Acta Nº 017-2021 de Corte Plena, 10-05-2021
Fecha | 10 Mayo 2021 |
Número de acuerdo | 017-2021 |
ACTA CORTE PLENA Nº 17-2021
DEL 10 DE MAYO DEL 2021
ARTÍCULO I
Aprobación de las Actas N° 15-2021 y N° 16-2021 del 19 y 26 de abril de 2021.
ARTÍCULO II
La Sección Administrativa de la C.J., remite la renuncia de la licenciada J.A.C. y del licenciado C.D.J., como jueces suplentes, en el Tribunal Contencioso Administrativo y el Tribunal de Apelación Civil y de Trabajo de Cartago, respectivamente.
ARTÍCULO III
El magistrado O. solicita permiso para impartir lecciones en el curso de “Formación de Jueces y J.s” de la Universidad de Costa Rica, durante los días miércoles de las 19:00 horas a las 21:00 horas y los sábados de las 8:30 horas a las 11:00 horas.
ARTÍCULO IV
Informe que la A.ía Judicial sobre el proceso relacionado con el programa de calidad previsto para el 2020.
ARTÍCULO V
Causa Disciplinaria N° 21-000968-0031-DI.
ARTÍCULO VI
Causa Disciplinaria N° 21-001090-0031-DI.
ARTÍCULO VII
ARTÍCULO VIII
ARTÍCULO IX
ARTÍCULO X
ARTÍCULO XI
El magistrado C. en oficio N° PSC-049-2021 del 7 de mayo del 2021, informo que durante el próximo cuatrimestre impartirá clases en la Universidad Escuela Libre de Derecho los días lunes de 7:30 p. m. a 9:30 p. m. y miércoles de 7:30 p. m. a 9:30 p. m.
ARTÍCULO XII
La magistrada V. en oficio N° DVV-SP-21-2021 del 7 de mayo del 2021, informó que impartirá lecciones en la Universidad Libre de Derecho los días jueves de las 17:00 horas a las 19:00 horas en el primer bimestre y los días jueves de las 19:30 horas a las 21:30 horas para el segundo bimestre.
ARTÍCULO XIII
El magistrado A. en su condición de coordinador de la Comisión N° 6 denominada: “Grupo de Trabajo: “Reforma de la C.J.”, remite análisis y propuestas de las reformas al Reglamento Interno del Sistema de C.J. y las reformas al Reglamento Autónomo para prevenir, investigar y sancionar el acoso laboral en el Poder Judicial.
ARTÍCULO XIV
Expediente disciplinario N° 20-001113-0031-DI.
ARTÍCULO XV
Expediente disciplinario N° 20-002396-0031-DI.
ARTÍCULO XVI
Expediente disciplinario N° 21-001090-0031-DI.
ARTÍCULO XVII
Expediente disciplinario N° 21-000968-0031-DI.
ARTÍCULO XVIII
Investigación preliminar.
ARTÍCULO XIX
R.urso de reconsideración, expediente disciplinario N°19-004424-0031-DI.
ARTÍCULO XX
Expediente Disciplinario N° 21-000990-0031-DI.
ARTÍCULO XXI
Expediente disciplinario N° 21-001345-0031-DI.
ARTÍCULO XXII
Expediente disciplinario N° 21-001245-0031-DI.
ARTÍCULO XXIII
Expediente disciplinario N° 21-001191-0031-DI.
ARTÍCULO XXIV
R.urso de reconsideración y queja formal contra el expediente No. 21-000701-0031-DI.
Nº 17-2021
Sesión ordinaria de Corte Plena celebrada a las nueve horas veintidós minutos del diez de mayo de dos mil veintiuno, con la asistencia inicial del P., magistrado F.C.C., del magistrado L.G.R.L. y el suplente J.L.G. en plaza vacante.
Los magistrados y las magistradas D.V.V., O.A.G., J.V.A., Luis P.S.R., R.C.A., J.R.Q., Á.B.M., G.R.A.V., S.Z.M., F.C.V., P.R.L., L.F.S.A., A.G.V., las suplentes J.J.R. e I.S.N., en sustitución del magistrado R.S.Z. y del magistrado J.A.G., respectivamente, ambos por incapacidad y el suplente A.D.F. en reemplazo de la magistrada N.H.L. por vacaciones, integran sesión mediante video conferencia.
Documento Nº 5033-2020
Se aprobaron las actas de las sesiones Nº s 15-2021 y 16-2021 celebradas el 19 y 26 de abril de 2021.
El magistrado Rueda se abstiene de aprobar el acta Nº 15-2021 y la magistrada Rojas la Nº 16-2021 por no haber asistido a esas sesiones.
Las suplentes J.R., S.N. y el suplente D.F., se abstienen de aprobar ambas actas por no haber participado en esas sesiones. Se declara acuerdo firme.
ARTÍCULO II
Documento N° 5822-2020/4126-2021
En sesión N° 51-2020 celebrada el 8 de setiembre del 2020, artículo VI, en lo que interesa, se designó a la licenciada J.A.C. y al licenciado C.D.J., como jueces suplentes, en el Tribunal Contencioso Administrativo y el Tribunal de Apelación Civil y de Trabajo de Cartago, respectivamente.
