Acuerdo

Fecha de publicación01 Junio 2021
Número de registroIN2021553961
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

N° 0001-2021-MAG

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

En uso de las facultades que le confieren los artículos 140 y 146 de la Constitución Política, artículos 21, 28 inciso 2), de la Ley General de la Administración Pública Nº 6227 del 02 de mayo de 1978, artículo 40 de la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664, del 08 de abril de 1997, artículos 111, 112, 113 y concordantes del Reglamento a la Ley de Protección Fitosanitaria, Decreto Ejecutivo Nº 26921 de 20 de marzo de 1998 y sus reformas.

Considerando:

1ºQue de conformidad con el artículo 40 de la Ley de Protección Fitosanitaria, se regula la creación de la Comisión Técnica Nacional de Bioseguridad como órgano asesor del Servicio Fitosanitario del Estado, en Biotecnología. Su integración, atribuciones y funciones son establecidas en el reglamento respectivo.

2ºQue de conformidad con el artículo 111 del Decreto Ejecutivo 26921-MAG, del 20 de marzo de 1998, dentro de las funciones de la Comisión Técnica Nacional de Bioseguridad se establece que debe asesorar a las instituciones públicas, al Servicio Fitosanitario del Estado y a las oficinas encargadas de emitir las autorizaciones para los diferentes procesos con organismos vivos modificados.

3ºQue mediante el Acuerdo Ejecutivo Nº 0004-2020-MAG, del 11 de diciembre del 2020, se integró la Comisión Técnica Nacional de Bioseguridad por un período de dos años a partir de su publicación.

4ºQue de conformidad con el artículo 112 del Decreto Ejecutivo 26921-MAG del 20 de marzo de 1998, se establecen los miembros que deben conformar la Comisión Técnica Nacional de Bioseguridad y las dependencias a las que...

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