Acta Nº 012-2022 de Consejo Superior, 10-02-2022

Número de acuerdo012-2022
Número de sentencia1535-2022
Fecha10 Febrero 2022
EmisorConsejo Superior de la Corte Suprema de Costa Rica

ARTÍCULO LXX

Documento N° 1535-2022

Mediante oficio N° 111-IJ-2022 del 09 de febrero de 2022, la servidora I.B.G., Técnica Judicial del Tribunal de la Inspección Judicial, comunicó lo siguiente:

Para los efectos pertinentes de conformidad con el artículo 81 inciso 6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, me permito hacer de su conocimiento que el Tribunal de la Inspección Judicial mediante resolución de las nueve horas veinticinco minutos del ocho de febrero de dos mil veintidós, ordeno como medida cautelar el traslado temporal del encausado NOMBRE001 a otra oficina judicial fuera de los Tribunales de Justicia de Quepos, con el fin de afectar en menor medida el servicio público y el ambiente laboral de las denunciantes, hasta que este asunto sea resuelto por el fondo, así como se le prohíbe al encausado NOMBRE001 perturbar a las denunciantes, ni posibles testigos bajo ninguna circunstancia, y no obstaculizar el presente proceso. Dichas medidas se imponen por espacio de tres meses. P. en conocimiento del Consejo Superior del Poder Judicial, sobre las medidas cautelares impuestas, a fin de que por parte de ese órgano, se disponga el despacho al que será trasladado el encausado NOMBRE001 con ocasión de la medida de traslado del puesto.”

-0-

Seguidamente, se transcribe el por tanto de la resolución de cita, que dice:

“(…)

POR TANTO

De conformidad con lo expuesto, se acoge la solicitud de medida cautelar. Se ordena el traslado temporal del encausado NOMBRE001 a otra oficina judicial fuera de los Tribunales de Justicia de Quepos, con el fin de afectar en menor medida el servicio público y el ambiente laboral de las denunciantes, hasta que este asunto sea resuelto por el fondo, así como se le prohíbe al encausado NOMBRE001 perturbar a las denunciantes, ni posibles testigos bajo ninguna circunstancia, y no obstaculizar el presente proceso. Dichas medidas se imponen por espacio de tres meses. P. en conocimiento del Consejo Superior del Poder Judicial, sobre las medidas cautelares impuestas, a fin de que por parte de ese órgano, se disponga el despacho al que será trasladado el encausado NOMBRE001 con ocasión de la medida de traslado del puesto.

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Analizada por este Consejo Superior la presente gestión, se acordó: 1.) Tomar nota de la resolución de las nueve horas veinticinco minutos del ocho de febrero de dos mil veintidós, dictada por el Tribunal de la Inspección Judicial. 2.) De conformidad con lo que establece el artículo 81, inciso 6) de...

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