Acuerdo N° 260-P.—9 de mayo de 2019 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Fecha de publicación06 Agosto 2019
Número de registroIN2019366214
EmisorPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

260-P.—9 de mayo de 2019

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

De conformidad con lo que establecen los artículos 139 inciso 1) de la Constitución Política; y 47 inciso 3 de la Ley General de la Administración Pública, y el Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que desde febrero de este año, la Dirección General de Aduanas de Nicaragua está aplicando la circular CT/042/2019, mediante la cual establece medidas a la importación temporal de medios de transporte de carga que ingresen a la República de Nicaragua, tanto con destino a ese país, como en una operación de tránsito internacional de mercancías. Como parte de estas medidas, se estableció un registro en el Módulo de Vehículos en las aduanas de ingreso ubicadas en los pasos de frontera terrestre con un cobro de $50 dólares, que debe cancelarse al momento de presentarse en la ventanilla a solicitar el registro de la declaración de importación temporal de vehículos.

II.—Que considerando que estas medidas están afectando al sector de transporte internacional de carga costarricense, se planteó a las autoridades comerciales de Nicaragua la preocupación del país sobre su aplicación. En este contexto y con el objetivo de atender esta situación, se acordó con Nicaragua llevar a cabo una reunión bilateral, en la cual participarán los ministros de comercio y autoridades competentes el 17 de mayo en Nicaragua.

ACUERDA:

Artículo 1°—Designar a la señora Dyalá Jiménez Figueres, Ministra de Comercio Exterior, portadora de la cédula de identidad número 1-0820-0458 para que viaje a Nicaragua el 17 de mayo del presente año, partiendo a las 06:30 horas del 17 de mayo y regresando a las 21:39 horas del mismo día, para participar en la reunión bilateral para atender la situación que se presenta ante las medidas impuestas por las autoridades aduaneras de Nicaragua referentes al cobro de $50 dólares a los transportistas costarricenses por la declaración de importación temporal de vehículos. Durante su estadía procurará cumplir con los siguientes objetivos específicos: 1) plantear la situación que se presenta ante las medidas impuestas por las autoridades aduaneras de Nicaragua referentes al cobro de $50 dólares a los transportistas costarricenses por la declaración de importación temporal de vehículos y; 2) realizar las consultas necesarias para aclarar aspectos específicos, relacionados con las medidas impuestas por Nicaragua.

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