Acuerdo N° 035-2022 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Fecha de publicación16 Marzo 2022
Número de registroIN2022630578
EmisorMINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

N° 035-2022

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los numerales 25 inciso 1, 27 inciso 1 y 28 inciso 2 acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas, la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996; el Decreto Ejecutivo N° 34739-CONfEX-H del 29 de agosto de 2008 y sus reformas, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas; y

Considerando:

I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 220-2019 de fecha 12 de agosto de 2019, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 178 del 20 de setiembre de 2019; modificado por el Informe N° 176-2019 de fecha 27 de setiembre de 2019, emitido por PROCOMER; y por el Acuerdo Ejecutivo N° 65-2020 de fecha 30 de marzo de 2020, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 102 del 06 de mayo de 2020; a la empresa HIDROBAG COSTA RICA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica N° 3-102-780749, se le concedieron los beneficios e incentivos contemplados por la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento, bajo la categoría de industria procesadora, de conformidad con lo dispuesto con el inciso f) del artículo 17 de dicha Ley.

II.—Que mediante documentos presentados los días 27 y 28 de enero, 01 y 02 de febrero de 2022, en la Dirección de Regímenes Especiales de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER, la empresa HIDROBAG COSTA RICA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica N° 3-102-780749, solicitó la ampliación de la actividad.

III.—Que la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al Acuerdo adoptado por la Junta Directiva de la citada Promotora en la Sesión N° 177-2006 del 30 de octubre de 2006, conoció la solicitud de la empresa HIDROBAG COSTA RICA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica N° 3-102-780749, y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Dirección de Regímenes Especiales de PROCOMER N° 28-2022, acordó recomendar al Poder Ejecutivo la respectiva modificación del Acuerdo Ejecutivo, al tenor de lo dispuesto por la Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento.

IV.—Que se han observado los procedimientos de Ley. Por tanto,

ACUERDAN:

1°—Modificar el Acuerdo Ejecutivo N° 220-2019 de fecha 12 de agosto de 2019, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 178 del 20 de setiembre de 2019 y sus reformas, para que en el futuro la cláusula segunda se lea de la siguiente manera:

“2. La actividad de la beneficiaria como industria procesadora, de conformidad con el inciso D del artículo 17 de la Ley de Régimen de Zonas Francas, se encuentra comprendida dentro de la clasificación CAECR “3290 Otras industrias manufactureras n.c.p., con el siguiente detalle: Bolsas hidrosolubles a base de almidón y aceites vegetales; bolsas biodegradables a base de fécula de maíz y productos orgánicos, así como de almidón de yuca y aceites vegetales; y fabricación de empaques flexibles biobasados compuestos de resina orgánica y polietileno de baja densidad. Dicha actividad se encuentra dentro del siguiente sector estratégico: “Materiales avanzados (tales como: polímeros o biopolímeros, súper conductores, cerámicas finas o avanzadas, compuestos de alta resistencia, pigmentos, nan...

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