Acta de Corte Plena Nº 024 - 2021, 14-06-2021
Emisor | Corte Plena (Corte Suprema de Costa Rica) |
Fecha | 14 Junio 2021 |
ACTA DE CORTE PLENA Nº 24-2021
14 DE JUNIO DEL 2021
ARTÍCULO I
Aprobación de las actas de las sesiones celebradas el 31 de mayo, 1 y 2 de junio del 2021, números 20-2021, 21-2021 y 22-2021.
ARTÍCULO IIARTÍCULO III
ARTÍCULO IV
Designación de personas magistradas suplentes de la S. Tercera de la Corte Suprema de Justicia.
ARTÍCULO V
Juramentación.
ARTÍCULO VI
Manifestaciones del magistrado S. respecto a la juramentación de la doctora R.A.N., como suplente de los jueces en el Consejo Superior.
ARTÍCULO VII
Solicitud de permiso de la magistrada G. y del magistrado Rueda, a efecto de participar en el XVI Encuentro Anual de P.s y Magistrados de Tribunales, Cortes y S. Constitucionales de América Latina.
ARTÍCULO VIII
ARTÍCULO IX
Juramento constitucional de la licenciada R.M.A.N., con motivo de su designación como Integrante Suplente del Consejo Superior, en representación de las personas funcionarias que administran justicia, durante el período señalado.
ARTÍCULO XSe continúa con Producto grupo No. 1. I Parte “Recomendaciones para el nombramiento de magistradas y magistrados de la Corte Suprema de Justicia”.
ARTÍCULO XI
Condolencia a las personas funcionarias y servidores del Primer Circuito Judicial de Alajuela, en especial de la F.ía, por el fallecimiento de don M.P.M., F. de la F.ía de Alajuela
ARTÍCULO XII
Condolencias a las personas funcionarias y servidoras del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, en especial al Juzgado Contravencional de Limón, por el fallecimiento de doña C.T.T., coordinadora de ese despacho.
ARTÍCULO XIII
ARTÍCULO XIV
Queja en contra del Tribunal de la Inspección Judicial.
ARTÍCULO XV
ARTÍCULO XVI
La Escuela Judicial remite propuesta para la integración de su Consejo Editorial.
ARTÍCULO XVII
ARTÍCULO XVIII
La C.ón de Relaciones L.es remite gestión realizada por solicitud de los señores Jueces de Trabajo de Juzgados Especializados, relacionada con el recurso de reconsideración con nulidad absoluta concomitante.
ARTÍCULO XIX
El máster R.G.G., A.J., remite Informe Anual de Labores del año 2020.
ARTÍCULO XX
Informe de advertencia de la A.ía Judicial.
Sesión extraordinaria de Corte Plena celebrada a las nueve horas quince minutos del catorce de junio de dos mil veintiuno, con la asistencia inicial del P.M.F.C.C., de las magistradas y de los magistrados L.G.R.L., I.R.R.M., D.V.V., L.P.S.R., J.O.Á., R.C.A., P.S.C., J.R.Q., Á.B.M., G.R.A.V., S.Z.M., F.C.V., P.R.L., L.F.S.A., J.A.G., A.G.V., la suplente J.A.J.R., en sustitución del magistrado S. por incapacidad.
Se deja constancia que los magistrados y las magistradas R., V., S., O., C., S., B., A., Z., C., Rueda, A., G. y la suplente J.R. se encuentran presentes por videoconferencia.
Documento N° 5937-2021
ENTRA LA MAGISTRADA HERNÁNDEZ A LA SESIÓN POR VIDEOCONFERENCIA.
La magistrada C. se abstiene de votar por no haber asistido a esas sesiones. El magistrado Rueda en cuanto a las actas N° 21-2021 y N° 22-2022. Los magistrados y las magistradas R., V., C., H., S.A., A. y G. respecto a la última de las actas.
ENTRA LA MAGISTRADA VARELA A LA SESIÓN POR VIDEOCONFERENCIA.
Documento N° 9784-2019/ 11786-2020/472, 5832-2021
En sesión N° 7-2021 celebrada el 15 de febrero del 2021, artículo XVIII, se aprobó el “Reglamento para regular la modalidad de prestación de servicios en teletrabajo en el Poder Judicial”, comunicado a todos los funcionarios, funcionarias, servidores y servidoras judiciales de todo el país mediante la circular N° 36-2021 con fecha del 18 de febrero del 2021, mismo que rigió a partir de su publicación y se derogó el anterior.
- 0 -
El máster J.E.C.E., S. General del Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras del Poder Judicial, en oficio N° 046-S-2021 del 7 de junio del 2021; expresó:
“[…]
CONCLUSIONES
Las disposiciones reglamentarias que hemos citado y, que fueron aprobadas por la Corte Plena, no se ajustan a la literalidad de lo expuesto en el artículo 8 inciso a) de la L. para regular el teletrabajo en nuestro país, Nº 9738 del 18 de setiembre de 2019.
