Sentencia nº 00113 de Tribunal de Familia, Materia Violencia Doméstica, de 7 de Marzo de 2018

PonenteDiego Benavides Santos
Fecha de Resolución 7 de Marzo de 2018
EmisorTribunal de Familia, Materia Violencia Doméstica
Número de Referencia17-000626-0939-VD
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoSolicitud de medidas de protección contra la violencia doméstica

* 170006260939VD* EXPEDIENTE: 17-000626-0939-VD NUMERO 60-18(3) PROCESO: VIOLENCIA DOMÉSTICA SOLICITANTE: PRESUNTO/A AGRESOR/A: VOTO NÚMERO 113-2018 TRIBUNAL DE FAMILIA (Materia Violencia Doméstica) . S.J., a las nueve horas y treinta minutos del siete de marzo de dos mil dieciocho.- SOLICITUD DE MEDIDAS DE PROTECCION POR VIOLENCIA DOMESTICA establecido por [Nombre 001], [...], contra [Nombre 003], [...]. Conoce este Tribunal del presente proceso en virtud del recurso de apelación interpuesto por [Nombre 001] , contra la resolución dictada por el Juzgado de Violencia Doméstica de Liberia al ser las siete horas y treinta minutos del ocho de enero de dos mil dieciocho. R. el J.B.S.; y, CONSIDERANDO: I.- En la resolución recurrida dictada por el Juzgado de Violencia Doméstica de Liberia a las siete horas y treinta minutos del ocho de enero del dos mil dieciocho, se dispuso la entrega de unos bienes y se resolvió sin especial condenatoria en costas. Contra esa decisión apela la persona solicitante quien menciona que la resolución le dio la razón a su madre en cuanto a que ella dice que vendió su bicicleta nueva la cual tenía poco uso y el celular viejo que ella había dejado de usar por tener problemas de funcionamiento, pero que tiene mensajes con sus amigas y sus fotografías. Que ella está segura de que nadie se lo compró, pues es viejo y a nadie le sirve ya que es más caro arreglarlo que el valor que pudo lograr. Que con ello consumó la amenaza en su contra, pues ella decía que se los daría si regresaba a vivir con ella. Señala que es inaceptable la situación pues ella dispuso de sus pertenencias no por necesidad, sino por represalia. Sobre los cajones mencionados señala que son de su pertenencia y prueba de ello es que su padre los adquirió, y que no lo usa su hermana sino que su madre. Con ello se consiente una violencia patrimonial. Respecto a la tablet, señala que su madre nunca se la entregó. Que no es justo que únicamente se escuche lo que dice su madre. Pide que se declare con lugar la apelación y se le ordene a su madre entregar a ella la bicicleta, el celular viejo, el cajón rosado y la tablet de su pertenencia. II.- Se avala el elenco de hechos tenidos por demostrados que contiene la resolución recurrida, por responder a lo que se deriva de los elementos recibidos en el proceso. III.- En esta instancia se conoce sobre la petición de que se revise la resolución de primera instancia en cuanto a la devolución de cuatro objetos: una...

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