La máster L.C.T., J. de la Sección Administrativa de la C.J., en oficio N° PJ-DGH-SACJ-0446-2021, manifestó:
“Con el fin de que los nombramientos sean dejados sin efecto, me permito comunicar que la Sección Administrativa de la C.J. recibió diversas gestiones vía correo electrónico, donde integrantes de listas de jueces suplentes categorías 4 y 5, solicitan ser excluidos de las listas respectivas. A continuación, se indica el detalle de los nombramientos. Asimismo, se informa que esta Sección contempla para las próximas convocatorias los despachos que se ven afectados con las presentes renuncias:
Identificación |
Nombre completo |
Oficina Judicial |
Período de vigencia |
Categoría |
Correo 1 |
Correo 2 |
0111220243 |
J.I.A.C. |
|
09-09-2020 08-09-2024 |
4 |
jarrocha@poder-judicial.go.cr |
jarroyoc@abogados.or.cr |
0109130503 |
C.D.J. |
TRIBUNAL DE APELACION CIVIL Y TRABAJO CARTAGO (SEDE CARTAGO)
TRIBUNAL SEGUNDO DE APELACION CIVIL DE SAN JOSE |
22-08-2017 21-08-2021 |
5
4 |
cdalolio@poder-judicial.go.cr |
cdalolio@gmail.com |
- 0 -
Se acordó: Tener por conocida la comunicación de la Sección Administrativa de la C.J. y conforme a lo solicitado, excluir a la licenciada J.A.C. y al licenciado C.D.J., de la lista de jueces suplentes del Tribunal Contencioso Administrativo y el Tribunal de Apelación Civil y de Trabajo de Cartago, respectivamente. Se declara acuerdo firme.
Documento N° 4208-2021
El magistrado O., en oficio N° JOA 007-2021 del 26 de abril del 2021, expresó:
“De la manera más atenta, me permito solicitarle, poner en conocimiento de la Corte Plena, que se me asignó impartir lecciones en la Universidad de Costa Rica, en el curso de “Formación de Jueces y J.s”, programados para los días miércoles de 7:00 p.m. a 9:00 p.m.; y los sábados de las 8:30 a.m. a las 11:00 a.m., este último de forma asincrónica.
Hago la indicación, que si el horario de lecciones, en algún momento incide en el desarrollo de alguna Sesión Ordinaria u Extraordinaria de Corte Plena, me comprometo a darle prioridad a dichas sesiones”.
-0-
Se acordó: Autorizar al magistrado O. para que imparta lecciones en la Universidad de Costa Rica, en el curso de “Formación de Jueces y J.s” durante los días y horas señaladas. Se declara acuerdo firme.
Documento N° 14565-2020
El máster R.G.G., A. Judicial, en oficio N° 1539-AUD-2020 de 17 de noviembre de 2020, expresó:
“Para que se haga del conocimiento de los integrantes del Consejo Consultivo de la Corte Plena, me permito informar que de conformidad con el numeral 1.3 de las Normas para el Ejercicio de la A.ía Interna en el Sector Público, publicado en la Gaceta 28 del 10 de febrero del 2010, y las “Directrices para la autoevaluación anual y la evaluación externa de calidad de las auditorías internas del Sector Público” emitidas por la Contraloría General de la República mediante resolución R-CO-33-2008, esta oficina concluyó el proceso relacionado con el programa de calidad previsto para el 2020.
En esta oportunidad, el proceso aludido contempló la generación del informe de autoevaluación de calidad y plan de mejora respectivo, así como, de un informe validación independiente expedido por un ente calificado y externo a la institución, según lo dispuesto por el Ente Contralor.
Como parte de lo anterior, la autoevaluación consideró la actividad desarrollada por la A.ía Judicial durante el período 2019 y tuvo como propósito evaluar la eficiencia y la eficacia, identificar e implementar oportunidades de mejora, así como, brindar una opinión sobre el cumplimiento de la normativa aplicable a la actividad de auditoría interna en el Sector Público. En tanto, la validación independiente fue efectuada por representantes de la A.ía Interna del Ministerio de Salud, según lo pactado en Convenio Marco de Cooperación[1] y consistió en determinar si, de conformidad con las regulaciones aplicables, el proceso de autoevaluación es adecuado y las afirmaciones sobre el grado de cumplimiento de la normativa son razonables.
Suscrito el 27 de mayo de 2019, entre Contralores de la Universidad de Costa Rica y la Universidad Nacional, la A.a Interna del Ministerio de Salud y los A.es Internos del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Ministerio de Educación Pública, Junta Administrativa de Servicio Eléctrico Municipal de Cartago, Instituto Tecnológico de Costa Rica, Poder Judicial, Consejo Nacional de R.tores e Instituto Costarricense de Acueductos y A., se acordó que la evaluación externa de calidad se llevará a cabo mediante la modalidad de validación independiente entre pares de estas A.ías, asegurando la no reciprocidad en las validaciones.
Asimismo, es importante resaltar que, de acuerdo con los parámetros establecidos por la Contraloría General de la República, producto de la revisión practicada y tomando en consideración las apreciaciones del ente externo validador, la A.ía...
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