Acta nº 006 de Corte Plena, 19 de Febrero de 2018

Fecha de Resolución19 de Febrero de 2018
EmisorCorte Plena

ÍNDICE DE CONTENIDOS

ACTA SESIÓN CORTE PLENA N° 6-2018

19 DE FEBRERO DE 2018

ARTÍCULO I

Bienvenida a la magistrada M.E.R.

ARTÍCULO II

Se aprobaron las actas de las sesiones celebradas el 28 de noviembre

ARTÍCULO III

La Magistrada Arias en su condición de Co Presidenta de la Comisión MARC-TTD, remite los documentos “Decálogo Iberoamericano de Justicia Juvenil Restaurativa” y “Estándares de Justicia Juvenil Restaurativa en la Implementación de Medidas no Privativas de Libertad y Medidas Alternativas al Proceso Penal Juvenil”.

ARTÍCULO IV

Oficio Nº 001-CAG-2018 del Consejo de Administración de Grecia en que informa sobre su integración.

ARTÍCULO V

Informe de la Magistrada E. referente a su participación en la Segunda Reunión Preparatoria de la XIX Edición de la Cumbre Judicial Iberoamericana realizada en Madrid, España.

ARTÍCULO VI

Informe de la Magistrada E. referente a su participación en el "IV Encuentro lnternacional de Poderes Judiciales del Perú e Iberoamérica" y "VI Encuentro de Presidentes de Cortes Superiores de Justicia del Perú y Responsables Distritales del Programa Acceso a la justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad y justicia en Tu Comunidad", realizados en Perú.

ARTÍCULO VII

Denuncia interpuesta por el licenciado A.Á.D., Juez del Juzgado Laboral del Primer Circuito Judicial de San José, por brote de contaminación, en edificio del costado norte Catedral Metropolitana del Poder Judicial

ARTÍCULO VIII

Solicitud del Director Jurídico respecto al cambio como órgano director del procedimiento

ARTÍCULO IX

Magistrada V. informa que impartirá lecciones.

ARTÍCULO X

Resolución del Tribunal Supremo de Elecciones “Diligencias para llenar la vacante definitiva de diputado a la Asamblea Legislativa, producida por la renuncia al cargo del señor G.F.A.M.”.

ARTÍCULO XI

Resolución de Tribunal Supremo de Elecciones N° 970-E11-2018.

ARTÍCULO XII

Escrito remitido por señora H.M.P.A. y el señor N.A.C.P. en condición de Apoderados Especiales en sede administrativa del Magistrado Gamboa.

ARTÍCULO XIII

Oficio Nº PAC-MAD-006-2018 suscrito por el Diputado M.A.D., Presidente de la Comisión Especial de Levantamiento de Inmunidad

ARTÍCULO XIV

Informe del Tribunal de Reconocimientos

ARTÍCULO XV

Acuerdo del Consejo Superior de la sesión Nº 7-18 celebrada el 25 de enero de 2018, artículo LXV. Solicitud de permiso para la magistrada V. y el magistrado R..

ARTÍCULO XVI

Informe de la Magistrada H. sobre queja disciplinaria. Expediente DCP-4-2017.

ARTÍCULO XVII

Actuaciones en el Expediente DCP-4-2017 respecto a excepción de incompetencia interpuesta por la licenciada H.M.P.A. y licenciado N.A.C.P. en condición de Apoderados Especiales en sede administrativa del Magistrado Gamboa.

ARTÍCULO XVIII

Actuaciones en expediente DCP-3-2017.

Recurso de apelación interpuesto por los apoderados especiales en sede administrativa del magistrado G..

Escrito presentado por Apoderados Especiales en sede Administrativa del magistrado G..

ARTÍCULO XIX

Informe magistrado C. respecto al recurso de apelación interpuesto por la Licda. H.M.P.A. y el Lic. N.A.C.P., expediente DCP-3-2017.

ARTÍCULO XX

Escrito del Sindicato de Investigadores en Criminalística

ARTÍCULO XXI

Propuesta del Magistrado S. para hacer una publicidad abierta dentro de la perspectiva de la participación ciudadana sobre el concurso para el cargo de F. o Fiscala General de la República.

ARTÍCULO XXII

Análisis Proyecto de Ley de la Carrera Fiscal del Ministerio Público.

N° 6-2018

Sesión extraordinaria de Corte Plena celebrada a las nueve horas con veintiocho minutos del diecinueve de febrero del dos mil dieciocho, con la asistencia inicial del Presidente, M.C. , de las Magistradas y los Magistrados L.G.R.L., R.S.Z., W.M.V., J.V.A., L.P.S.R., J.R.Q., F.C.V., N.H.L., L.F.S.A.; las magistradas suplentes, J.A.C., M.E.G.C., M.E.R. y de los magistrados suplentes J.R.L.D., H.B.G., R.C.C., J.P.H.G., la primera en sustitución de la Magistrada Escoto por vacaciones, la segunda, tercera y el cuarto en reemplazo de la Magistrada Z.M., del M.J. y de la Magistrada Rojas por incapacidad, respectivamente y los siguientes ocupando las plazas vacantes de las Salas Segunda, Tercera y Constitucional.

ARTÍCULO I

Documento 2339-18

Expresa el Presidente, M.C.: “Quiero darle una afectuosa bienvenida la magistrada M.E.R. que nos acompaña en la Sala Constitucional, sea bienvenida en esta Corte Suprema de Justicia, siéntase aquí con la confianza que tiene como magistrada de la Corte Suprema de Justicia y le deseamos muchos éxitos en su labor.

