Sentencia nº 00247 de Tribunal de Familia, Materia Violencia Doméstica, de 6 de Junio de 2018

PonenteShirley Víquez Vargas
Fecha de Resolución 6 de Junio de 2018
EmisorTribunal de Familia, Materia Violencia Doméstica
Número de Referencia17-001240-0723-VD
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoSolicitud de medidas de protección contra la violencia doméstica

* 170012400723VD* EXPEDIENTE: 17-001240-0723-VD NUMERO 225-18(3) PROCESO: VIOLENCIA DOMÉSTICA SOLICITANTE: PRESUNTO/A AGRESOR/A: VOTO NÚMERO 247-2018 TRIBUNAL DE FAMILIA (Materia Violencia Doméstica) San José, a las nueve horas y veintiséis minutos del seis de junio de dos mil dieciocho SOLICITUD DE MEDIDAS DE PROTECCION POR VIOLENCIA DOMESTICA establecido por [Nombre 001] , [...] , contra R. la J.V.V.; y, CONSIDERANDO: PRIMERO. La señora [Nombre 003] apela la sentencia y su único agravio es la inconformidad con la decisión de resolver sin especial condenatoria en costas. Solicita se condene al solicitante [Nombre 001] al pago de las costas personales y procesales. SEGUNDO. El señor [Nombre 001] solicitó medidas de protección contra [Nombre 002], a quien se le otorgaron las genéricas J) y Q) del artículo 3 de la Ley contra la Violencia Doméstica, es decir, prohibición al prevenido para agredir en cualquier forma y una orden policial. Doña [Nombre 002] solicitó la realización de la comparecencia oral y privada, la cual, se realizó el día diecisiete de enero de dos mil dieciocho (constancia de folio 33), a la que solamente acudió la obligada en compañía del Abogado R.P.M.. No se presentaron testigos, según se observa de la minuta. La J.S.W. C. dictó sentencia y ordenó cesar las medidas de protección otorgadas al solicitante, por ausencia de prueba que acreditara los hechos en los que se basó la solicitud, y resolvió sin especial condenatoria en costas. En otras ocasiones, este Tribunal ha tenido la oportunidad de referirse al tema de costas en los procedimientos de violencia doméstica. A pesar de que la Ley contra la Violencia Doméstica que nos rige, no contempla en forma expresa lo relativo a la condena en costas, s í establece en su artículo 14 en lo que interesa: " ... La autoridad judicial resolverá con base en las reglas de la sana crítica racional, y de oficio, regirá el impulso procesal, para esto ordenará las pruebas que considere necesarias a fin de establecer la verdad. La aplicación e interpretación de esta ley regirá por los principios fundamentales de la legislación de familia y las disposiciones de contenidas en...

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