Sentencia nº 00108 de Tribunal de Familia, Materia Violencia Doméstica, de 6 de Marzo de 2018

PonenteSandra Elieth Saborío Artavia
Fecha de Resolución 6 de Marzo de 2018
EmisorTribunal de Familia, Materia Violencia Doméstica
Número de Referencia17-001758-0635-VD
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoSolicitud de medidas de protección contra la violencia doméstica

* 170017580635VD* EXPEDIENTE: 17-001758-0635-VD - 9 NUMERO 44-18(2) PROCESO: VIOLENCIA DOMÉSTICA SOLICITANTE: PRESUNTO/A AGRESOR/A: VOTO NÚMERO 108-2018 TRIBUNAL DE FAMILIA . S. J., a las dieciséis horas y veintiséis minutos del seis de marzo de dos mil dieciocho .- SOLICITUD DE MEDIDAS DE PROTECCION POR VIOLENCIA DOMESTICA establecido por [Nombre 001] , [...], en contra de [Nombre 002], [...]. Conoce este Tribunal del presente proceso en virtud del recurso de apelación interpuesto por la presunta agresora contra la resolución dictada por el Juzgado de Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de San José al ser las once horas y cero minutos del veintidós de diciembre de dos mil diecisiete .- Redacta la J.S.A.; y, CONSIDERANDO PRIMERO:En la resolución recurrida se mantienen las medidas de protección dictadas en resolución de las 11:33 minutos del 28 de junio del 2017 a favor de la señora [Nombre 001] contra [Nombre 002]; además se mantienen las medidas de protección dictadas en resolución de las 15:07 minutos del 28 de junio del 2017 a favor de la señora [Nombre 002] contra [Nombre 001].- Contra dicha decisión ha planteado recurso de apelación la señora [Nombre 002]. - SEGUNDO: Se avala lo relativo a hechos probados y no probados por corresponder al mérito de los autos valorados conforme los principios de la materia.- TERCERO: La Ley contra la Violencia Doméstica establece que su fin primordial es la aplicación de medidas de protección necesarias para garantizar la vida, la integridad y dignidad de las víctimas de violencia doméstica.- Para la aplicación de esas medidas, la ley establece un proceso de naturaleza cautelar, cuyo objeto es brindar esa protección de forma inmediata al momento en que se presenta formalmente la solicitud, sin embargo, posterior a eso, establece un procedimiento, si fuese el caso, a fin de establecer el contradictorio, el cual fundamentalmente se centra en la audiencia oral que establece el articulo 12 de la mencionada ley.- CUARTO: Luego de analizar los elementos del trámite a...

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