ARTÍCULO II

Documento 2341-18

Se aprobaron las actas de las sesiones celebradas el 28 de noviembre de 2017 y 5 de febrero en curso, Nº 46-2017 y 04-2018.

La Suplente E.R. se abstiene de votar por no haber asistido a esas sesiones. El M.R. respecto a la primera acta. Los Suplentes Aragón Cambronero, G.C. y Cortés Coto en lo concerniente a la segunda acta.

Se deja constancia que en cuanto al artículo X de la sesión celebrada el 5 de febrero del año en curso, los magistrados A. y S., no votan la aprobación por encontrarse inhibidos de su conocimiento.

ARTÍCULO III

Documento 15046-17

La Magistrada Arias, en su condición de Co Presidenta de la Comisión de Medios Alternativos y Restaurativos de Resolución de Conflictos y Tribunales de Tratamiento de Drogas y/o Alcohol (Comisión MARC-TTD), en oficio N° 014-MARC-TTD-17 , del 12 de diciembre de este año, indicó:

“Respetuosamente me permito informarles que en el marco de la V Reunión de la Comisión de Medios Alternativos y Restaurativos de Resolución de Conflictos y Tribunales de Tratamiento de Drogas y/o Alcohol (Comisión MARC-TTD) de la Cumbre Judicial, celebrada el pasado 7 de diciembre, se aprobaron para su implementación, los documentos “Decálogo Iberoamericano de Justicia Juvenil Restaurativa” y Estándares de Justicia Juvenil Restaurativa en la Implementación de Medidas no Privativas de Libertad y Medidas Alternativas al Proceso Penal Juvenil”, los cuales fueron impulsados por el Poder Judicial de Costa Rica.

Dado lo anterior, me permito hacer del conocimiento de esta honorable Corte, los mencionados documentos para su aprobación. Solicito a su vez, la redacción y emisión de la circular respectiva de implementación obligatoria de los mismos, dirigida al personal judicial que se encarga de la materia penal juvenil.

[…]”

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Los referidos documentos son los siguientes:

“DECÁLOGO IBEROAMERICANO SOBRE JUSTICIA JUVENIL RESTAURATIVA

Considerando la Convención sobre los Derechos del Niño, y los principios generales de derecho internacional, en particular el Interés Superior del Niño y las demás normas y recomendaciones internacionales en materia de administración de justicia juvenil.

Considerando en el contexto Iberoamericano, entre otras las declaraciones de San Salvador, Tegucigalpa, Lima y del Congreso Internacional de Justicia Juvenil Restaurativa de Ginebra del año 2015.

Considerando el proceso de construcción para la Declaración Iberoamericana de Justicia Juvenil y su hoja de ruta, avalada por los Jefes de Estado de Iberoamérica en el Comunicado Especial sobre el Fortalecimiento del Estado de Derecho y la Justicia, aprobado en la XXV Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno celebrada el 22 de octubre de 2016 en Cartagena de Indias, Colombia.

Considerando las decisiones de la Primera Reunión Preparatoria de la ciudad de Panamá de 31 de agosto al 2 de septiembre de 2016 y la proposición de una Declaración de la Cumbre Judicial Iberoamericana sobre Justicia Juvenil Restaurativa, en el marco de la Tercera Reunión de la Comisión MARC-TTD celebrada el día 15 de diciembre de 2016 en la ciudad de Lima.

Considerando que la Comisión de Mecanismos Alternativos y Restaurativos de Resolución de Conflictos y Tribunales de Tratamiento de Drogas y/o Alcohol de la Cumbre Judicial Iberoamericana, que tiene su origen en el grupo de trabajo denominado “Una respuesta al desafío de la resolución justa y efectiva de las controversias”, se creó para contribuir a que los países miembros cuenten con una justicia más ágil, rápida, eficaz, transparente, restaurativa, accesible y que enfrente las causas próximas y mediatas al conflicto. Además, propiciará un espacio de permanente reflexión, apoyo, asesoría y seguimiento de las actividades relacionadas con los mecanismos alternativos, restaurativos de resolución efectiva de las controversias y terapéuticos, así como la aplicación de los Tribunales de Tratamiento en Drogas y/o Alcohol.

Considerando, entonces, que esta Comisión reconoce la importancia de que las infracciones cometidas por los /as niños, niñas y adolescentes representan un problema complejo que tiene diversos orígenes, que requieren una respuesta integral, multisístemica y normativa, que articule políticas públicas de manera que se vincule la justicia juvenil con otras de carácter social, educativo, cultural, étnico, y económico para propiciar la prevención y tratamiento oportuno para romper con el espiral de la delincuencia y así propender que estas personas en etapa de formación sean útiles a la sociedad, promoviendo así la cultura de la paz.

De acuerdo con lo anterior, las Presidentas, los Presidentes o representantes de las Cortes y Tribunales Supremos o Superiores de Justicia, y los Consejos de la Judicatura o Magistratura, ACUERDAN:

1. POLÍTICAS PÚBLICAS EFICIENTES, INTEGRALES E INCLUSIVAS DE JUSTICIA JUVENIL RESTAURATIVAS PARA SOLUCIONAR LA PROBLEMÁTICA PENAL JUVENIL: Alentar el desarrollo de políticas públicas focalizadas en justicia juvenil y de acceso a la justicia de niños, niñas y adolescentes incluyendo a la comunidad, sociedad civil, instituciones del Estado e instituciones privadas en los países donde fuere posible a través de la responsabilidad social empresarial, para la solución...

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