Sentencia nº 00097 de Sala 3ª de la Corte Suprema de Justicia, de 28 de Febrero de 2018

PonenteNo indica redactor
Fecha de Resolución28 de Febrero de 2018
EmisorSala Tercera de la Corte Suprema de Justicia
Número de Referencia17-000276-0006-PE
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProcedimiento de revisión

* 170002760006PE* Exp : 17-000276-0006-PE Res: 2018-00097 SALA TERCERA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las diez horas del veintiocho de febrero del dos mil dieciocho. Visto el Procedimiento de Revisión interpuesto en la presente causa seguida contra Edwin Antonio Torres Molina, por el delito de Homicidio Culposo, en perjuicio de [Nombre 001] , y; Considerando: I.- En escrito visible de folios 1 a 9 del expediente, el sentenciado Edwin Antonio Torres Molina, con el patrocinio del licenciado Ó scar Mena II En el primer motivo, se alega la existencia de una ley posterior que declara que el hecho merece una penalidad menor. Sustenta su demanda en los artículos 1, 2, 148, 348, 408 inciso f), 477 y 482 del Código Procesal Penal; 11, 13, 22, 76, 117, 128, 261 bis del Código Penal y 39, 41 y 42 de la Constitución Política. Explica el gestionante III Como segundo motivo de revisión, alega la existencia de nuevos elementos de prueba que evidencian que los hechos cometidos encuadran en una norma más favorable. Sustenta su demanda en los artículos 1, 2, 148, 181, 182, 184, 348, 408 inciso e), 477 y 482 del Código Procesal Penal; 11, 12, 13, 22, 76, 117, 128, 261 bis del Código Penal y 39, 41 y 42 de la Constitución Política. Argumenta que el nuevo elemento IV La demanda revisoria Por Tanto: Se declara inadmisible el procedimiento de revisión interpuesto por el sentenciado. Notifíquese .- Doris Arias M. Jesús Alberto Ramírez Q. María Elena Gómez C. Magistrada suplente Rafael Segura B. Magistrado suplente Ronald Cortés C. Magistrado suplente RVILLEGASH 835-4/9-1-17 *170002760006PE*

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