Sentencia nº 00937 de Sala 2ª de la Corte Suprema de Justicia, de 5 de Junio de 2018

PonenteNo indica redactor
Fecha de Resolución 5 de Junio de 2018
EmisorSala Segunda de la Corte Suprema de Justicia
Número de Referencia17-000189-0296-CI
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoConflicto de competencia

*170001890296CI* Corte Suprema de Justicia SALA SEGUNDA . San José, a las doce horas veinte minutos del cinco de junio de dos mil dieciocho. CONSIDERANDO: “8) De los conflictos de competencia que se susciten en los tribunales civiles o entre estos y los de otra materia, siempre que aquellos hayan prevenido en el conocimiento del asunto”. Asimismo, el numeral 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial expone, en lo conducente: “Los conflictos de competencia entre juzgados civiles, agrarios, penales, (resaltado no corresponde al original). Como el presente asunto fue presentado ante el Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón y lo que se pretende determinar es si el competente para conocer es ese Juzgado o el Juzgado de Familia de San Ramón; el competente para resolver el conflicto es la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia, por lo que se debe remitir a dicha Sala para lo que corresponde. POR TANTO: Se ordena remitir el presente asunto a la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia para que resuelva la cuestión de competencia suscitada. Orlando Aguirre Gómez KMUNOZR/drm 2 EXP: 17-000189-0296-CI Teléfonos: 2295-3671, 2295-3676, 2295-3675 y 2295-4406. Facsímile: 2234-71-41. Correos Electrónicos: imoralesl@poder-judicial.go.cr. y mbrenesm @poder-judicial.go.cr

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