Acuerdo N° 228-2022 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Fecha de publicación19 Enero 2023
Número de registroIN2023707477
EmisorMINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

N° 228-2022

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 1 8) y 146 de la Constitución Política; los numerales 25 inciso 1, 27 inciso 1 y 28 inciso 2 acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas, la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996; el Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008 y sus reformas, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas; y

Considerando:

I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo número 133-2020 de fecha 07 de setiembre de 2020, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 267 del 06 de noviembre de 2020, a la empresa Uniform Advantage Brands CR Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-797496, se le concedieron los beneficios e incentivos contemplados por la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento, bajo la categoría de empresa de servicios, de conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del artículo 17 de dicha Ley.

II.—Que mediante documentos presentados los días 29 de agosto, 07, 27 y 29 de setiembre de 2022, la empresa Uniform Advantage Brands CR Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-797496, solicitó la disminución del nivel de empleo y del nivel de inversión: aduciendo lo siguiente: “(...) Durante su primer año de operaciones, la empresa ha experimentado un alto volumen de rotación en su planilla. Dentro de las distintas áreas de negocio, esta rotación se ha visto más vista en los roles del área de “centro de atención telefónica”. Esta situación ha dificultado que la empresa pueda seguir contratando nuevos puestos para cumplir con su compromiso de empleo y esta existencia de puestos vacantes, directamente ha afectado la posibilidad para la empresa de poder realizar nuevas inversiones en activos fijos. Por esta razón, la empresa está solicitando una modificación en su compromiso para prevenir un incumplimiento de su parte dado que la empresa estima no logrará cumplir con la meta indicada en la solicitud de aplicación.”

(...) “. Dicha justificación fue ampliada mediante nota aclaratoria de fecha 28 de setiembre de 2022.

III.—Que la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al Acuerdo adoptado por la Junta Directiva de la citada Promotora en la Sesión N° 177-2006 del 30 de octubre del 2006, conoció la solicitud de la empresa Uniform Advantage Brands CR Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-797496, y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Dirección e Regímenes Especiales de PROCOMER número 202-2022, acordó recomendar al Poder Ejecutivo la respectiva modificación del Acuerdo Ejecutivo, al tenor de lo dispuesto por la Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento.

IV.—Que en relación con las disminuciones de los niveles de empleo e inversión, el Ministerio de Comercio Exterior, mediante el...

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