PETICIÓN
Con fundamento en los razonamientos expuestos, solicitamos que:
- La Corte Plena proceda a revisar y corregir lo dispuesto en el Reglamento para regular la modalidad de prestación de servicios en teletrabajo en el Poder Judicial, respecto del contenido de los artículos 20, incisos e) y f), 29, 39 y 40, a efecto de ajustarlos a lo dispuesto en el artículo 8 inciso a) de la L. 9738 del 18 de setiembre de 2019, L. para regular el teletrabajo en Costa Rica.
- Además, se debe corregir cualquier disposición administrativa, incluyendo los contratos de teletrabajo refrendados entre la institución y las personas teletrabajadoras, en el tanto violenten derechos laborales que son irrenunciables y, es nula toda estipulación en contrario, conforme a las regulaciones establecidas en la legislación nacional.
[…]”
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Se acordó: Previamente a resolver lo que corresponda, remitir la gestión anterior a estudio e informe de los magistrados O. y S..
Documento N° 5014-2020/ 2715, 5942-2021
En sesiones N°12-2021 celebrada el 22 de marzo del 2021, artículo VI, se postergó la entrada en vigencia del nombramiento en propiedad de la máster M.M.S. en la plaza N° 379556 como J.a 4 del Tribunal Colegiado Primera Instancia Civil Tercer Circuito Judicial S.J. (Hatillo), y del máster C.M.H.A. como J. 4 en la plaza N° 379551 del Tribunal Primero Colegiado Primera Instancia Civil Primer Circuito Judicial S.J., a fin de que continuaran con su nombramiento interino como I.G. en el Tribunal de la Inspección Judicial; último, por el plazo de tres meses a partir del 1° de abril de 2021.
La máster Siria C.C., P. interina del Tribunal de la Inspección Judicial, en oficio N° 670-IJ-2021 del 09 de junio del 2021, manifestó:
“Un cordial saludo. En mi condición de presidenta interina del Tribunal de la Inspección Judicial, respetuosamente me dirijo a su persona con el fin de solicitar su apoyo como se dirá.
En sesión N° 60-2020 celebrada el 13 de octubre del 2020, A.I., posteriormente en la sesión N° 73-2020, celebrada el 14 de diciembre del año 2020, Artículo XIV, y en sesión N° 2752-2021 de fecha 24 de marzo de 2021 en su Artículo VI se dispuso acoger las gestiones presentadas y se ordenó postergar la entrada en vigencia del nombramiento en propiedad de la Licenciada M.M.S. como J. 4, en la plaza N° 379556 del Tribunal Colegiado Primera Instancia Civil Tercer Circuito Judicial S.J. (Hatillo), y del M.. C.H.A. en la plaza N° 379551, del Tribunal Primero Colegiado Primera Instancia Civil Primer Circuito Judicial S.J., hasta el 31 de junio del año 2021 (última prorroga).
Lo anterior, en aras de salvaguardar la estabilidad del Tribunal de la Inspección Judicial, en razón de que ambos se encuentran ejerciendo la función de I.es Generales desde hace más de 4 años, además de ser jueces de carrera con amplia experiencia en la judicatura, se han caracterizado por su responsabilidad, transparencia y compromiso, lo cual respalda la confianza que el puesto de I. General demanda.
Las razones que motivaron mi gestión en aquel momento no han variado. La Inspección Judicial continúa enfrentando una alta carga laboral y además, la gravedad de los motivos que generan las causas disciplinarias que se conocen en la actualidad, exigen mayor esfuerzo, dedicación y experiencia, sin dejar de lado claro está, la integridad y el sigilo en cuanto a los temas objeto de investigación y decisión de las personas que integren este Órgano Disciplinario, pero por sobre todo, de quienes ostenten la condición de I. General.
Como he indicado, el Tribunal enfrenta en la actualidad una alta carga laboral, lo cual se agrava con motivo de los cortos y perentorios plazos legales a los que debemos ajustarnos, ante la posibilidad de que, en caso contrario, nos veamos sometidos a procesos disciplinarios por responsabilidad administrativa ante una caducidad o prescripción declarada.
Las consecuencias sufridas por este órgano administrativo con ocasión de los recortes presupuestarios, tales como que el recurso humano asignado se ha reducido en 9 personas funcionarias; y de las medidas sanitarias implementadas a inicios de la pandemia que enfrenta la humanidad, aún siguen generando efectos; entre ellos, la reprogramación de las audiencias que habían sido señaladas y el corto plazo que queda para emitir el pronunciamiento de fondo sin que opere la prescripción; ello, sin dejar de lado, la acumulación...
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