Acuerdo N° 188-2022 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Fecha de publicación17 Enero 2023
Número de registroIN2023706472
EmisorMINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

N° 188-2022

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; 25, 27, 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de agosto del 2008 y sus reformas, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas,

Considerando:

I.—Que con fundamento en el artículo 20 bis de la Ley N° 7210 y sus reformas, mediante Acuerdo Ejecutivo N° 44-2021 de fecha 05 de abril de 2021, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 100 del 26 de mayo de 2021, a la empresa Bass Américas S. A., cédula jurídica N° 3-101-064151, se le concedieron nuevamente los beneficios e incentivos contemplados por la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento, bajo la categoría de empresa de servicios, de conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del artículo 17 de dicha Ley.

II.—Que mediante documentos presentados los días 22 de julio, 10 y 11 de agosto, y 06 de octubre del 2022, la empresa Bass Américas S. A., cédula jurídica N° 3-101-064151, solicitó la disminución de la inversión inicial/real y consecuentemente la disminución de la inversión total, aduciendo lo siguiente: “(...) por error en la nota presentada para la solicitud de ingreso bajo el 20bis se incluyó como parte de inversión los edificios, sin embargo, por temas de giros de negocio, los edificios se vendieron en febrero del 2021 por lo tanto se dieron de baja con un DUA de Traspaso. De esta forma, al realizar la venta de los edificios la inversión baja considerablemente. Desde el momento en el que se presentó el 20bis se proyectaba la venta de los edificios, pero no había certeza de la fecha en que la misma se llevaría a cabo, por dicha razón es que consideramos que se trató de un error haberlos incluido como parte de la inversión (...) Cabe mencionar que la empresa BASS Américas S. A. sigue en crecimiento y nuestra intención es continuar operando en Costa Rica (...) Con respecto al tema de la inversión nueva manifestó la empresa: “en cuanto a la inversión le comentamos lo siguiente: Inversión nueva adicional total...

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