Acta Nº 004-2021 de Corte Plena, 25-01-2021
Número de acuerdo | 004-2021 |
Fecha | 25 Enero 2021 |
ACTA SESIÓN CORTE PLENA N° 04-2021
25 DE ENERO DE 2021
ARTÍCULO I
Bienvenida de la magistrada suplente P.R..
APROBACIÓN DE ACTAS
ARTÍCULO II
Aprobación del acta Nº 2-2021 celebrada el 11 de enero de 2021
ARTÍCULO III Causa Disciplinaria N° 20-003139-0031-DI
ARTÍCULO IV
ARTÍCULO V
ARTÍCULO VI
ARTÍCULO VII
Permiso para el magistrado O. para impartir lecciones.
ARTÍCULO VIII Permiso para el M.o S. para impartir lecciones.
ARTÍCULO IX
El licenciado M.R.F., J.d.Á. de Gestión y Apoyo comunica la fijación del período de suspensión sin goce de salario a la licenciada A.L.S.M..
ARTÍCULO X
ARTÍCULO XI
ARTÍCULO XII
ARTÍCULO XIII
Manifestaciones del magistrado A. respecto al grupo de trabajo que se encarga del tema de transparencia en el Poder Judicial por el logro del primer lugar en el índice de transparencia institucional.
ARTÍCULO XIV
Producto presentado por el grupo “Reforma de la C.J.” relacionados con la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Ley de C.J..
ARTÍCULO XV
Aclaración respecto al permiso otorgado a la magistrada V. para impartir lecciones en el curso de verano Derecho Laboral 1, de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, en modalidad virtual, solamente los días martes y jueves de las 18:00 horas a las 20:00 horas.
ARTÍCULO XVI
Manifestaciones de la magistrada S. respecto a los resultados y los datos de evaluación del índice de transparencia del sector público en el año 2020.
ARTÍCULO XVII
Manifestaciones de la magistrada suplente P.R., por ser la primera vez que integra esta Corte.
ARTÍCULO XVIII
Expediente N° 20-00255-0031-DI.
ARTÍCULO XIX Expediente No. 20-003953-0031-DI.
ARTÍCULO XX
Expediente N° 21-000234- 0031-DI.
ARTÍCULO XXI
Expediente N° 20-003961-0031-DI.
ARTÍCULO XXII
Expediente N° 19-000764-0505-LA.
TRIBUNAL DE CORTE PLENA
ARTÍCULO XXIII
Expediente N° 20-000002-003-PE
ARTÍCULO XXIV
Expediente N° 20-003923-0031-DI.
ARTÍCULO XXV
Expediente N° 20-002855-0031-DI.
ARTÍCULO XXVI
ARTÍCULO XXVII
El licenciado L.D.B.V., magistrado del Tribunal Supremo de Elecciones, remite nota adicional al informe de rendición de cuentas enviado por el magistrado P. del Tribunal Supremo de Elecciones.
ARTÍCULO XXVIII
ARTÍCULO XXIX
Tema relacionado con el Reglamento de Teletrabajo.
Nº 4-2021
Sesión extraordinaria de Corte Plena celebrada a las nueve horas veintidós minutos del veinticinco de enero de dos mil veintiuno, con la asistencia inicial del Presidente M.o F.C.C. y de los magistrados L.G.R..L., O.A.G. y L.F.S.A..
Los magistrados y las magistradas R.S.Z., I.R.R.M., W.M.V., J.V.A., J.O.Á., R.C.A., P.S.C., J.R.Q., Á.B.M., G.R.A.V., F.C.V., P.R.L., J.A.G., A.G.V. y la suplente S.P.R. en sustitución del magistrado L.P.S.R., por vacaciones, integran sesión mediante video conferencia.
Se deja constancia que la magistrada V. no se encuentra al inicio de la sesión por cuanto debe atender una audiencia en el Tribunal de la Inspección Judicial.
ARTÍCULO I
Documento 1210-2021
Expresa el P., magistrado C.: "La licenciada S.P.R. es J. en el Juzgado de Violencia Doméstica de Cartago, tiene una maestría en violencia intrafamiliar y género, un diplomado en derechos humanos de las mujeres, estrategias jurídicas para la incidencia de la Universidad de Chile, es profesora universitaria, ha hecho variadas publicaciones bajo la coordinación del Juzgado de Violencia Doméstica, hizo un rediseño en el 2012 y se convirtió en el primer juzgado oral electrónico de abordaje integral de la violencia doméstica del país.
