Acuerdo N° 027-2021 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Fecha de publicación06 Julio 2021
Número de registroIN2021563218
EmisorMINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

N° 027-2021

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los numerales 25 inciso 1, 27 inciso 1 y 28 inciso 2 acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas, la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996; el Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008 y sus reformas, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas; y

Considerando:

I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo número 146-2015 de fecha 22 de mayo de 2015, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 129 del 06 de julio de 2015; modificado por el Informe número 43-2018 de fecha 05 de marzo de 2018, emitido por PROCOMER; y por el Acuerdo Ejecutivo número 132-2018 de fecha 10 de mayo de 2018, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 139 del 01 de agosto de 2018; se acordó trasladar de la categoría prevista en el inciso a) a la categoría prevista en el inciso f), ambos del artículo 17 de la Ley de Régimen de Zonas Francas, a la empresa Vitec Production Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-194834, siendo que dicho traslado se hizo efectivo a partir del 01 de julio de 2015, fecha en la cual la empresa inició operaciones productivas al amparo de la citada categoría f). A partir del traslado, empezaron a correr los plazos y se aplican las condiciones previstas en los artículos 21 bis y 21 ter de la Ley Nº 8794 de fecha 12 de enero de 2010, en lo que concierne a la mencionada categoría f).

II.—Que mediante documentos presentados el día 02 de febrero de 2021, en la Dirección de Regímenes Especiales de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER, la empresa Vitec Production Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-194834, solicitó la corrección de la fecha de inicio de operaciones productivas, de la clasificación de empresa comercial de exportación.

III.—Que la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al Acuerdo adoptado por la Junta Directiva de la citada Promotora en la Sesión Nº 177-2006 del 30 de octubre de 2006, conoció la solicitud de la empresa Vitec Production Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-194834, y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Dirección de Regímenes Especiales de PROCOMER número 38-2021, acordó recomendar al Poder Ejecutivo la respectiva modificación del Acuerdo Ejecutivo, al tenor de lo dispuesto por la Ley Nº 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento.

IV.—Que se han observado los procedimientos de Ley. Por tanto,

ACUERDAN:

1º—Modificar el Acuerdo Ejecutivo número 146-2015 de fecha 22 de mayo de 2015, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 129 del 06 de julio de 2015 y sus reformas, para que en el futuro la cláusula sétima se lea de la siguiente manera:

“7. La empresa se obliga a pagar el canon mensual por el derecho de uso del Régimen de Zonas Francas. La fecha de inicio de las operaciones productivas, en lo que atañe a su actividad como Empresa Comercial de Exportación, es el 13 de diciembre de 2012, y...

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