Acta Nº 012-2022 de Consejo Superior, 10-02-2022

Número de acuerdo012-2022
Número de sentencia1165-2022
Fecha10 Febrero 2022
EmisorConsejo Superior de la Corte Suprema de Costa Rica

ARTÍCULO LVII

Documento N° 1165-2022

Los másteres W.E.E. y M.F.U., por su orden, D. General y Administrador, ambos del Organismo de Investigación Judicial, en oficio N° 127-ADM-OIJ-2022de 1 de febrero de 2022, solicitaron lo siguiente:

Reciban un respetuoso saludo, mediante correo del 26 de noviembre del 2021, la Licenciada M.V.M., de la Unidad de Recuperación de Cativos del Instituto Costarricense sobre Drogas, manifiesta lo siguiente:

“Uno de los objetivos del Convenio Marco entre el Instituto Costarricense sobre Drogas y el Poder Judicial, es facilitar en calidad de préstamo dentro de los límites legales y de acuerdo con los procedimientos que se establezcan a respecto, bienes muebles y vehículos decomisados por la infracción a las Leyes Nº 8204 y Nº 8754.

Dicho convenio permite al ICD el préstamo temporal de los bienes custodiados; sin embargo, el Poder Judicial tiene en préstamo el bien que se encuentran en estado de comiso, el mismo se describe en la tabla adjunta:

Código

Descripción

Dependencia

Valor

0011-AD-1775

Dispositivo Electrónico: Dispositivo Genérico / (Cantidad 1), Marca Televisor, UN TELEVISOR MODELO CL-21M4OMQ SERIE AG9R3CBQ600766W CON CONTROL REMOTO

Sección Robo de Vehículos

₡19.200,00

En virtud de lo anterior, se solicita al Consejo Superior del Poder Judicial la autorización para poder recibir en carácter de donación los bienes que se detallan en el acta N° 070-2009-BM-P donde se describe el activo.

Con nuestras más altas muestras de respeto y consideración, se despide,

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Se acordó: Acoger la gestión presentada por los másteres W.E.E. y M.F.U., por su orden, D. General y Administrador, ambos del Organismo de Investigación Judicial, en oficio N° 127-ADM-OIJ-2022de 1 de febrero de 2022, en consecuencia, aceptar y agradecer a la Unidad de Recuperación de Cativos del Instituto Costarricense sobre Drogas la donación del bien indicado en el oficio infra, correspondiente al acta N° 070-2009-BM-P. Lo anterior, en el entendido que dicho préstamo se encuentra dentro de los límites legales y de acuerdo con los procedimientos que se establezcan al respecto, bienes muebles y vehículos decomisados por la infracción a las Leyes Nº 8204 y Nº 8754

La Dirección del Organismo de Investigación Judicial, tomará nota para lo que corresponda. Se declara acuerdo firme.

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