimestre de 2003, el Fondo adeuda por concepto de monto principal la suma ¢4,086,279. III Trimestre de 2003, el Fondo adeuda por concepto de monto principal la suma ¢4,326,924. IV Trimestre de 2003, el Fondo adeuda por concepto de monto principal la suma ¢6, 715,011 y por concepto de monto principal y IV Trimestre 2003 ajuste por gastos administrativos por ¢710,997. / 2004: I Trimestre de 2004, el Fondo adeuda por concepto de monto principal la suma ¢5,255,580. II Trimestre de 2004, el Fondo adeuda por concepto de monto principal la suma ¢5,249,953. III Trimestre de 2004, el Fondo adeuda por concepto de monto principal la suma ¢5,422,285. IV Trimestre de 2004, el Fondo adeuda por concepto de monto principal la suma ¢5,852.696. IV trimestre 2004 ajuste por gastos administrativos por ¢825,469. / 2005: I Trimestre de 2005, el Fondo adeuda por concepto de monto principal la suma ¢4,791,975. II Trimestre de 2005, el Fondo adeuda por concepto de monto principal la suma ¢3, 796,439. III Trimestre de 2005, el Fondo adeuda por concepto de monto principal la suma ¢5,178,593. IV Trimestre de 2005, el Fondo adeuda por concepto de monto principal la suma ¢6,754,538. / 2006: I Trimestre de 2006, el Fondo adeuda por concepto de monto principal la suma ¢3,610,391. II Trimestre de 2006, el Fondo adeuda por concepto de monto principal la suma ¢4,362,496. III Trimestre de 2006, el Fondo adeuda por concepto de monto principal la suma ¢3,925,055. IV Trimestre de 2006, el Fondo adeuda por concepto de monto principal la suma ¢13,590,082. / 2007: I Trimestre de 2007, el Fondo adeuda por concepto de monto principal la suma ¢4,753,919. II Trimestre de 2007, el Fondo adeuda por concepto de monto principal la suma ¢7,209,229. III Trimestre de 2007, el Fondo adeuda por concepto de monto principal la suma ¢7,429,979. IV Trimestre de 2007, el Fondo adeuda a este órgano de supervisión por concepto de monto principal la suma ¢8,328,905. / 2008: I Trimestre de 2008, el Fondo adeuda por concepto de monto principal la suma ¢7,040,060. II Trimestre de 2008, el Fondo adeuda por concepto de monto principal la suma ¢8,047,392. III Trimestre de 2008, el Fondo adeuda por concepto de monto principal la suma ¢7,642,184. IV Trimestre de 2008, el Fondo adeuda por concepto de monto principal la suma ¢17,176,633. / 2009: I Trimestre de 2009, el Fondo adeuda por concepto de monto principal la suma ¢3,904,016. II Trimestre de 2009, el Fondo adeuda por concepto de monto principal la suma ¢5,331,367. III Trimestre de 2009, el Fondo por concepto de monto principal la suma ¢4,918,829. IV Trimestre de 2009, el Fondo adeuda por concepto de monto principal la suma ¢7,394,089. / 2010: I Trimestre de 2010, el Fondo adeuda por concepto de monto principal la suma ¢6,534,394. II Trimestre de 2010, el Fondo adeuda por concepto de monto principal la suma ¢7,838,787. III Trimestre de 2010, el Fondo adeuda por concepto de monto principal la suma ¢7,952,846. IV Trimestre de 2010, el Fondo adeuda por concepto de monto principal la suma ¢5,816,408. / d) Se ordene al Estado, a través Consejo Superior, como administrador del régimen de jubilaciones y pensiones del Poder Judicial, al pago de la suma de ciento cincuenta y seis millones, doscientos ochenta y seis mil, setecientos cuatro colones con 00/100 (¢156,286,704) por concepto de intereses moratorios, de conformidad con el siguiente desglose (el cual consta en certificación que se aporta como prueba): / 2002: En Diciembre de 2002, el Fondo le adeuda por concepto de intereses moratorios del período comprendido entre el 06 de agosto de 2003 al 31 de diciembre de 2012, la suma de ¢25.972.462. / 2003: I Trimestre de 2003, el Fondo adeuda por concepto de intereses moratorios del 06 de agosto de 2003 al 31 de diciembre de 2012, la suma de ¢6.638.919. II Trimestre de 2003, el Fondo adeuda de intereses moratorios del 06 de agosto de 2003 al 31 de diciembre de 2012, la suma de ¢6.045.195. III Trimestre de 2003, el Fondo debe por concepto de intereses moratorios del 30 de octubre de 2003 al 31 de diciembre de 2012, la suma de ¢5.638.703. IV Trimestre de 2003, el Fondo adeuda por concepto de intereses moratorios del 02 de abril de 2004 al 31 de diciembre de 2012, la suma de ¢8.047.940. / 2004: I Trimestre de 2004, el Fondo adeuda por concepto de intereses moratorios comprendidos entre el período del 06 de mayo de 2004 al 31 de diciembre de 2012, la suma de ¢6.231.804. II Trimestre de 2004, el Fondo adeuda por concepto de intereses moratorios desde el 05 de agosto de 2004 al 31 de diciembre de 2012, la suma de ¢6.157.940. III Trimestre de 2004, el Fondo adeuda por concepto de intereses moratorios desde el 03 de noviembre de 2004 al 31 de diciembre de 2012, la suma de ¢6.398.183. IV Trimestre de 2004, el Fondo adeuda por concepto de intereses moratorios desde el 18 de marzo de 2005 al 31 de diciembre de 2012, la suma de ¢6.824.650. / 2005: I Trimestre de 2005, el Fondo debe por concepto de intereses moratorios generados desde del 05 de mayo de 2005 al 31 de diciembre de 2012, la suma de ¢5.586.644. II Trimestre de 2005, el Fondo adeuda por concepto de intereses moratorios desde el 28 de julio de 2005 al 31 de diciembre de 2012, la suma de ¢4.436.244. III Trimestre de 2005, el Fondo adeuda por concepto de intereses moratorios desde el 28 de octubre de 2005 al 31 de diciembre de 2012, la suma de ¢5.751.906. IV Trimestre de 2005, el Fondo adeuda por concepto de intereses moratorios desde el 16 de marzo de 2006 al 31 de diciembre de 2012, la suma de ¢7.104.601. / 2006: I Trimestre de 2006, el Fondo adeuda por concepto de intereses moratorios desde el 04 de mayo de 2006 al 31 de diciembre de 2012, la suma de ¢3.722.564. II Trimestre de 2006, el Fondo adeuda por concepto de intereses moratorios desde el 28 de julio de 2006 al 31 de diciembre de 2012, la suma de ¢3.913.977. III Trimestre de 2006, el Fondo adeuda por concepto de intereses moratorios desde el 23 de octubre de 2006 al 31 de diciembre de 2012, la suma de ¢3.257.659. IV Trimestre de 2006, el Fondo adeuda por concepto de intereses moratorios desde el 12 de marzo de 2007 al 31 de diciembre de 2012, la suma de ¢7.385.360. / 2007: I Trimestre de 2007, el Fondo adeuda por concepto de intereses moratorios desde el 3 de mayo de 2007 al 31 de diciembre de 2012, la suma de ¢2.050.l28. II Trimestre de 2007, el Fondo adeuda por concepto de intereses moratorios desde el 26 de julio de 2007 al 31 de diciembre de 2012, la suma de ¢2.883.391. III Trimestre de...

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