Acta nº 032 de Consejo Superior, 19 de Abril de 2018

Fecha de Resolución19 de Abril de 2018
EmisorConsejo Superior

ACTA

Nº 32-18

CONSEJO SUPERIOR DEL PODER JUDICIAL .-

S.J., a las ocho horas del diecinueve de abril de dos mil dieciocho.

Sesión ordinaria con asistencia del P. en ejercicio J.R.Q.. De los integrantes R.S.A.M., G.A.B., C.M.Z. y de la integrante suplente L.C.L., quién se encuentra nombrada en plaza vacante. Asiste también la máster A.E.R.J., D.a Ejecutiva.

ARTÍCULO I

DOCUMENTO N° 4232-18

Se aprueba el acta Nº 26-18 de la sesión celebrada el 5 de abril de 2018.

El M.R. se abstiene en aprobar el acta por no haber participado en esa sesión.

ARTÍCULO II

DOCUMENTO N° 4391-18

La Secretaría General de la Corte, hace de conocimiento de este Consejo, el Decreto Nº 41000-MGP de la Presidencia de la República y el Ministerio de Gobernación y Policía del 3 de abril de 2018, publicado en el diario oficial “La Gaceta” N° 18 del 19 de abril de 2018, donde se concede asueto a las oficinas y establecimiento públicos de todo el territorio nacional el día 8 de mayo del 2018, con la salvedad que establecen las leyes, en razón de la realización de los actos protocolarios relacionados con la Sesión Solemne de la Asamblea Legislativa, en la cual el señor C.A.Q. asumirá la Presidencia de la República para el período constitucional 2018-2022.

Se acordó: 1.) Conceder asueto a los servidores y servidoras judiciales el día 8 de mayo de 2018, en virtud de la celebración de los actos protocolarios relacionados con la Sesión Solemne de la Asamblea Legislativa, en la cual el señor C.A.Q. asumirá la Presidencia de la República; a esos efectos se tomarán las previsiones de costumbre para la atención de los días feriados. 2.) Someter a conocimiento de la Corte Plena el presente acuerdo a fin de que ratifique lo dispuesto en el inciso anterior.

La Secretaría General de la Corte tomara nota para lo que corresponda. Se declara acuerdo firme.

ARTÍCULO III

DOCUMENTO N° 8457-10, 4006-18

El servidor J.L.R., Custodio de Detenidos de la Sección de Cárceles del Organismo de Investigación Judicial de H., remitió mediante correo del 9 de abril de 2018, manifestó lo siguiente:

