Sentencia nº 00175 de Tribunal Contencioso Administrativo, de 12 de Marzo de 2018
Ponente | Rodrigo Huertas Durán |
Fecha de Resolución | 12 de Marzo de 2018 |
Emisor | Tribunal Contencioso Administrativo |
Número de Referencia | 18-001704-1027-CA |
Tipo | Sentencia de fondo |
Clase de Asunto | Medida cautelar ante causam |
TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Central 2545-0003. Fax 2545-0033. Correo Electrónico tproca-sgdoc@poder-judicial.go.cr Segundo Circuito Judicial de San José, Anexo A (Antiguo edificio Motorola) (Poder Judicial) No. 175-2018-T al ser las diez horas veinte minutos del día doce de Marzo del año dos mil dieciocho.- Medida cautelar anticipada promovida por el señor C.M.G.S., en contra del ESTADO (Poder Judicial).- Pretende la parte gestionante con la interposición de esta medida cautelar, que esta autoridad ordene lo que de seguido se transcribe literalmente: " (...) se suspenda la ejecución de l acuerdo de Corte Plena 343-2018 tomado en la sesión de la Corte Plena número 7-18 celebrada de forma secreta el 22 de febrero de 2018 mediante el cual se recomienda a la Asamblea Legislativa la revocatoria de nombramiento como Magistrado de nuestro representado en virtud de las nulidades con las que cuenta el procedimiento disciplinario mediante el cual se llegó a esa conclusión, hasta tanto no se revise por el Tribunal Contencioso Administrativo que el procedimiento seguido en contra de nuestro poderdante es ajustado a derecho, lo cual, como hemos demostrado no es cierto.". (ver escrito de interposición de medida cautelar presentado en fecha 26 de febrero del 2018).- En los procedimientos se han observado las prescripciones de ley, y no se notan vicios que sean capaces de invalidar lo actuado, o puedan generar indefensión para alguna de las partes.- CONSIDERANDO: I) La Tutela Cautelar como parte de la Tutela Judicial Efectiva, busca asegurar el objeto del proceso y así la eficacia de la sentencia y sirve como paliativo ante la duración del proceso, evitando la pérdida o daño grave al objeto de la sentencia durante el tiempo que el proceso se lleva a cabo. Esta tutela se manifiesta a través de medidas cautelares, también llamadas medidas precautorias o cautelas. En el proceso contencioso administrativo, la tutela cautelar viene a constituir una valiosa herramienta para el juez, obligado constitucional a brindar esa tutela judicial, que corresponde a la protección de al menos de los derechos subjetivos e intereses legítimos de los administrados. Para ello el juez cuenta dentro del ordenamiento contencioso actual con una gran gama de medidas que no van solo dirigidas únicamente a la suspensión de la actividad o conducta de la administración pública, pero sujetas precisamente a las pretensiones y objeto del proceso. Para, el Dr. E.J. las medidas...
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