Acuerdo N° 003 LA SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO

Fecha de publicación14 Junio 2022
Número de registroIN2022651797
EmisorCONSEJO DE GOBIERNO

003

LA SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO

Con fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General de la Administración Pública, comunica: Que el Consejo de Gobierno, según consta en el artículo cuarto del acta de la sesión ordinaria número dos, celebrada el dieciocho de mayo del dos mil veintidós, tomó el siguiente acuerdo que en lo conducente dice: Artículo cuatro: Acuerdo 1: Que mediante la Ley 9981, de 21 de mayo de 2021, publicada en el Alcance 103 a La Gaceta 98 de 24 de mayo de 2021, se aprobaron, en cada una de sus partes, el Acuerdo sobre los Términos de la Adhesión de la República de Costa Rica a la Convención de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, suscrito en San José, Costa Rica, el 28 de mayo de 2020; la Convención de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, suscrita en París, Francia, el 14 de diciembre de 1960; el Protocolo Adicional N.º 1 a la Convención de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, suscrito en París, Francia, el 14 de diciembre de 1960; y el Protocolo Adicional N.º 2 a la Convención de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, suscrito en París, Francia, el 14 de diciembre de 1960 y normas relacionadas. 2: Que por disposición del artículo 4 de la Ley antes citada, referente a la Delegación ante la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, la Delegación Permanente de Costa Rica ante la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos formará parte del Ministerio de Comercio Exterior y dependerá de este para todos los efectos. El Consejo de Gobierno, por iniciativa del Ministerio de Comercio Exterior, designará al funcionario que representará al país ante dicha organización, quien asumirá la delegación en los mismos términos contemplados en el artículo 5 de la Ley 7638, de 30 de octubre de 1996. 3: Que según lo establece el artículo 5 de la Ley No. 7638 de 30 de octubre de 1996, denominada “Creación del Ministerio de Comercio Exterior y la Promotora de Comercio Exterior de Costa Rica”, la Delegación Permanente de Costa Rica ante la Organización Mundial del Comercio formará parte del Ministerio de Comercio Exterior (COMEX) y dependerá de él para todos los efectos. Con el fin de dotarla de las plazas y los servicios necesarios, se creará un programa específico dentro del presupuesto de este Ministerio. A los miembros de la Delegación se les aplicarán, en lo...

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