Acta Nº 012-2022 de Consejo Superior, 10-02-2022

Número de acuerdo012-2022
Número de sentencia10199-2018
Fecha10 Febrero 2022
EmisorConsejo Superior de la Corte Suprema de Costa Rica

ARTÍCULO XXV

Documento N° 10199-2018 / 1142-2022

La máster A.E.R.J., Directora Ejecutiva, mediante oficio 416-DE-2022 del 31 de enero de 2022, informó lo siguiente:

En sesión N° 26-2021 celebrada el 06 de abril de 2021, artículo XV, se acogió la solicitud presentada por la suscrita, Directora Ejecutiva, mediante oficio 974-DE-2021 del 22 de marzo de 2021, en consecuencia de ello, se levantó la suspensión decretada en sesión N° 2-2020 de 9 de enero de 2020, artículo LXXIII, respecto al traslado al Régimen No Contributivo de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) de los depósitos provenientes de procesos judiciales concluidos o abandonados, correspondientes al segundo semestre del año 2019 y que no son reclamados en el plazo de diez años, hasta que la Dirección Jurídica atendiera la consulta planteada. Además, se aprobó la publicación de la circular N° 101-2021, sobre la reactivación del traslado de recursos asociados a expedientes abandonados al Régimen no Contributivo de la CCSS, Ley 9578.

En atención al anterior acuerdo, se remite para conocimiento del Consejo Superior el oficio N° 139-TI-2022 del 28 de enero de 2022, suscrito por la máster Floribel Campos Solano, jefa a.i. del Departamento Financiero Contable, por medio del cual informa sobre el traslado de recursos principal e intereses al Régimen No Contributivo de la CCSS del segundo semestre del año 2021:

“De acuerdo con lo indicado en la Ley N° 9578 “Ley para trasladar recursos al Régimen no Contributivo de Pensiones, administrado por la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS)”, en forma atenta se indica que, producto de las gestiones realizadas en coordinación con la Dirección Ejecutiva, la Dirección de Tecnología de la Información y Comunicaciones, Administraciones Regionales y los Despachos Judiciales respectivos, se procedió a realizar el traslado de los recursos correspondientes a los depósitos judiciales provenientes de procesos judiciales concluidos o abandonados en los que los Despachos realizaron las revisiones correspondientes y ordenaron el giro a favor del citado Régimen. Dichos recursos fueron trasladados del 18 al 20 de enero de 2022, como se muestra seguidamente:

Detalle giro del principal trasladado

Adicionalmente, el 25 de enero de 2022 se trasladaron los intereses generados por los depósitos citados anteriormente, por lo que a continuación se detallan:

Detalle giro de intereses trasladado

Por tanto, la suma total trasladada al Régimen no Contributivo de Pensiones, corresponde al monto de ¢398.143.954,31.

Por otra parte, es criterio de este M. que es fundamental capacitar nuevamente a los Despachos Judiciales en el trámite de este proceso, sin embargo, para efectuar dicha capacitación se requiere coordinar varios aspectos para lograr un mejor resultado, tales como:

  1. Gestionar con la Dirección de Tecnología de Información y Comunicaciones (DTIC) como ente técnico y como usuarios expertos en las funcionalidades de las pantallas y los procesos que se deben ejecutar en los Sistemas de Gestión y del Sistema de Depósitos Judiciales, para que sean quienes expongan los procesos.

  1. Salvo criterio en contrario deberá esa DTIC, previo a la capacitación preparar los ambientes necesarios para ejemplificar y explicar con mayor detalle los procesos.

  1. Se considera prudente la participación del Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional, a fin de que se realicen los procesos de comunicación y coordinación para que se lleve a cabo esta capacitación y asista la mayor cantidad posible de personas funcionarias de los Despachos.

  1. Además, se sugiere que dicha capacitación sea grabada y se publique en la página de Intranet Judicial en el mismo sitio donde se mantiene la documentación del SDJ y demás documentación relacionada con el RNC, para que la misma esté disponible para los Despachos Judiciales.

En virtud de lo anterior, quedamos a la espera de lo que resuelva y autorice esa Dirección al respecto, a fin de programar reuniones con las oficinas involucradas para establecer y coordinar fecha y otros aspectos fundamentales para llevar a cabo dicha capacitación. (…)”

Valorado el anterior informe, se solicita al Consejo Superior aprobar las siguientes recomendaciones:

  1. Reiterar al Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional, lo acorado por el Consejo Superior en la sesión N° 085-2021 celebrada el 30 de setiembre de 2021, artículo XIV, respecto a la implementar un plan de acción para la revisión de los expedientes que cumplen con la condición establecida en la Ley N°9578.

  1. Se gire instrucción a la Dirección de Tecnología de la Información y Comunicación y al Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional, para que en coordinación con el Departamento Financiero Contable se lleve a cabo una nueva capacitación al personal de los despachos judicial,...

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