Acuerdo Acuerdo No. IN2020438422

Fecha de publicación26 Febrero 2020
Número de registroIN2020438422
EmisorMINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

N° 382-2019

LA MINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28 inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley N°6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley 7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley N°9632 publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 11 de diciembre de 2018, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2019 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y

ACUERDA:

Artículo 1º—Modificar el Artículo Segundo y el artículo del Acuerdo de Viaje número 368-2019, de fecha 28 de noviembre de 2019 para que se lea de la siguiente manera:

Artículo 2º—Los gastos del señor Duayner Salas Chaverri por concepto de boleto aéreo de ida y de regreso, hospedaje, alimentación y traslados en Ciudad Panamá, Panamá, serán financiados con fondos de la Comisión Organizadora de la Cumbre Empresarial China-LAC. Los gastos relativos a la cena del 9 de diciembre, por un monto de US$22.21 (veintidós dólares con veintiún centavos), serán cubiertos con recursos del Ministerio de Comercio Exterior (COMEX), por la subpartida 10504 del programa 792. Los gastos correspondientes a llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior y gastos conexos por pago de equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que por política de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica, por la subpartida 10504 del programa 792. El seguro viajero, por la subpartida 10601 del programa 796. Se le autoriza para el uso de la firma digital para la suscripción de documentos en trámites bajo su competencia. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo viaja a partir del 8 de diciembre de 2019.”

Artículo 2º—En lo no expresamente modificado, el resto del Acuerdo N° 368-2019 se mantiene igual.

San José, a los dieciocho días del mes de diciembre de dos mil diecinueve.

Dyalá Jiménez Figueres, Ministra de Comercio Exterior.— 1 vez.—O. C. N° 4600032351.—Solicitud...

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