“...pido con el mayor de los respetos me indiquen, a donde más debo recurrir para el ejercicio legal de nuestra defensa laboral, ya que hice la debida consulta a su entidad y éstas son horas que no he recibido respuesta de mis consultas y las de los carceleros del país con sus firmas plasmadas en papel de apoyo legal. y es que nos hemos visto y solo nosotros los carceleros en una situación que ya ha entrado en el estanque de lo engorroso y abasallador, (Sic) por cuanto la sección de cárceles del país lo que ha buscado es que se nos brinde la oportunidad de defender la tesis que nos ha venido carcomiendo y consumiendo día a día, como lo ha sido el abusivo, ultrajante e impositorio régimen de horarios en aumento de manera desmedida e inconciente, (Sic) en donde inclusive los negociados pluses de remuneración correspondientes a variación de jornada , riesgo policial y disponibilidad solo quedaron en el ofrecimiento con tinta invisible, toda vez que con todo el pronunciamiento del director del organismo de investigación judicial, licenciado W.E.E., cuando indica de lo discriminatorio que resulta ese aumento de jornada laboral sin la remuneración debida, y aún así con su autoridad, no fue tomado en cuenta, y más pareció un concepto de irrespeto por la despectividad emitida a su valioso criterio. mi persona solicitó presencia física ante ustedes señores magistrados, más no obtuve respuesta algún, es por eso que llamo con el mayor de los respetos la vehemente atención por cuanto se nos infringe de injustamente una agresión laboral por la violación a nuestro derecho de defensa, por ser victimas de tanto atropello laboral y que nadie se digne a escucharnos, en estos momentos somos la única sección reconocida administrativamente por el Consejo de Personal, que laboramos en jornada desmedida de doce horas diarias dentro de la esfera judicial, y es que las mismas circunstancias nos favorecen al razonamiento objetivo del sentido común, como por ejemplo es el hecho de que en las Delegaciones Regionales somos prácticamente y de acuerdo al manual de custodia de persona detenida, un brazo técnico del Departamento de Archivo Criminal, al realizar como técnicos que son ellos, las reseñas completas de personas detenidas y debe tomarse en cuenta que en archivo criminal , ningún técnico labora jornadas de doce horas, y ellos están en el escalafón policial, nosotros los carceleros del país no. cabe agregar a lo anterior expuesto que la policía judicial no realiza reseñas entonces no podemos encuadrar en un escalafón policial por que nuestras funciones administrativas no lo admiten por ser precisamente personal administartivo (Sic) y no policial . --si ejercemos funciones de contención, traslado, conducción y custodia de personas detenidas, lo justo sería la aplicación del derecho de igualdad y equidad de horario administrativo de ocho horas y no de doce como erróneamente se quiere imponer. entonces señores magistrados, por que permiten tal imposición de un régimen déspota y totalitario convirtiéndonos en víctimas de esas acciones antojadizas y atropellantes, no lo permitan señores magistrados día a día nos matan, no nos dejen a la deriva de un daño colosal mal dirigido por los mal infundados informes de Gestión Humana y Dirección Jurídica, dirigidas por el señor J.L.B.O., informes faltos de estudios y llenos de fantasías, cercenando inclusive la bien emitida jurisprudencia laboral de nustra (Sic) honorable S. Segunda. Señores Magistrados llamo su atención con todo respeto, no existen estudios, ni entevistas (Sic) o mejor, investigaciones en que se sustenten esos informes, el sistema no resoluciona con suposiciones o imaginaciones, el sistema da sus fallos con el hecho probado, de lo cual Gestión humana y dirección jurídica están ayunos en sus informes. señores magistrados, se le debe de dar una oportunidad al funcionamiento jurídico laboral que nos rige para que se resuelva apegado a la verdad real y no cercenar ese principio fundamental legal laboral.-- la sección de cárceles del país es la única en la esfera judicial que ejerce más de dos funciones al mismo tiempo y ¿como premian ese valioso aporte ? con el desmedido aumento de jornadas laborales de ocho a doce horas, sin un ápice de consideración, que no la pedimos pero que no se nos someta a un régimen de torturas laborales. yo me pregunto, ¿por qué señores magistrados del honorable consejo superior del poder judicial, no crean una verdadera comisión investigadora y que se nos realice un real estudio con claros indicios y hechios (Sic) probados de nuestras funciones para obtener un resultado optimo y legal? --reitero mi solicitud de respetar nuestro derecho de defensa laboral dentro de la casa de la justicia .--excelentísimos magistrados, ¿por qué no se dan a la tarea de escucharnos un momento es lo que pedimos y así tratar con más solvencia esta problemática que nos aqueja y carcome día con día? por la acción desmediada y arbitarria (Sic) del señor B.O. que nos inmersa, nos persigue, nos acosa, nos hostiga, nos sumerge y ahoga en ese mar de inconciencia (Sic) con sus informes faltos a la verdad .-- defendemos ante su respetable entidad nuestra estabilidad laboral, social, familiar, económica y física por la afectación y daño causado a raíz de estas situaciones ya de por sí engorrosas y bochornosas, y peor aún trastornables.-- tan solo somos servidores de una estirpe incondicional y servicial como ninguna otra sección en el país a los despachos judiciales para tratar la materia más delicada como lo son personas detenidas o privados de libertad, y si realizamos más de dos funciones a la vez ¿por qué se nos persigue tanto queriéndonos eliminar rubros establecidos por decretos legislativos como lo son el merecido cobro de horas extras, viáticos, si no fuimos nosotros (Sic) quién los propició? -- por defender lo justo y realizar nuestra humilde labor es que nos tiene inmerso en esta situación cruel de por sí, toda vez que nosotros los carceleros del país no provocamos dicha situación y se debe de buscar a los culpables desde la raíz y enfrentarlos a las sanciones del régimen disciplinario correspondiente. --el resultado de los informes de Gestion Humana y dirección jurídica, lejos de ser óptimos han sido nefastos. --déjenme comunicarles que desde que se creó la sección de cárceles en el año de 1973, nuestro contrato laboral acusa de ser personal administrativo tanto que hasta en nuestras identificaciones lo atestan, y ¿por qué ahora existe tanta controversia para con nuestro puesto?

Con el corazón en la mano les pido con su mano en su conciencia... que nos dejen en paz, existen oficinas que no tienen un funcionamiento meramente judicial que nos agotan el presupuesto y las mismas no son encasilladas como nosotros. -- señores magistrados solo en la cabeza del señor J.L.B.O., cabe que el personal de cárceles del país sea personal policial ad-honorem, a sabiendas que ya existe suficiente policía en el país. señores ilustres magistrados resumiendo; somos personal técnico administrativo como se acusa en el acuerdo 12-18 articulo LXVII, no obstante no ejercemos funciones policiales, realizamos reseñas de personas detenidas por la policía, tomamos denuncias mas no las tramitamos por no ser investigadores, fuimos declarados personal técnico juridicional (Sic) por el consejo de personal, se debe de respetar la posición del licenciado W.E.E. en sus acápites referidos en su totalidad como máximo jerarca que es dentro del organismo de investigación judicial, máxima policía nacional. -- y ustedes se preguntarán ¿que queremos? la respuesta es sencilla, simple, sin complejos, señores magistrados nosotros los custodios y custodias de cárceles del país, queremos respeto, a nuestros contratos laborales, queremos conciencia humanitaria, queremos respetables, vernos bien y no deteriorados al final de nuestro tiempo laboral (pensionados)...

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