Sentencia nº 00364 de Tribunal Segundo Civil, Sección I, de 8 de Junio de 2018

PonenteDavid Matamoros Salazar
Fecha de Resolución 8 de Junio de 2018
EmisorTribunal Segundo Civil, Sección I
Número de Referencia17-000241-0182-CI
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ordinario

*170002410182CI* EXPEDIENTE: 17-000241-0182-CI (127-18-1) PROCESO: ORDINARIO ACTOR/A: G E M GRUPO EXPRESO MUNDIAL, SOCIEDAD ANÓNIMA DEMANDADO/A: TNT USA, LLC VOTO: 364 TRIBUNAL SEGUNDO CIVIL, SECCIÓN PRIMERA.- A las Proceso ORDINARIO establecido en el JUZGADO TERCERO CIVIL DE MAYOR CUANTÍA DE SAN JOSÉ, expediente número 17-000241-0182-CI, de G E M GRUPO EXPRESO MUNDIAL, SOCIEDAD ANÓNIMA, contra TNT USA, LLC. Este Tribunal conoce la apelación interpuesta por la demandada, contra la resolución de las nueve horas veinte minutos del catorce de noviembre de dos mil diecisiete, en cuanto se admitió una medida cautelar peticionada por la actora.- REDACTA el J.M.S.; y, CONSIDERANDO: I.- La sociedad accionada impugna el auto de las nueve horas veinte minutos del catorce de noviembre de dos mil diecisiete (visible en sistema de escritorio virtual, contexto del juzgado, formato PDF vista descendente imagen 364), en cuanto estableció la garantía que debe rendir la demandada, en la suma de quinientos mil dólares para responder a las indemnizaciones reclamadas en este proceso, bajo el apercibimiento de que en caso de no hacerlo, no se le atenderán sus futuras gestiones. El licenciado L.P. en su condición de apoderado especial judicial de la sociedad TNT USA LLC, impugnó esa decisión mediante los recursos de revocatoria con apelación en subsidio en los términos del memorial agregado sistema de escritorio virtual, formato PDF vista descendente imágenes 257 a

264. II.- En escrito aparte pero el mismo día 01 de diciembre del 2017, el apoderado especial judicial de la demandada, opuso la excepciones de incompetencia en razón del territorio (ver imágenes 266 a 272 ibídem) III.- El juez a-quo mediante resolución diez horas y cincuenta y dos minutos del catorce de marzo de dos mil dieciocho, rechazó el recurso horizontal y admitió el vertical, así mismo resolvió: “ ...reservar los escritos: a)Defensas previas de fecha 01/12/2017. b) Incidente de Objeción a la Cuantía de fecha 01/12/2017. c) Contestación Incidente de Objeción de Cuantía de fecha 16/01/2018, d) Adición a recurso de revocatoria y apelación de fecha 16/01/2018 08:16:53, para ser conocidos en su momento procesal oportuno. ” . IV.- El precepto 164 inciso 3) de la Ley Orgánica del Poder Judicial señala: " Salvo en los casos exceptuados por la ley, la competencia se suspende:

3. Por la excepción de incompetencia o declinatoria de competencia, desde que se le presenta el escrito en que se alega hasta que...

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