Acuerdo Acuerdo No. IN2021589504
Fecha de publicación | 14 Octubre 2021 |
Número de registro | IN2021589504 |
Emisor | MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO |
N° 038-2021-RH-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con el artículo 157 de la Ley General de la Administración Pública.
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 056-2020-RH-RE, de fecha 18 de febrero de 2020, fue declarada la incorporación definitiva a la carrera diplomática, en la categoría de Agregado, la funcionaria Eileen Alina Cañas Vargas, cédula 1-1220-0031.
II.—Que mediante el Acuerdo Ejecutivo N° 056-2020-RH-RE, fue consignado en el considerando N° 4, que “el día 05 de febrero de 2018 se publicó en el periódico La Nación el concurso de oposición N° I-2018 para ingresar al Servicio Exterior”, siendo lo correcto “el día 1 de junio de 2016, fue publicado en diario de circulación nacional el concurso de oposición N° I-2016 para ingresar al Servicio Exterior”. Por otra parte, en el considerando N° 5, se consignó “la comisión ad hoc comunicó la lista de elegibles que aprobaron el concurso de ingreso al Servicio Exterior con 75% o más de nota final…”, siendo lo correcto “…la comisión ad hoc comunicó la lista de elegibles que aprobaron el concurso N° I-2016 y N° I-2018 de ingreso al Servicio Exterior con 75% o más de nota final…”. Asimismo, se omitió incluir el considerando N° 10, el cual deberá leerse de la siguiente manera: “10- Que de acuerdo al oficio CCSE-012-2020 del 11 de febrero de 2020, la comisión calificadora en su sesión dos, del 31 de enero de 2020, acordó en el artículo 5, declarar la incorporación definitiva a la carrera diplomática en la sétima categoría en vista del cumplimiento de los requisitos de incorporación a la carrera diplomática de acuerdo con la normativa vigente de la señora Eileen Alina Cañas Vargas, cédula 1-1220-0031.
III.—Que el artículo 157 de la Ley General de la Administración Pública, establece: “En cualquier tiempo podrá la Administración rectificar los errores materiales o de hecho y los aritméticos”.
IV.—Que en virtud de lo anterior se requiere corregir los errores materiales que fueron consignados en el Acuerdo Ejecutivo N° 056-2020-RH-RE, de fecha 18 de febrero de 2020. Por tanto;
ACUERDAN:
Artículo 1º—Modificar el considerando N° 4 y N° 5 del Acuerdo Ejecutivo N° 0562020-SE-RE, de fecha 18 de febrero de 2020, para que en adelante se lean:
“Considerando 4- “el día 1 de junio de 2016, fue publicado en diario de circulación nacional el concurso de oposición N° I-2016 para ingresar al Servicio Exterior”.
“Considerando 5- “la comisión ad hoc comunicó...
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