Acuerdo Nº 0236-2022

Fecha de publicación21 Diciembre 2022
Número de registroIN2022699779
EmisorMINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

Nº 0236-2022

El MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28 inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley 7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley N° 9632 publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 11 de diciembre de 2018, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2019 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República,

ACUERDA

Artículo 1ºModificar el Artículo Primero, Segundo y Tercero del Acuerdo de Viaje número 0197-2022, de fecha del 19 de agosto del dos mil veintidós, para que se lea de la siguiente manera:

Artículo Primero: Designar la señora Paula Bogantes Zamora, Viceministra de Comercio Exterior, portadora de la cédula de identidad número 1-0858-0771 para viajar a Ciudad Guatemala, Guatemala, el 26 agosto de 2022, regresando el mismo día, para participar en el foro de alto nivel político del Primer Encuentro Regional de Comités Nacionales de Facilitación de Comercio. Durante su estadía procurará cumplir con los siguientes objetivos específicos: 1) fortalecer las capacidades en materia de coordinación interinstitucional y procedimientos de comercio exterior, para mejorar la gestión del comercio intra y extrarregional; 2) identificar buenas prácticas y experiencias regionales para fortalecer el funcionamiento y marco de acción de los Comités Nacionales de Facilitación del Comercio y 3) promover la participación en espacios de intercambio de experiencias entre los Comités Nacionales de Facilitación de Comercio a nivel regional.”

Artículo Segundo: Los gastos de viaje de la señora Paula Bogantes Zamora por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte, el boleto aéreo de ida y regreso, costo de una maleta, hospedaje, alimentación y el transporte terrestre en Guatemala, serán cubiertos por la Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA), mediante recursos de la cooperación de la Unión Europea, a través del Proyecto de Integración Económica Regional Centroamericana (INTEC). Los gastos correspondientes a la prueba PCR de COVID-19 en caso de ser requeridas, así como el transporte terrestre en Costa Rica serán financiado por medio del Convenio COMEXPROCOMER. El seguro viajero será cubierto con recursos de COMEX, por la subpartida 10601 del programa 796. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e internet al Ministerio de Comercio Exterior; así como el pago de gastos de representación ocasionales en el exterior y reconocimiento de gastos conexos por compra de material bibliográfico, según los artículos 41, 48 y 52 del...

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