Acuerdo N° 002-MOPT EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Fecha de publicación19 Abril 2021
Número de registroIN2021541196
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

N° 002-MOPT

EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Con fundamento en lo dispuesto en la Ley N° 6227, Ley General de la Administración Pública, Ley N° 9411 del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2021, la Ley N° 6362 y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1ºQue la Comisión Centroamericana de Transporte Marítimo (COCATRAM), ha planificado realizar la CIV Reunión Ordinaria del Directorio, a celebrarse en la ciudad de San Salvador, República de El Salvador, el día 26 de marzo del 2021.

2ºQue en el marco de cooperación técnica que existe entre la República de Costa Rica y la Comisión Centroamericana de Transporte Marítimo (COCATRAM), se ha propuesto la participación del licenciado Nelson Soto Corrales, en condiciones de Director de la Dirección de Navegación y Seguridad de la División Marítimo Portuaria y Director Alterno de la COCATRAM.

3ºQue para Costa Rica reviste de relevancia la participación del licenciado Nelson Soto Corrales para la toma de decisiones. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1ºAutorizar al licenciado Nelson Soto Corrales, portador de la cédula de identidad N° 1-0884-0343, en condiciones de Director de la Dirección de Navegación y Seguridad de la División Marítimo Portuaria del Ministerio de Obras Públicas y Transportes y Director Alterno de la COCATRAM, para que participe en la CIV Reunión Ordinaria del Directorio, misma que se llevará a cabo el día 26 de marzo del 2021, en la ciudad de San Salvador, República de El Salvador.

Artículo 2ºLos gastos de transporte aéreo, alimentación, hospedaje e imprevistos serán asumidos con fondos administrados por la Comisión Centroamericana de Transporte Marítimo (COCATRAM), por lo que no se requiere pago alguno a cargo del presupuesto de este Ministerio por esos conceptos.

Artículo 3ºQue durante los días en que se autoriza la participación del licenciado Soto Corrales, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4ºRige a partir del 25 al 27 de marzo del 2021.

Dado en el Despacho del Ministro de Obras Públicas y Transportes, a los dieciséis días del mes de marzo del 2021.

Rodolfo Méndez Mata, Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. N° 4600048773.—Solicitud N° 012-2021.—( IN2021541196 ).

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