Actualización de los formatos para la presentación de costos del Manual sobre la metodología para la aplicación del Sistema de Contabilidad de Costos Separada (Contabilidad Regulatoria), de 6 de Diciembre de 2017

EmisorSuperintendencia de Telecomunicaciones

SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES

10333SUTEL-SCS-2017

El suscrito, Secretario del Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, en ejercicio de las competencias que le atribuye el inciso b) del artÃculo 50 de la Ley General de la Administración Pública, ley 6227, y el artÃculo 35 del Reglamento interno de organización y funciones de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos y su órgano desconcentrado, me permito comunicarle(s) que en sesión ordinaria 089-2017, celebrada el 6 de diciembre del 2017, mediante acuerdo 016-089-2017, de las 15:00 horas, el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones aprobó por unanimidad, la siguiente resolución:

RCS-319-2017

"ACTUALIZACIÓN DE LOS FORMATOS PARA LA PRESENTACIÓN DE COSTOS DEL MANUAL

SOBRE LA METODOLOGÍA PARA LA APLICACIÓN DEL SISTEMA DE CONTABILIDAD

DE COSTOS SEPARADA (CONTABILIDAD REGULATORIA)

APROBADO EN LA RESOLUCIÓN RCS-187-2014"

Expediente GCO-DGM-COR-01770-2017

RESULTANDO

  1. Que mediante el Manual de Contabilidad de Costos Separada o Contabilidad Regulatoria1 se establecen los formatos, criterios, principios y metodologÃas necesarias para que los operadores y/o proveedores de servicios de telecomunicaciones declarados como operador y/o proveedor importante desarrollen un Sistema de Contabilidad de Costos Separada por servicios en cumplimiento a lo establecido en artÃculo número 75 de la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, Ley No. 7593 y lo reglado en los numerales 34 y 35 del Reglamento de Acceso e Interconexión de Redes de Telecomunicaciones

    1Entiéndase Contabilidad Regulatoria y Contabilidad de Costos Separada como términos similares.

  2. Que el 11 de septiembre del 2014 en el Alcance Digital N° 47A de La Gaceta N° 175 se publicó la resolución N° RCS-187-2014 y el Anexo "Manual sobre la MetodologÃa para la aplicación del Sistema de Contabilidad de Costos Separada (Contabilidad Regulatoria)" (folios 592-672 GCO-NRE-RCS-00476- 2014) sobre el cual se llevó a cabo un proceso de Consulta Pública.

  3. Que el 22 de octubre del 2014 en la sesión ordinaria N° 064-2014, mediante acuerdo N° 008 064-2014 de las 09:50 horas, el Consejo de la SUTEL dictó la resolución N° RCS-262-2014 titulada "Se resuelve el Recurso de Revocatoria interpuesto por el Instituto Costarricense de Electricidad contra la Resolución del Consejo de la SUTEL RCS-187-2014 mediante la cual se aprobó el Manual sobre la MetodologÃa para la aplicación del sistema de contabilidad de costos separada (Contabilidad Regulatoria)"; advirtiéndose en el resuelve N° 5 que el "Manual sobre la MetodologÃa para la aplicación del sistema de contabilidad de costos separada (Contabilidad Regulatoria)" aprobado en la resolución N° RCS-187-2014, entrarÃa a regir a partir de la fecha de su publicación en el Alcance Digital N° 47A del Diario Oficial La Gaceta N° 175, sea del dÃa 11 de setiembre del 2014. Asimismo, se emplazó al ICE para que hiciera valer sus derechos en relación con el recurso de apelación ante la ARESEP. (folios 498 al 517 GCO-NRE-RCS-00476-2014).

  4. Que el 29 de enero del 2015 la Junta Directiva de la ARESEP emitió la resolución N° RJD-014 2015, resolviéndose rechazar por inadmisible el recurso de apelación y la gestión de suspensión de los efectos del acto interpuestos por el ICE en contra de la resolución N° RCS-187-2014; lo anterior en razón de que dicho órgano no es competente para resolver gestiones de la naturaleza de las que se ventilan en la resolución impugnada, dándose por agotada la vÃa administrativa (folios 558 al 565 GCO-NRE-RCS- 00476-2014).

  5. Que estando en firme a la fecha la resolución N° RCS-187-2014 y consecuentemente el "Manual sobre la MetodologÃa para la aplicación del sistema de contabilidad de costos separada (Contabilidad Regulatoria)", el Instituto Costarricense de Electricidad inició la implementación del Sistema de Contabilidad Regulatoria y a la fecha aún se encuentra en la primera etapa de la implementación inicial, establecida en el artÃculo 24 del Manual aprobado en el Anexo de la resolución N° RCS-187-2014.

  6. Que el 13 de diciembre del 2016 mediante resolución N° RCS-264-2016, "Revisión del Mercado del servicio Mayorista de Terminación en redes móviles individuales, análisis de grado de competencia en dicho mercado, declaratoria de operadores importantes e imposición de obligaciones", se declaró a Instituto Costarricense de Electricidad, Claro CR Telecomunicaciones y Telefónica de Costa Rica TC como operadores con poder sustancial en el mercado del servicio mayorista de terminación en su red móvil. (folios 2497 al 2543 GCO-DGM-MRE-01553-2016).

