Acuerdo N° 070-2020 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR

Fecha de publicación15 Julio 2020
Número de registroIN2020470513
EmisorMINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

N° 070-2020

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública; la Ley de Régimen de Zonas Francas número 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica número 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo número 34739¬COMEX-H del 29 de agosto de 2008 y sus reformas, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas,

Considerando:

I.—Que con fundamento en el artículo 20 bis de la Ley N° 7210 y sus reformas, mediante Acuerdo Ejecutivo N° 115-2018 de fecha 25 de abril de 2018, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 95 del 30 de mayo de 2018; modificado por el Informe N° 89-2018 de fecha 14 de mayo de 2018, emitido por la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER; por el Informe N° 95-2018 de fecha 22 de mayo de 2018, emitido por PROCOMER; y por el Informe N° 161-2018 de fecha 03 de setiembre de 2018, emitido por PROCOMER; a la empresa MEDTRONIC MEDICAL CR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número 3-102-649713, se le concedieron nuevamente los beneficios e incentivos contemplados por la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento, bajo la categoría de industria procesadora, de conformidad con lo dispuesto con el inciso f) del artículo 17 de dicha Ley.

II.—Que mediante documentos presentados los días 07, 13 y 15 de abril de 2020, en la Dirección de Regímenes Especiales de PROCOMER, la empresa MEDTRONIC MEDICAL CR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número 3-102-649713, solicitó la ampliación de la actividad.

III.—Que la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al Acuerdo adoptado por la Junta Directiva de PROCOMER en la Sesión N° 177-2006 del 30 de octubre de 2006, conoció la solicitud de la empresa MEDTRONIC MEDICAL CR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número 3-102-649713, y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Dirección de Regímenes Especiales de PROCOMER N° 83-2020, acordó recomendar al Poder Ejecutivo la respectiva modificación del Acuerdo Ejecutivo, al tenor de lo dispuesto por la Ley N° 7210, sus reformas y su Reglamento.

IV.—Que se han observado los procedimientos de Ley. Por Tanto,

ACUERDAN:

1º—Modificar el Acuerdo Ejecutivo N° 115-2018 de fecha 25 de abril de 2018, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 95 del 30 de mayo de 2018 y sus reformas, para que en el futuro la cláusula segunda se lea de la siguiente manera:

“2. La actividad de la beneficiaria como industria procesadora, de conformidad con el inciso f) del artículo 17 de la Ley de Régimen de Zonas Francas, se encuentra comprendida dentro de las clasificaciones CAECR “3250 Fabricación de instrumentos y suministros médicos y odontológicos”, con el siguiente detalle: Manufactura de artículos y aparatos de ortopedia y prótesis, dispo...

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