Acuerdo Nº 0129-2022 EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Fecha de publicación26 Octubre 2022
Número de registroIN2022684905
EmisorMINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

Nº 0129-2022

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28 inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley 7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley Nº 9514, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 14 de diciembre de 2017, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2018 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y

Considerando:

I.—Que, la Unión Europea es un socio clave en los esfuerzos costarricenses para diversificar el destino de nuestras exportaciones; procurar mercados más exigentes y desarrollados; y crear nuevos empleos. El pilar comercial del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea (AACUE) es una herramienta que busca el fortalecimiento de la plataforma comercial del país. Por un lado, garantiza un acceso privilegiado al mercado de uno de nuestros principales socios comerciales más importantes. Asimismo, provee mecanismos adecuados para facilitar y potenciar el comercio y la inversión entre ambas regiones. Desde una perspectiva más macro, nos permite continuar ejerciendo un papel activo como economía pequeña que procura consolidar su exitosa inserción en la economía mundial, profundizando y mejorando su desempeño en el mercado internacional.

II.—Que, dentro del marco institucional del pilar comercial del AACUE se establecen diversos órganos con tareas específicas en materia comercial. Uno de ellos es el Comité de Asociación, cuya función es asistir al Consejo de Asociación en el cumplimiento de sus deberes y está compuesto por representantes de alto nivel de la Comisión Europea y de los países centroamericanos, responsables de los asuntos comerciales. Los órganos de la institucionalidad del AACUE se reúnen alternamente entre la Unión Europea y el país centroamericano que ostente la Presidencia Pro Tempore (PPT) del Subsistema de Integración Económica Centroamericana. En esta ocasión, le corresponde a la Unión Europea la coordinación de estas reuniones y, por lo tanto, se llevarán a cabo en Bruselas, Bélgica.

III.—Que, bajo este...

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