Acuerdo con México contra Narcotráfico y Farmacodependencia, de 23 de Enero de 1992

EmisorAsamblea Legislativa

LEY N° 7282 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA DECRETA:

ACUERDO ENTRE COSTA RICA Y LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS SOBRE COOPERACION PARA COMBATIR EL NARCOTRAFICO Y LA FARMACODEPENDENCIA ARTICULO 1.- Apruébase el "Acuerdo entre CostaRica y los Estados Unidos Mexicanos sobre Cooperación para Combatir el Narcotráfico y la Farmacodependencia", firmado en la Ciudad de San José, el trece de octubre de mil novecientos ochenta y nueve, cuyo texto es el siguiente:

ACUERDO ENTRE COSTA RICA Y LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS SOBRE COOPERACION PARA COMBATIR EL NARCOTRAFICO Y LA FARMACODEPENDENCIA COSTA RICA Y LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS (LAS PARTES).

Conscientes de la necesidad de proteger la vida y la salud de sus respectivos pueblos, de los graves efectos del narcotráfico y la farmacodependencia,

Aceptando que estas conductas deben atacarse en forma integral, bajo cuatro grandes rubros: prevención y reducción de la demanda ilícita de estupefacientes y sustancias sicotrópicas, control de oferta, supresión del tráfico ilícito, tratamiento y rehabilitación;

Reconociendo que los distintos aspectos del narcotráfico y la farmacodependencia, amenazan la seguridad y los intereses esenciales de cada una de las Partes,

Resueltos a brindarse mutuamente la cooperación necesaria para combatir efectivamente el narcotráfico y la farmacodependencia, dadas sus características de fenómenos de naturaleza y alcance internacionales,

Alentados por el espíritu de las recomendaciones contenidas en el Plan Amplio y Multidisciplinario de Actividades Futuras en Materia de Fiscalización del Uso Indebido de Drogas (El Plan), adoptado en Viena, Austria, el 26 de junio de 1987 y

Animados por el objetivo de que la cooperación a la que se refiere el presente Acuerdo complemente la que ambas Partes se brindarán en cumplimiento de las obligaciones internacionales que asuman conforme a la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas (la Convención), adoptada en Viena, Austria, el 20 de diciembre de 1988,

Han acordado lo siguiente:

ARTICULO I Alcance del Acuerdo 1.- El propósito del presente Acuerdo es promover la cooperación entre las Partes a fin de que puedan combatir con mayor eficacia el narcotráfico y la farmacodependencia, fenómenos que trascienden las fronteras de ambas Partes.

Las partes adoptarán las medidas necesarias en el cumplimiento de las obligaciones que hayan contraído en virtud del presente Acuerdo,

comprendidas las de orden legislativo y administrativo, de conformidad con las disposiciones fundamentales de sus respectivos...

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