  7. Que la resolución RCS-264-2016 en el resuelve número 20 se establece que los operadores importantes deberán mantener contabilidades de costos separadas para cada servicio, por lo que Claro CR Telecomunicaciones y Telefónica de Costa Rica TC al ser declarados con poder sustancial de mercado en el mercado del servicio mayorista de terminación en redes móviles individuales, están obligados al igual que el ICE al cumplimiento de esta obligación.

  8. Que el 15 de febrero de 2017 mediante el informe número 1329-SUTEL-DGM-2017 la Dirección General de Mercados presentó al Consejo un informe sobre el estado actual de la implementación del Sistema de Contabilidad Separada en los operadores declarados como importantes.

  9. Que el 21 de febrero del 2017 mediante el acuerdo número 006-015-2017, tomado en la sesión extraordinaria 015-2017, el Consejo de la SUTEL analizó el estado de la implementación del Sistema de Contabilidad de Costos Separada en los operadores declarados como importantes a partir de lo informado por la Dirección General de Mercados en el oficio 1329-SUTEL-2017.

  10. Que el 24 de febrero del 2017 mediante los oficios número 1757-SUTEL-CS-2017, 1758- SUTEL-CS-2017 y 1759-SUTEL-CS-2017, el Consejo de la SUTEL solicitó a los operadores ICE, Claro CR Telecomunicaciones y Telefónica de Costa Rica TC, presentar un cronograma mediante el cual se indicaran los procesos que se desarrollarÃan para el cumplimiento de la información solicitada en la resolución RCS-187-2014 asà como la designación del personal que de forma mensual se reunirÃa con la Dirección General de Mercados para brindar un informe sobre el avance de las actividades necesarias para el funcionamiento del Sistema de Contabilidad de Costos.

  11. Que considerando la revisión y redefinición de los mercados relevantes, el análisis del grado de competencia y la nueva declaratoria de operadores importantes indicada en la resolución RCS-264-2016 asà como las observaciones y consultas realizadas por el Instituto Costarricense de Electricidad, Claro CR Telecomunicaciones y Telefónica de Costa Rica TC, la Dirección General de Mercados consideró necesario realizar una revisión al Manual de Contabilidad Regulatoria actual, aprobado en la resolución RCS-187-2014,a fin de adecuar y asegurar la consistencia con el estado actual del mercado, manteniendo siempre la claridad debida de la información a solicitar a los operadores y cumpliendo asà el objetivo de esta obligación.

  12. Que mediante el informe N° 6671-SUTEL-DGM-2017, el 16 de agosto del 2017 la Dirección General de Mercados presentó ante el Consejo de la Superintendencia, el Informe técnico para la actualización y modificación de los formatos de presentación de los costos del "Manual sobre la MetodologÃa para la aplicación del Sistema de Contabilidad de Costos Separada (Contabilidad Regulatoria)" aprobado mediante resolución del Consejo número RCS-187-2014.

  13. Que mediante el informe N° 6671-SUTEL-DGM-2017 la Dirección General de Mercados indicó el motivo, contenido y fin perseguido con el informe, el cual es presentar las actualizaciones y modificaciones propuestas al Manual, lo cual resulta ineludible para asegurar la consistencia y la claridad de la información que se solicita a los operadores.

  14. Que las citadas modificaciones propuestas al Manual en el informe, servirán para mejorar la clasificación y ordenamiento de la información contable financiera de los operadores declarados como importantes, con el propósito de proveer datos de carácter regulatorio. En tal sentido, los criterios que se proponen modificar responden tanto a las necesidades de información generadas a partir de los objetivos regulatorios, a la revisión de los mercados relevantes realizada por la (DGM) en el año 2016 y a las mejoras que se han determinado por medio de reuniones que se realizaron con los operadores importantes.

  15. Que mediante acuerdo 021-073-2017 de la sesión del Consejo celebrada el dÃa 13 de octubre del 2017, se dio por recibido el oficio 6671-SUTEL-DGM-2017 y se acordó someter a Consulta Pública por un plazo de 10 dÃas hábiles la actualización de los formatos de presentación de costos según el "Manual sobre la metodologÃa para la aplicación del sistema de contabilidad de costos separada (Contabilidad Regulatoria).

  16. Que en el periódico de circulación nacional La Gaceta No. 203 del 27 de octubre del 2017 se comunicó la invitación al proceso de Consulta Pública según lo dispuesto en el ordenamiento jurÃdico vigente, especÃficamente el numeral 361 de la ley General de la Administración Pública en torno a la actualización de los formatos de presentación de costos según el Manual sobre la metodologÃa para la aplicación del sistema de contabilidad de costos separada (contabilidad regulatoria) (folio 043 expediente GCO-DGM-COR-01770-2017).

  17. Que mediante oficio 9692-SUTEL-DGM-2017 la DGM rindió el informe técnico sobre los resultados de la Consulta Pública y concluyó que una vez transcurridos los 10 dÃas hábiles de la Consulta Pública, no se recibieron observaciones al documento objeto de consulta. (expediente GCO-DGM-COR-01770-2017).

  18. Que se han realizado las diligencias necesarias para el dictado de la presente resolución.

    CONS...

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