Sentencia nº 00248 de Tribunal Contencioso Administrativo, Sección III, de 15 de Junio de 2018

PonenteKarla Gabriela Solís Valverde
Fecha de Resolución15 de Junio de 2018
EmisorTribunal Contencioso Administrativo, Sección III
Número de Referencia17-004035-1027-CA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoJerarquía impropia

EXPEDIENTE: 17-004035-1027-CA PROCESO DE JERARQUÍA IMPROPIA RECURRENTE: APPLIED RESEARCH SOCIEDAD ANÓNIMA Nº 248-2018 , a las ocho horas treinta minutos del quince de junio del año dos mil dieciocho. - RESEARCH SOCIEDAD ANÓNIMA , cédula número 3-101-661694, representada por el señora F.M.H., cédula número 8-0096-0782, en su calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma (ver certificación de personería a folio 9 del expediente digital), contra la resolución de las nueve horas del 07 de setiembre del año 2016, emitida por la Alcaldía Municipal de Santa Cruz.- Considerando De importancia para la resolución de este asunto-utilizando una numeración de foliatura del expediente digital generado en el Escritorio Virtual como un único documento y en orden ascendente-, se tienen como debidamente acreditados los siguientes hechos: 1) Mediante resolución de las nueve horas del 07 de setiembre del año 2016 emitida por la Alcaldía Municipal, se acepta la recomendación de resolución de la contratación directa número 2016-CD-000143-01. (Expediente judicial folio 157); 2) En oficio APPRESEARCH-16-1226, la recurrente presenta acta de descargo y "formal recurso administrativo por los daños y perjuicios ocasionados por esa Municipalidad a mi poderdante, por rescisión unilateral injustificada...". (Expediente judicial folio 166); 3) Mediante resolución de las quince horas nueve minutos del 26 de setiembre del año 2016 emitido por la Alcaldía Municipal, se rechaza el oficio APPRESEARCH-16-1226 presentado por la recurrente. (Expediente judicial folio 180); 4) Mediante escrito presentado ante este despacho en mayo del año 2017, la recurrente solicita la resolución de la apelación planteada. (Expediente judicial folio 02).- En el caso que nos ocupa, el recurso de apelación interpuesto es improcedente resolverlo en esta vía, al no ser competencia de este Tribunal, y así debe declararse, en tanto en la pretensión indemnizatoria que plantea la recurrente, derivada presuntamente de una responsabilidad objetiva de la Administración Municipal, por lo que excede la competencia del contralor no jerárquico de legalidad en materia municipal, pues...

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