Acuerdo N° 251-MOPT EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Fecha de publicación18 Febrero 2020
Número de registroIN2020435239
EmisorY TRANSPORTES

N° 251-MOPT

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

De conformidad con los artículos 140 y 146 de la Constitución Política, el artículo 16 de la Ley General de Aviación Civil, número 5150 de 14 de mayo de 1973 y sus reformas y el artículo 28 de la Ley General de Administración Pública número 6227 de 2 de mayo de 1978 y sus reformas.

Considerando:

1º—Que la Procuraduría General de la República, mediante el Dictamen N° C-130-2016 del 07 de junio de 2016, indicó con respecto a las ausencias temporales del Director General de Aviación Civil, lo siguiente:

a) “Que en el tanto el Subdirector de Aviación Civil debe suplir las ausencias temporales del Director, se entiende que aquel debe reunir los mismos requisitos que la Ley exige en su artículo 16 para el titular del cargo de Director de Aviación Civil.”

b) Así las cosas, de conformidad con el Decreto Ejecutivo N° 22379, las ausencias temporales del Director de Aviación Civil deben ser suplidas por el Subdirector para lo cual debe seguirse -en ausencia de norma especial- el procedimiento previsto en el artículo 96.2 de la Ley General de la Administración Pública, sea que dicha suplencia requiere, sin embargo, la emisión de un acto de nombramiento por parte del Poder Ejecutivo para que el Subdirector actúe como Director Ad Interim”.

2º—Que al no estar regulada la forma en que se debe nombrar el Subdirector de la Dirección General de Aviación Civil, en virtud de que su función es suplir al Director General, lo procedente es seguir lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley General de Aviación Civil, según el cual, el Consejo Técnico de Aviación Civil debe proceder a someter a conocimiento del Poder Ejecutivo una terna, para que se elija a quien ocupará el cargo, en este caso de Subdirector General de Aviación Civil.

3º—Que mediante artículo Décimo Noveno de la Sesión Ordinaria 74-2019 del día quince de octubre del dos mil diecinueve, el Consejo Técnico de Aviación Civil acordó:

“(…) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley General de Aviación Civil, previa comprobación de los requisitos de ley, así como de otras disposiciones vigentes y aplicables, proceder a someter al conocimiento del Poder Ejecutivo la siguiente terna para elegir, en el cargo de Subdirector General de Aviación Civil, a las siguientes personas:

- Álvaro Vargas Segura, cédula de identidad N° 2-353-673.

- Luis Eduardo Miranda Muñóz, cédula de identidad N° 1-839-0002.

- Fernando Zeledón...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR