Acuerdo N° 270-2022 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR

Fecha de publicación24 Enero 2023
Número de registroIN2023709673
EmisorMINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

N° 270-2022

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los numerales 25 inciso 1, 27 inciso 1 y 28 inciso 2 acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas, la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996; el Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008 y sus reformas, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas; y

Considerando:

I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo número 355-2018 de fecha 11 de diciembre de 2018, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 51 del 13 de marzo de 2019; modificado por el Informe número 74-2020 de fecha 15 de abril de 2020, emitido por PROCOMER; por el Informe número 75-2020 de fecha 15 de abril de 2020, emitido por PROCOMER; por el Informe número 152-2021 de fecha 06 de agosto de 2021, emitido por PROCOMER; por el Informe número 194-2021 de fecha 03 de agosto de 2021, emitido por PROCOMER; y por el Informe número 200-2021 de fecha 11 de agosto de 2021, emitido por PROCOMER; a la empresa Kigoma Zona Franca ZFA Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-762856, se le concedieron los beneficios e incentivos contemplados por la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley número 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento, como empresa administradora de parques, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 inciso ch) de la citada Ley.

II.—Que mediante documentos presentados los días 22 de marzo, 15 de julio, 12 y 15 de setiembre, 04, 06 y 17 de octubre de 2022, ante la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER, la empresa Kigoma Zona Franca ZFA Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-762856, solicitó la renuncia al Régimen de Zonas Francas, aduciendo lo siguiente: “La empresa no encontró las condiciones idóneas a efecto de desarrollar el proyecto, como es por todos conocidos en el mercado inmobiliario se requiere compromisos futuros para poder arrancar con la etapa constructiva pero con la llegada del COVID-19 la mayoría de los proyectos debieron detenerse. Esto provocó que el mercado se enfriara, e incluso el cliente con que se contaba y que era el ancla del proyecto decidiera rescindir el contrato para una planeada expansión. Lo anterior principalmente, por los cambios en la modalidad de trabajo, donde el espacio ya no venía a ser una determinante para el crecimiento de una empresa, máxime cuando se trata de una bajo la categoría de servicios”.

III.—Que de conformidad con los artículos 53 ter y 53 quáter del Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas, PROCOMER debe verificar que la empresa que pretende renunciar haya cumplido con los requisitos correspondientes, así como también con las demás obligaciones previstas en la Ley número 7210, sus reformas y su Reglamento.

IV.—Que la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al Acuerdo adoptado por la Junta Directiva de la citada Promotora en la Sesión N° 177-2006 del 30 de octubre de 2006, conoció la solicitud de la empresa Kigoma Zona Franca ZFA Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-762856, y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Dirección de Regímenes Especiales de PROCOMER número 225-2022, acordó recomendar al Poder Ejecutivo la respectiva aceptación de la renuncia, al tenor de lo dispuesto por la Ley número 7210, sus reformas y su Reglamento.

V.—Que la empresa Kigoma Zona Franca ZFA Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-762856, rindió en su oportunidad el depósito de garantía, el cual se encuentra vigente a la fecha.

VI.—Que de conformi...

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