Acuerdo N° 016-2021 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

EmisorMINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
Número de registroIN2021528439
Fecha de publicación23 Febrero 2021

N° 016-2021

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 50, 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los numerales 25, 27 párrafo primero y 28 párrafo segundo inciso b) de la Ley General de la Administración Pública; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996; el Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas; y

Considerando:

I.—Que con fundamento en el artículo 20 bis de la Ley N° 7210, mediante Acuerdo Ejecutivo N° 109-2019 de fecha 29 de abril de 2019, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 104 del 05 de junio de 2019, a la empresa EW Manufacturing Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-597486, se le otorgaron nuevamente los beneficios e incentivos contemplados por la Ley de Régimen de Zonas Francas y su Reglamento, clasificándola como industria procesadora, de conformidad con el inciso f) del artículo 17 de dicha Ley.

II.—Que mediante documentos presentados los días 20 y 26 de noviembre, 03, 14, 18, y 22 de diciembre de 2020, en la Dirección de Regímenes Especiales de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER, la empresa EW Manufacturing Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-597486, solicitó la ampliación de la actividad.

III.—Que la Instancia Interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al Acuerdo adoptado por la Junta Directiva de la citada Promotora en la Sesión N° 177-2006 del 30 de octubre de 2006, conoció la solicitud de la empresa EW Manufacturing Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-597486, y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el Informe N° 283-2020 de la Dirección de Regímenes Especiales de PROCOMER, acordó recomendar al Poder Ejecutivo la respectiva modificación del Acuerdo Ejecutivo, al tenor de lo dispuesto por la Ley N° 7210 y su Reglamento.

IV.—Que se han observado los procedimientos de Ley. Por tanto,

ACUERDAN:

1º—Modificar el Acuerdo Ejecutivo N° 109-2019 de fecha 29 de abril de 2019, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 104 del 05 de junio de 2019 y sus reformas, para que en el futuro la cláusula segunda se lea de la siguiente manera:

“2. La actividad de la beneficiaria como industria procesadora, de conformidad con el inciso f) del artículo 17 de la Ley de Régimen de Zonas Francas, se encuentra comprendida dentro de las clasificaciones CAECR “2610 Fabricación de componentes y tableros electrónicos”, con el siguiente detalle: Producción de componentes electrónicos y tarjetas electrónicas de avanzada; ensamble electrónico, mecánico y electromecánico de componentes electrónicos y tarjetas electrónicas de avanzada; “2740 Fabricación de equipos de iluminación eléctricos”, con el siguiente detalle: Equipos de iluminación eléctrica y sus partes; “2812 Fabricación de equipo de propulsión de fluidos”, con el siguiente detalle: Equipos electromecánicos de propulsión de fluidos, mediciones y sus partes; “2630 Fabricación de equipos de comunicaciones”, con el siguiente detalle: Equipos electromecánicos de comunicación; “2651 Fabricación de equipos de medición, prueba, verificación, navegación y de equipo de control”, con el siguiente detalle: Equipos electromecánicos de medición, pruebas, verificación, navegación y de control; “2710 Fabricación de motores eléctricos, generadores, transformadores eléctricos y aparatos de distribución y control de la energía eléctrica”, con el siguiente detalle: Motores eléctricos, generadores, transformadores eléctricos y equipos de distribución y control de la energía eléctrica; “2790 Fabricación de otro equipo eléctrico”, con el siguiente detalle: Equipos electrónicos y sus partes; y “ 2640 Fabricación de aparatos electrónicos de consumo”, con el siguiente detalle: Equipos electrónicos de consumo (como dispositivos de videojuegos, relojes inteligentes, teléfonos de bajo costo, dispositivos para iluminación portátil de bajo costo, dispositivos electromecánicos desechables para la industria agrícola, entre otros). La actividad de la beneficiaria al amparo de la citada categoría f), se encuentra dentro del siguiente sector estratégico: “Electrónica avanzada (tales como: equipo de cómputo e impresión, microprocesadores, equipo de comunicación, circuitos integrados, tubos catódicos, conectores avanzados, equipo de sonido y video digital)”. Lo anterior se visualiza en el siguiente cuadro:

Clasificación

CAECR

Detalle de clasificación CAECR

Detalle de productos

Sector estratégico

Procesadora f)

2610

Fabricación de componentes y tableros electrónicos

Producción de componentes electrónicos tarjetas electrónicas de avanzada; y ensamble electrónico, mecánico y electromecánico de componentes electrónicos tarjetas electrónicas de avanzada

Electrónica Avanzada

2740

Fabricación de equipos de iluminación eléctricos

Equipos de iluminación eléctrica y sus partes

2812

Fabricación de equipo de propulsión de fluidos

Equipos electromecánicos de propulsión de fluidos, mediciones y sus partes

2630

Fabricación de equipos de comunicaciones

Equipos electromecánicos de comunicación

2651

Fabricación de equipos de medición, prueba, verificación, navegación y de equipo de control

Equipos electromecánicos de medición, pruebas, verificación, navegación y de control

2710

Fabricación de motores eléctricos, generadores, transformadores eléctricos y aparatos de distribución y control de la energía eléctrica

Motores eléctricos, generadores, transformadores eléctricos y equipos de distribución y control de la energía eléctrica

2790

Fabricación de otro equipo eléctrico

Equipos electrónicos y sus partes

2640

Fabricación de aparatos electrónicos de consumo

Equipos electrónicos de consumo (como dispositivos de videojuegos, relojes inteligentes, teléfonos de bajo costo, dispositivos para iluminación portátil de bajo costo, dispositivos electromecánicos desechables para la industria agrícola, entre otros)

2º—En todo lo que no ha sido expresamente modificado, se mantiene lo dispuesto en el Acuerdo Ejecutivo N° 109-2019 de fecha 29 de abril de 2019, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 104 del 05 de junio de 2019.

3º—Rige a partir de su notificación.

Comuníquese y publíquese.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veintidós días del mes de enero del año dos mil veintiuno.

CARLOS ALVARADO QUESADA.—El Ministro de Comercio Exterior, Andrés Valenciano Yamuni.—1 vez.—( IN2021528439 ).

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