Mis saludos y me alegra que esté incorporada hoy a la sesión.
Se acordó: Tener por hechas las manifestaciones del P., magistrado C., referentes a la asistencia por primera vez en sesión de Corte Plena de la magistrada suplente S.P.R..
Documento 1211-2021
Manifiesta el P., magistrado C.: “Vamos a iniciar con la aprobación del acta 2-2021 del 11 de enero del 2021, no sé si hay alguna sugerencia, magistrado R..
Refiere el magistrado R.: "Gracias señor P., no sé si es en esta acta pero en la última oportunidad, creo que es en esta acta que se tomó el acuerdo solicitado por la Dirección de Tecnología de la Información para no limitar y no ponerle tope al presupuesto de tecnologías de la información, el que fue aprobado, sin embargo el acuerdo no aparece claro y entonces es para que se modifique o se establezca que es para que no se apliquen los topes a tecnologías de la información y se mantenga el límite presupuestario como se aprobó originalmente, presupuesto para el 2021 sin los topes del 2020.
SE CONECTA AL SISTEMA DE VIDEO CONFERENCIA LA MAGISTRADA HERNÁNDEZ.
Lo que llevaría al tope a once mil millones de colones, para que quede claro que fue el acuerdo, es que no se nota así en el artículo que estamos aprobando".
Indica el P., magistrado C.: "¿Alguna otra observación o sugerencia? Tendríamos entonces por aprobada, acuerdo firme el acta, con la observación que hizo el magistrado R..
Se acordó: Tener por hechas las manifestaciones anteriores y por aprobada el acta de la sesión Nº 2-2021, celebrada el 11 de enero de 2021, con la modificación conforme se solicita del artículo XLI.
Las magistradas R., V., el magistrado O. y la suplente P.R. se abstuvieron de votar por no haber asistido a esa sesión.
El magistrado Rueda aprueba el acta respecto a los artículos correspondientes a la segunda audiencia, por cuanto durante la primera audiencia no estuvo presente en razón de atender una cita médica.
Documento 647-2021
El 19 de enero de 2021, ingresó proveniente del Tribunal de la Inspección Judicial, para los fines artículo 182 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el expediente disciplinario N° 20-003139-0031-DI del Tribunal de la Inspección Judicial, el cual corresponde a la queja seguida contra la máster E.N.A., F. General de la República.
Informa la Secretaria General que el citado expediente se remitió a estudio de la magistrada V..
Se acordó: Tomar nota de las anteriores comunicaciones y de conformidad con lo que establece el párrafo segundo del artículo 13 del Reglamento "Reglas prácticas para orientar el ejercicio de la potestad disciplinaria y el funcionamiento del Tribunal de la Inspección Judicial”, se deja constancia que el plazo mensual previsto en el artículo 211 de la Ley Orgánica del Poder Judicial para que esta Corte resuelva en definitiva el procedimiento disciplinario, vence el 25 de febrero del presente año.
Asimismo, según lo dispuesto en el párrafo primero del artículo 12, del “Reglamento para el conocimiento, discusión y aprobación de asuntos en las sesiones de la Corte Suprema de Justicia” se aclara que; el informe debe ser presentado con el correspondiente proyecto de resolución dentro de un plazo no menor a 15 días antes del vencimiento del lapso estipulado en el artículo 211 de la LOPJ.
El magistrado C. se abstiene de votar.
Documento N° 5672-2013/671-2021
En sesión N° 67-2020 celebrada el 16 de noviembre del 2020, artículo XV, en lo que interesa, se conformó un grupo de trabajo integrado por los magistrados y magistradas, R., V., S., Z. y un magistrado o una magistrada de la S. Constitucional para analizar la propuesta de la “Reforma Integral al Reglamento General de Comisiones del Poder Judicial y plantearan a esta Corte una propuesta sistematizada de la citada reforma. Lo anterior en el plazo de 8 días hábiles a partir del recibido de la comunicación de este acuerdo.
El magistrado C. en su condición de P. de la S. Constitucional, en oficio N° PSC-009-2021 del 19 de enero del 2021, expresó:
“En respuesta a su oficio N° 189-2021 del 08 de enero de 2021, me permito comunicar que la S. Constitucional designó al magistrado L.F.. S.A. para conformar el grupo de trabajo que analizará las observaciones realizadas a la propuesta de “Reforma Integral al Reglamento General de Comisiones de Poder Judicial”.
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Se acordó: Tener...
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