Sentencia nº 00106 de Tribunal de Notariado, de 17 de Mayo de 2018

PonenteEverardo Cháves Ortíz
Fecha de Resolución17 de Mayo de 2018
EmisorTribunal de Notariado
Número de Referencia15-000444-0627-NO
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso disciplinario notarial

"Iustitia est constans et perpetua voluntas ius suum cuique tribuere" Ulpiano Tribunal Disciplinario Notarial, Primer Circuito Judicial de San José, Edificio Anexo B, diagonal a la esquina nor-oeste de Tribunales de Justicia Teléfono: 2295-3111 correo electrónico: trib_notariado@poder-judicial.go.cr Fax: 2295-4939 PROCESO DISCIPLINARIO NOTARIAL EXPEDIENTE: Nº 15-000444-627-NO DENUNCIANTE: J.G.V.S. NOTARIO DENUNCIADO: LICDO. ALVARO DE J.P.V. VOTO Nº 0106-2018 TRIBUNAL DISCIPLINARIO NOTARIAL .- Primer Circuito Judicial de San José, a las trece horas treinta y seis minutos del jueves diecisiete de mayo de dos mil dieciocho.- Proceso disciplinario establecido ante el Juzgado Notarial por J.G.V.S., cédula número uno- cero seiscientos sesenta y cuatro- cero doscientos, comerciante, casado, vecino de Hatillo, S.J.; contra el notario ALVARO DE J.P.V., abogado y notario, portador de la cédula de identidad número 0-000-000, demás calidades desconocidas en autos. Por disposición del artículo 153 del Código Notarial, se tuvo como parte a la Dirección Nacional de Notariado.- R E S U L T A N D O: 1 .- El señor J. G.V.S. dijo haber contratado los servicios del notario A. de J.P.V., para el cambio de razón social de una sociedad anónima, por lo cual le pagó ochocientos mil colones. Pese a que todos los libros están firmados y en poder del denunciado, el trámite no se ha concluido. Dijo que la escritura se firmó ante el notario P.V., y al hacerlo, se percató que el notario en la escritura era otro, y el denunciado aparecía como abogado residente de la sociedad. Solicitó investigar los hechos denunciados, obligar al notario P.V. a terminar el trámite de inscripción del nuevo nombre de la sociedad y devolver los libros; o en su defecto, devolver los ochocientos mil colones que le fueron pagados, caso contrario, se le aplique la sanción que corresponda (folios 01 a 02).- 2 .- Se dio curso a la denuncia, y el notario A. de J.P.V. contestó indicando que su participación fue como agente residente de la sociedad y como abogado y que en esa condición brindó las asesorías respectivas. Negó haber actuado como notario, pues para esas fechas, adujo, estaba suspendido para el ejercicio de la función notarial y ante quien se firmó la escritura, fue el notario A.E.O.S.. Precisamente por su participación como asesor, es que tiene conocimiento de que las partes luego cambiaron las condiciones negociales, lo que atrasó los trámites, hasta que, llegado el momento, la sociedad...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR